Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2013 (29/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Viernes 29 de noviembre de 2013

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Articulo Decimo.DEL PROCEDIMIENTO VISACION DE PLANOS PARA FINES DE DOTACION DE SERVICIOS BASICOS. El procedimiento administrativo de Visacion de Planos para Fines de Dotacion de Servicios Basicos es el siguiente: 1. El interesado debera cumplir con los requisitos enumerados en el Articulo MORDAZA y Octavo de la presente ordenanza al momento de la MORDAZA de la solicitud. 2. Para proceder a la solicitud de acuerdo a lo establecido en el Articulo MORDAZA, las personas naturales o juridicas constituidos bajo cualquier forma asociativa, deberan encontrarse posesionados y con vivencia permanente por lo menos del 60% de los posesionarios. 3. El personal tecnico de la Subgerencia Urbanismo y Catastro procedera a verificar en la base de datos Catastrales existentes las coordenadas UTM indicadas en los planos presentados por los interesados, en caso de existir observaciones el personal tecnico procedera a entregar las coordenadas correspondientes. 4. La documentacion tecnica a visarse para los fines de Dotacion de servicios Basicos en areas de MORDAZA de consolidacion podran tener una tolerancia MORDAZA permitida para las secciones viales entre lo graficado y lo fisicamente existente de +/- 10%. 5. Una vez cumplido con lo indicado en el parrafo precedente, la Municipalidad Distrital de Comas dentro del termino de treinta (30) dias habiles, a traves de la Subgerencia Urbanismo y Catastro emitira el Informe Tecnico respecto a la procedencia o improcedencia de la Visacion de Planos para Fines de Dotacion de Servicios Basicos solicitada, ante lo cual se procedera de la siguiente manera: - Cuando el informe Tecnico resulte procedente, este sera comunicado al interesado a fin de que entregue los dos (02) juegos de planos y memoria descriptiva para su visacion correspondiente. - Cuando el informe Tecnico resulte improcedente, este sera de comunicado al interesado senalando las causales de tal decision, con sujecion a lo dispuesto en la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. 6. La Gerencia de Desarrollo MORDAZA se encargara de emitir la Resolucion Gerencial que acompanara a los planos visados. Articulo Decimo Primero.- VIGENCIA DE LA VISACION DE PLANOS PARA FINES DE DOTACION DE SERVICIOS BASICOS. La Visacion de Planos para Fines de Dotacion de Servicios Basicos tendra una vigencia de doce (12) meses, vigencia que sera consignada en la Resolucion Gerencial y en los planos visados. Siendo posible una ampliacion de plazo de seis (06) meses por unica vez, en caso no MORDAZA sido posible su tramitacion ante las entidades correspondientes. Articulo Decimo Segundo.- DE LA VERACIDAD DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA. Sobre la veracidad, en la tramitacion del procedimiento administrativo se presume que los documentos y declaraciones formuladas por los administrados en la forma prescrita por la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, responden a la verdad de los hechos que afirma, esta presuncion admite prueba en contrario. Las Personas naturales o juridicas (a traves de su representante) asumen plena responsabilidad de los documentos que presentan ante la Municipalidad Distrital de Comas, responsabilizandose administrativa, civil y penalmente por la veracidad de la informacion y documentacion proporcionada. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El plazo de vigencia de la presente ordenanza es de doce (12) meses, contados desde el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial; facultandose el despacho de Alcaldia a prorrogar la misma mediante Decreto de Alcaldia, quedando facultada para emitir los demas dispositivos necesarios para su mejor aplicacion.

g) Se encuentran dentro de las distancias minimas de Seguridad que determine SEDAPAL, respecto a tuberias, reservorios o cualquier otra instalacion que esta indique. CAPITULO II DE LA COMPETENCIA Articulo Setimo.- ORGANO COMPETENTE. Para el cumplimiento de la presente Ordenanza son competentes los siguientes organos: 1. Organo que Autoriza.- La Subgerencia de Urbanismo y Catastro sera la encargada de evaluar la documentacion presentada, realizar la inspeccion ocular a fin de comprobar la posesion de los lotes, dictaminar la procedencia o improcedencia de lo solicitado, y visar los planos en primer instancia, siendo la Gerencia de Desarrollo MORDAZA la encargada de emitir la Resolucion Gerencial la cual tambien se encargara de emitir pronunciamiento en MORDAZA instancia. 2. Organo de Fiscalizacion y Sancion.- La Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria y Control Municipal, actuara como organo fiscalizador y sancionador en primera instancia en caso de que durante la inspeccion ocular se detecte que la posesion informal contravenga lo indicado en el Articulo MORDAZA, siendo el superior jerarquico quien actuara en MORDAZA instancia. CAPITULO III DEL PROCEDIMIENTO Articulo Octavo.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA VISACION DE PLANOS PARA FINES DE DOTACION DE SERVICIOS BASICOS. Las personas naturales y/o juridicas deberan cumplir con los siguientes requisitos: 1. Solicitud dirigida al MORDAZA, por el Secretario general o Representante legal debidamente acreditado. 2. DocumentacionTecnica: Plano de Ubicacion y Localizacion, a escala adecuada y 1/10000. Plano Perimetrico con coordenadas UTM, a escala 1/200 o 1/250. Plano de Lotizacion con coordenadas UTM, a escala 1/200 o 1/250. Memoria Descriptiva. La Documentacion Tecnica debera estar sellada y firmada por el Profesional Responsable, Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado. 3. Declaracion Jurada de Habilidad del Profesional Responsable. 4. Declaracion Jurada de no estar incurso dentro de lo indicado en el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza. 5. Declaracion Jurada con firmas legalizadas de representantes de la Organizacion Social o persona juridica de inexistencia de MORDAZA judicial relacionado con el lote o lotes de terreno para el cual se este solicitando la Visacion de Planos para Fines de Dotacion de Servicios Basicos. 6. Reconocimiento Municipal y/o Personeria Juridica de los AA.HH. y Organizaciones Sociales de las posesiones informales 7. Un (01) CD conteniendo la documentacion tecnica correspondiente, debidamente rotulado. 8. Recibo de pago por Derecho de Tramite. Para iniciar el tramite se presentara un (01) juego de planos y memoria descriptiva, una vez calificado y aprobado el interesado presentar dos (02) juegos de planos y memoria descriptiva adicionales. Articulo Noveno.- MONTO A PAGAR POR DERECHO DE TRAMITE. El monto por Derecho de Tramite del procedimiento de Visacion de Planos para Fines de Dotacion de Servicios Basicos, comprendido dentro de los alcances de la presente Ordenanza, sera de 3% UIT vigente

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