Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2013 (03/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano Jueves 3 de octubre de 2013

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2.13. Reglamento Nacional de Vehiculos, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificatorias. 2.14. Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC y modificatorias. 2.15. Reglamento Nacional de Administracion de Transporte Decreto Supremo Nº 017-2009 MTC y modificatorias. 2.16. Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC y modificatoria. 2.17. Reglamento de Supervision de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales Contra Accidentes de MORDAZA AFOCAT y de Funcionamiento de la Central de Riesgo de Siniestralidad Derivada de Accidentes de MORDAZA, Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC y modificatorias. 2.18. Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculos Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y modificatorias. 2.19. Decreto Supremo Nº 032-2003-MTC y su modificatoria Decreto Supremo Nº 043-2003-MTC. 2.20. Ordenanza Regional 000036-2012/GRC y su modificatoria Ordenanza Regional 000008-013/GRC. Articulo 3º.- ALCANCE El presente Reglamento alcanza a personas juridicas, propietarios y/o conductores del servicio publico especial de pasajero y carga en vehiculos menores motorizados y no motorizados del distrito de Ventanilla. CAPITULO II DE LAS DEFINICIONES Articulo 4º.- Para la aplicacion del presente Reglamento se tomara en cuenta las definiciones establecidas en la normatividad vigente, asi como las siguientes: 4.1. AREA DE ESTACIONAMIENTO: Area de la via publica, tecnicamente calificada y autorizada a una determinada persona juridica, para ser utilizado para carga y descarga de pasajeros y/o mercancias de sus vehiculos menores autorizados. 4.2. CALCOMANIA DE VEHICULO AUTORIZADO: Distintivo plastificado con la inscripcion de "Vehiculo Autorizado" que sera colocado en la parte inferior derecha del parabrisas del vehiculo otorgado por la Municipalidad Distrital de Ventanilla que habilita al vehiculo menor para la prestacion del servicio. 4.3. CALIDAD DEL SERVICIO: Conjunto de cualidades, consistente en la seguridad, identificacion, comodidad, continuidad, higiene y amabilidad durante la prestacion del servicio. 4.4. CARNE DE EDUCACION Y SEGURIDAD VIAL: Documento MORDAZA fotocheck expedido al conductor registrado en una persona juridica autorizada por haber asistido y aprobado el curso de educacion y seguridad vial realizada por la Municipalidad Distrital de Ventanilla de forma directa o a traves de terceros. 4.5. CITV: Vehicular. Certificado de Inspeccion Tecnica

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Anexo de la Ordenanza Municipal Nº 24-2013/MDV-CDV que aprobo el Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados en el distrito de Ventanilla
ANEXO - ORDENANZA MUNICIPAL Nº 24-2013/MDV-CDV ANEXO Nº 01 ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE VENTANILLA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I OBJETIVO, BASE LEGAL Y ALCANCES Articulo 1º.- OBJETO DE LA ORDENANZA. Es objetivo del presente documento es reglamentar el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados en la jurisdiccion del distrito de Ventanilla, preservando el orden, garantizando la seguridad y las condiciones optimas del servicio de calidad a favor del publico usuario. Articulo 2º.- BASE LEGAL La base legal aplicable al presente caso es la siguiente: 2.1. Constitucion Politica del Peru, Art. 192º numeral 4, Art. 194º, modificado con la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680 2.2. Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y modificatorias. 2.3. Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181 y modificatorias. 2.4. Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores Nº 27189. 2.5. Ley Nº 29259, que modifica la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181. Sobre sanciones y medidas preventivas. 2.6. Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y modificatorias. 2.7. Ley Nº 28839, que modifica los articulos 30º y 31º de la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181, referido al Seguro Obligatorio de Accidentes de Transito. (AFOCAT). 2.8. Ley Nº 28325 que regula el traslado de las inscripciones de vehiculos menores y su acervo documentario de las Municipalidades a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. 2.9. Ley Nº 28735, que regula la atencion de las personas con discapacidad, mujeres embarazadas y adultos mayores, en los aeropuertos, aerodromos, terminal terrestres, ferroviarios, maritimos y fluviales y medios de transporte. 2.10. Ley Nº 29237. Que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares. 2.11. Decreto Legislativo Nº 1051, que modifica la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181. (AFOCAT). 2.12. Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de pasajeros en Vehiculos Motorizados o no Motorizados, Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC y sus Modificatorias.

4.6. COMISION TECNICA MIXTA: Se conforma en un espacio de concertacion entre los representantes de la municipalidad distrital, Policia Nacional del Peru y organizacion de transportadores, con el objetivo de mejorar el ordenamiento y calidad en la prestacion del servicio especial de transporte en vehiculos menores. Dicha comision es autonoma. 4.7. CONDUCTOR AUTORIZADO: Persona Natural con la respectiva Licencia de Conducir registrado en una Persona Juridica y acreditada por la Subgerencia de Transporte de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. 4.8. CONSTATACION DE CARACTERISTICAS: Revision anual, realizado por el personal tecnico de la Sub Gerencia, que verifique los aspectos de seguridad,

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