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El Peruano Jueves 3 de octubre de 2013 504238 del denominado Informe Legal Nº 156-2013-SGCA- GDUMA/MM de fecha 10 de junio de 2013, emitido en la Subgerencia de Catastro; Que, en virtud de lo expresado se programaron las inspecciones a las que se hace mención en el artículo 4 de la Ordenanza Nº 401/MM; posteriormente, se emitió el Informe Técnico Nº 1406-2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 03 de setiembre de 2013, que obra en el folio veintiuno (21) de los actuados, mediante el cual se efectúa el diagnóstico del predio ubicado en la Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Mirafl ores, que contiene el pronunciamiento sobre las áreas o zonas del predio con valor urbanístico que deberán mantenerse intangibles, el estado de conservación de las mismas, las recomendaciones a considerar para las obras a realizarse y los derechos edifi catorios a transferir; Que, en mérito de lo indicado y acorde a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza Nº 401/MM, la Subgerencia de Catastro emitió la Resolución Nº 101- 2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 09 de setiembre de 2013, que declara procedente la solicitud presentada por la administrada, entre otros aspectos; correspondiendo por ello emitir el decreto de alcaldía en cumplimiento de lo señalado en el artículo 18 de la ordenanza citada, a fi n que constituya el documento con el que se dispone la limitación o restricción de demoler, ampliar y/o remodelar el predio ubicado en Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Mirafl ores; de conformidad con lo resuelto en el artículo cuarto de la referida resolución, con la fi nalidad que el decreto de alcaldía a emitirse y demás actos vinculados sean inscritos en la Partida Nº 47506093 del Registro de Predios de Lima; Que, a mayor sustento, mediante Informe Legal Nº 408-2013-GAJ-MM de fecha 20 de setiembre de 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que atendiendo a los informes técnicos y demás documentación adjunta, es procedente emitir el decreto de alcaldía respectivo por encontrarse acorde a la normativa aplicable; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer que la propietaria del predio ubicado en la Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Mirafl ores, debe ponerlo en valor y conservarlo conforme se establece en las recomendaciones comprendidas en los considerandos de la Resolución Nº 101-2013-SGCA- GDUMA/MM de fecha 09 de setiembre de 2013, la misma que como anexo forma parte integrante del presente decreto de alcaldía. Artículo Segundo.- Establecer que la propietaria deberá cumplir las limitaciones y restricciones referidas a la demolición, ampliación y/o remodelación de las áreas intangibles del predio ubicado en la Av. 28 de Julio Nº 562 - F, conforme se establece en los considerandos de la Resolución Nº 101-2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 09 de setiembre de 2013. Artículo Tercero.- Precisar que en concordancia con lo resuelto en el Artículo Cuarto de la Resolución Nº 101-2013-SGCA-GDUMA/MM, la propietaria del predio ubicado en la Av. 28 de Julio Nº 562 - F deberá inscribir en Registros Públicos el derecho al que se hace referencia en la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 401/MM, a partir de lo cual corresponderá a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente entregar el Certifi cado de Derechos Edifi catorios respectivo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional (www.mirafl ores.gob.pe) así como del anexo que contiene, en la misma fecha de publicación ofi cial. Asimismo, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y a la Subgerencia de Catastro el cumplimiento del presente dispositivo, de acuerdo a sus competencias. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 995539-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de presentación de la Declaración Jurada Masiva en diversos sectores del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 018-2013/MDSMP San Martín de Porres, 30 de setiembre del 2013. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 051-2013-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre prórroga de plazo para la presentación de la Declaración Jurada Masiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 348-MDSMP (27. AGOSTO.2013), publicada en el diario ofi cial “El Peruano” con fecha 31.AGOSTO.2013, se estableció la obligación de todo propietario y de poseedor de predios (cuya propiedad no ha podido ser determinada) ubicados en la jurisdicción del Distrito de San Martín de Porres, de presentar la Declaración Jurada Masiva del Impuesto Predial, la cual servirá para actualizar la información y las características de construcción de los predios y realizar la determinación de la obligación tributaria. Que, mediante el Informe de Visto, la Gerencia de Administración Tributaria indica la necesidad de establecer mecanismos que ofrezcan facilidades a los contribuyentes para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, por lo que debe de considerarse la prórroga de los plazos establecidos la Ordenanza indicada, para la presentación de la Declaración Jurada Masiva en los sectores Nº 1 San Diego y Nº 2 Naranjal y Mesa Redonda, a fi n de benefi ciar al máximo de contribuyentes; Que, la Tercera Disposición Final faculta al Señor Alcalde, entre otras acciones, a prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 348-MDSM, para lo cual se emitirá el respectivo decreto de alcaldía; De conformidad con los artículos 20º, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 348-MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31.OCTUBRE.2013 el plazo de presentación de la Declaración Jurada Masiva en los sectores Nº 1 San Diego y Nº 2 Naranjal y Mesa Redonda; por los motivos expuestos en la parte considerativa del presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acto administrativo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Participación Ciudadana, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gerencia de Administración y Finanzas, así como a las Subgerencias respectivas; y su publicación a la Secretaría General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 996182-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Aprueban la constitución y el Estatuto de la Mancomunidad Municipal de “Lima Sur” ORDENANZA Nº 169/MVMT Villa María del Triunfo, 22 de agosto del 2013