Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2013 (03/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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de MORDAZA, solo le compete evaluar el cumplimiento de los Planes Urbanos (Zonificacion, Vias Metropolitanas y Aportes Reglamentarios); por lo que en el presente caso, y estando a lo manifestado en el Informe Nº 402-2013MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 23 de MORDAZA de 2013, que manifiesta que La Conformidad emitida por esta Corporacion Municipal a traves de la Resolucion Nº 1762009-MML-GDU-SPHU, de fecha 17 de diciembre del 2009, se mantiene firme, al haberse verificado el cumplimiento de los Planes Urbanos, por lo que corresponde a esta Subgerencia emitir el acto administrativo respectivo; Con el visto MORDAZA de la Division de Control de Obras y del Area Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR PROCEDENTE la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de Carabayllo; en consecuencia RATIFICAR la Resolucion de Gerencia Nº 1513-2011/GDUR-MDC, de fecha 27 de diciembre de 2011, de conformidad a las observaciones formuladas por los Registros Publicos mediante Titulo Nº 008716722011, quedando subsistente los demas extremos de la Resolucion Nº 176-2009-MML-GDU-SPHU, del 17 de diciembre del 2009, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a la PROMOTORA INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES ZAMOR S.A. y a la Municipalidad Distrital de Carabayllo, para su conocimiento y fines. Articulo 3º.- OFICIAR con la presente Resolucion a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA, Ministerio de Educacion, SERPAR MORDAZA, EMILIMA S.A., para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo 4º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los administrados dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Gerencia de Desarrollo MORDAZA 995104-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 1732 Mediante Oficio Nº 1050-2013-MML/SGC, recibido el 1 de octubre de 2013, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 1732, publicada en la edicion del 20 de setiembre de 2013. DICE: "ARTICULO DECIMO CUARTO.- El Rol de la Subgerencia de Eventos y Protocolo (...). "ARTICULO DECIMO QUINTO.Consultiva de las Condecoraciones Municipalidad Metropolitana de Lima. (...). La Comision de la Ilustre

El Peruano Jueves 3 de octubre de 2013

"ARTICULO DECIMO QUINTO.- MORDAZA de Candidatos y Candidatas para las Condecoraciones de la Ilustre Municipalidad Metropolitana de Lima. Cualquier persona, grupo de personas o instituciones podran presentar a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA candidatos y candidatas para la concesion de cualquiera de las condecoraciones otorgadas por la MORDAZA Capital de la Republica. La MORDAZA de candidatos y candidatas debera estar debidamente sustentada y documentada con informacion acerca de su trayectoria, asi como sobre su trabajo y contribucion al desarrollo, en todas sus expresiones, de la MORDAZA de Lima." 995195-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban el proyecto de regularizacion de habilitacion MORDAZA ejecutada de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 971-2013-MDA/GDU-SGHUE Ate, 14 de agosto de 2013 LA SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 17470 de fecha 24 de MORDAZA de 2012 seguido por INSTITUTO QUIMIOTERAPICO S.A debidamente representado por don MORDAZA MORDAZA PEIRANO MORDAZA, por el cual solicitan la Aprobacion de la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, del terreno con un area de 20,000.38 m2 para el uso Industria Elemental y Complementaria "I1" y "RDM" constituido por el terreno MORDAZA ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Gallo Nº 935, del Fundo La MORDAZA, en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, son sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas, Que, el predio a habilitar se encuentra construido y ubicado en una MORDAZA en MORDAZA de consolidacion contando con los servicios Basicos de Agua Potable,

ARTICULO DECIMO SEXTO.- MORDAZA de Candidatos y Candidatas para las Condecoraciones de la Ilustre Municipalidad de Lima. (...)." DEBE DECIR: "ARTICULO DECIMO CUARTO.- El Rol de la Subgerencia de Eventos y Protocolo (...).

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