Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2013 (03/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Jueves 3 de octubre de 2013

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Que, en el Gobierno Regional de Tacna, no se encuentra regulado el otorgamiento de subvenciones sociales, ello pese a que en la practica se efectuan reiterados pedidos de apoyo economico para los casos previstos en el paragrafo precedente, los cuales no pueden ser evaluados adecuadamente debido a la carencia de un MORDAZA normativo que regule tales situaciones; por lo que, se hace necesario contar con disposiciones que regulen el Otorgamiento de Subvenciones Sociales en donde se establezca de manera precisa los casos en que pueden ser otorgados, las prioridades, el procedimiento entre otros. Que, con el Informe Nº 052-2012-GRPPAT-SGDO/GOB. REG.TACNA del 30 de Octubre del 2012 emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Organizacional del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 271-2012-ORA-OERRHHBS/GOB.REG.TACNA del 10 de diciembre del 2012 emitido por la Trabajadora Social del Gobierno Regional de Tacna; el Oficio Nº 1100-2013-ORA/GOB.REG.TACNA del 12 de MORDAZA del 2013 emitido por la Oficina Regional de Administracion del Gobierno Regional de Tacna; el Oficio Nº 289-2013ORA-OETES/GOB.REG.TACNA del 09 de MORDAZA del 2013 emitido por la Directora Ejecutiva de Tesoreria y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir la propuesta de la Consejera Regional Ing. MORDAZA MORDAZA Jahuira MORDAZA, asi como efectuar las respectivas adecuaciones a lo indicado en los informes remitidos, emite el Dictamen Nº 002-2013-CR-CODS de fecha 21 de MORDAZA del 2013, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "ESTABLECER DISPOSICIONES SOBRE OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES SOCIALES POR PARTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de junio del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoria la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: Subvenciones Sociales ESTABLECER disposiciones destinadas a regular el otorgamiento de subvenciones para fines sociales por parte del Gobierno Regional de Tacna, las cuales constituyen un apoyo economico de MORDAZA social, no reembolsable y de rendicion documentada en un plazo fijo con el fin publico de asistir o ayudar, tanto a personas naturales como a personas juridicas sin fines de lucro en los casos previstos en el articulo MORDAZA de la presente ordenanza regional. Articulo Segundo: Casos en que procede la Subvencion Social Las subvenciones sociales podran otorgarse en los casos siguientes: 2.1. Por motivos de salud: Recuperacion y/o rehabilitacion de la salud, de personas en extrema pobreza que carecen de recursos para solventar este MORDAZA de gastos y que no tienen acceso al seguro social de salud, salvo excepcion debidamente justificada. 2.2. Para apoyo y promocion cultural: MORDAZA en la difusion y/o realizacion de trabajos, actividades o eventos culturales y/o artisticos de la Region Tacna. 2.3. Para apoyo al deporte: Destinado a apoyar la participacion de deportistas calificados de la Region Tacna, en torneos nacionales y/o internacionales que no tengan apoyo por parte del IPD, ni de otra entidad publica o privada, salvo excepcion debidamente justificada, y que carezcan de recursos suficientes a nivel familiar. Articulo Tercero: Calificacion y aprobacion de la subvencion social El otorgamiento de la subvencion social esta condicionado a la disponibilidad presupuestal en la fuente de financiamiento "Recursos Directamente Recaudados

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Regulan el otorgamiento de subvenciones para fines sociales por parte del Gobierno Regional de Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2013-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha trece de junio del dos mil trece, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 191 prescribe: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia". (...). En tanto que el articulo 192 prescribe: "Los gobiernos regionales (...). Son competentes para: 1) Aprobar su organizacion interna y su presupuesto. (...). 10) Ejercer las atribuciones inherentes a su funcion, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 6 establece como Objetivos a Nivel Social: "(...) d) Promover el desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las condiciones de MORDAZA de la poblacion, para la superacion de la pobreza"; en tanto que en su articulo 8 precisa: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 4 establece que: "Los gobiernos regionales tienen por finalidad (...) garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo"; considerando en el articulo 8 como Principios rectores de las politicas y la gestion regional: "(...). 4) Inclusion (...) 7) Equidad (...)". Que, la Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, en su articulo 60 establece: "(...) 60.2. (...) se podran otorgar subvenciones adicionales, exclusivamente para fines sociales, a las contenidas en el citado anexo, (...). En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales las subvenciones se sujetan, estrictamente, a sus recursos directamente recaudados, debiendo ser aprobadas mediante el Acuerdo respectivo, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de la Entidad (...)". Que, mediante Oficio Nº 074-2012-NAJM-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 16 de octubre del 2012, la Consejera Regional Ing. MORDAZA MORDAZA Jahuira MORDAZA, remite la propuesta normativa de Ordenanza Regional: "APROBAR EL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES SOCIALES POR PARTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA", con el fin de establecerse un MORDAZA legal en el Gobierno Regional de Tacna, que regule las subvenciones sociales. Que, la subvencion constituye un apoyo economico de MORDAZA social, no reembolsable y de rendicion documentada en un plazo fijo el cual se hace necesario otorgar a determinadas personas naturales o juridicas sin fines de lucro con el proposito de asistirlas o ayudarlas en determinadas situaciones como ser: La recuperacion y/o rehabilitacion de la salud; el MORDAZA en la difusion y/o realizacion de trabajos, actividades o eventos culturales y/o artisticos de la Region Tacna; y la participacion de deportistas calificados de la Region Tacna, en torneos nacionales y/o internacionales que no tengan apoyo por parte del IPD ni de otra entidad publica o privada, y que carezcan de recursos suficientes a nivel familiar.

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