Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2013 (29/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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El Peruano Viernes 29 de noviembre de 2013

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 258 que aprueba el "Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de Multas Administrativas en el Distrito de La Molina"
DECRETO DE ALCALDIA N° 024-2013 La MORDAZA, 28 de noviembre de 2013 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: El Informe N° 075-2013-MDLM-GFA, de fecha 26 de noviembre de 2013, de la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa y el Informe N° 739-2013-MDLM-GFASGCS, de fecha 26 de noviembre de 2013, de la Subgerencia de Control y Sanciones, mediante los cuales se solicita la prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 258 que aprueba el "Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina". CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 258, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 21 de MORDAZA del 2013, se aprobo el Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina; Que, a traves del Decreto de Alcaldia N° 023-2013, se prorrogo el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 258 hasta el 30 de noviembre de 2013; Que, siendo politica de la actual gestion, otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones administrativas, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 258; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la misma Ordenanza, faculta al senor MORDAZA a aprobar mediante Decreto de Alcaldia la prorroga correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Control y Sanciones mediante Informe Nº 739-2013-MDLM-GFA-SGCS, de la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa mediante Informe N° 075-2013-MDLM-GFA y de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe N° 344-2013-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades conferidas en los articulos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 258 que aprueba el "Beneficio de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de Multas Administrativas en el Distrito de La Molina", hasta el 27 de diciembre de 2013. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa, la Subgerencia de Control y Sanciones, la Ejecutoria Coactiva Administrativa y la Subgerencia de Recaudacion y Control, asi como a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusion del presente Decreto de Alcaldia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del texto del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion, la publicacion en la pagina web de la municipalidad: www.munimolina.gob. pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y

en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 1020625-1

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 260, que establece Beneficio de Regularizacion Tributaria en el Distrito de La MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA N° 025-2013 La MORDAZA, 28 de noviembre de 2013 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: El Informe N° 215-2013-MDLM-GAT, de fecha 25 de noviembre de 2013, de la Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe N° 273-2013-MDLM-GAT-SGRC, de fecha 22 de noviembre de 2013, de la Subgerencia de Recaudacion y Control, mediante los cuales se solicita la prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 260 que aprueba el "Beneficio de Regularizacion Tributaria en el Distrito de La Molina"; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 260, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 29 de setiembre del 2013, se aprobo el Beneficio de Regularizacion Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de La MORDAZA, que durante su vigencia mantengan deuda vencida y pendiente de pago por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias, correspondientes a periodos anteriores en el que se encuentre vigente; Que, a traves del Decreto de Alcaldia N° 021-2013, se prorrogo el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 260, hasta el 29 de noviembre de 2013; Que, a la fecha, la Ordenanza N° 260 ha tenido un efecto positivo entre los vecinos del distrito de La MORDAZA, quienes vienen regularizando sus obligaciones tributarias, por lo que resulta necesario ampliar el plazo MORDAZA senalado; Que, la Tercera Disposicion Final de la misma Ordenanza, faculta al senor MORDAZA a aprobar mediante Decreto de Alcaldia la prorroga correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Recaudacion y Control mediante Informe N° 273-2013-MDLM-GATSGRC, de la Gerencia de Administracion Tributaria mediante Informe N° 215-2013-MDLM-GAT y de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante 343-2013MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades conferidas en los articulos 20° numeral 6) y 42° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 260, que establece el Beneficio de Regularizacion Tributaria en el Distrito de La MORDAZA hasta el 27 de Diciembre de 2013. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recaudacion y Control, Subgerencia de Registro y Fiscalizacion Tributaria, Subgerencia de Ejecutoria Coactiva Tributaria, Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion, el cumplimiento y efectiva difusion del presente Decreto de Alcaldia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.

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