Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2013 (03/10/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Jueves 3 de octubre de 2013

504247
h) Copias simples de los certificados de las polizas de seguros, SOAT o CAT. En caso de los CAT esta debera figurar a nombre de una persona juridica que presta el servicio. i) Relacion de sus conductores para la prestacion del servicio; indicando nombres y apellidos, direccion domiciliaria, numero de telefono y MORDAZA simple del documento nacional de identidad, copias simples de la licencia de conducir con la clase y categoria correspondiente (B II-c), emitida en la region de residencia. j) Copias simples de los Certificados de Inspeccion Tecnica Vehicular de cada vehiculo ofertado, cuando corresponda. k) Croquis o plano de ubicacion del area de estacionamiento (tomando en cuenta la distancia establecida en el articulo 23º del presente reglamento). l) Copias de los recibos de pago correspondiente de acuerdo a lo senalado en el MORDAZA de la Municipalidad de Ventanilla. Una vez presentados todos los requisitos senalados en el articulo precedente, la Subgerencia de Transporte tiene un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles para emitir la resolucion respectiva. La MORDAZA de la solicitud no constituye derecho para la prestacion del servicio de transporte especial en vehiculos menores. Articulo 14º.- RENOVACION El transportador autorizado que desee continuar prestando el Servicio Especial, debera solicitar la renovacion dentro de los sesenta (60) dias anteriores al vencimiento de su permiso de operacion de manera tal que exista continuidad entre el que vence y su renovacion. Dicha renovacion sera automatica y por periodos iguales, siempre que cumplan con las disposiciones dictadas por la Municipalidad y debera adjuntarse los mismos requisitos senalados en el articulo 13º a excepcion de los literales b y k). Articulo 15º.- MODIFICACION DE FLOTA a) Sustitucion: La sustitucion de vehiculos se realizara por renovacion de vehiculo; es decir si es el mismo propietario o el vehiculo proviene de una institucion donde ha sido dado de baja. La solicitud de sustitucion podra ser presentada a tramite transcurrido noventa (90) dias calendarios despues del ultimo tramite de sustitucion. b) Reduccion: La solicitud de reduccion se atendera de forma automatica. Articulo 16º.- RECURSOS IMPUGNATORIOS Los recursos impugnatorios contra las resoluciones del permiso de operacion seran: a) Reconsideracion: Como primera instancia, sera resuelto por la Subgerencia de Transporte. b) Apelacion: Como MORDAZA y MORDAZA instancia, sera resuelto por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, quedando agotado la via administrativa. Articulo 17º.- CANCELACION DEL PERMISO DE OPERACION El permiso de operacion sera cancelado en los siguientes casos: a) Haber presentado documentacion falsa o adulterada con conocimiento de la persona juridica; sin perjuicio de las acciones administrativas o penales que corresponda. b) No cumplir con el pago de los derechos administrativos de la persona juridica o no cumplir con el pago por sanciones a la persona juridica, establecidas en la presente ordenanza. c) Que la persona juridica autorizada transfiera su permiso de operacion otorgado por la Municipalidad Distrital de Ventanilla. d) Reincidencia en las sanciones establecidas en el anexo 02 (infracciones del transportador autorizado). CAPITULO III

9.1. Participar en la formulacion de proyectos y planes de desarrollo destinados a mejorarla prestacion del servicio especial de transporte en vehiculos menores. 9.2. Debatir y evaluar la iniciativa sobre el programa de educacion y seguridad vial, coordinando y participando en la programacion y ejecucion. 9.3. Coordinar la difusion de los acuerdos y medidas, destinadas a la mejora de la imagen y calidad del servicio de transporte publico menor. 9.4. Velar por el estricto cumplimiento y participar en la modificacion del presente reglamento TITULO II DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS CAPITULO I DE LAS AUTORIZACIONES Articulo 10º.- Para la prestacion del servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores en el Distrito de Ventanilla, la persona juridica requiere haber obtenido el permiso de operacion. Articulo 11º.- En los procedimientos para obtener el permiso de operacion y/o area de estacionamientos se aplica el silencio administrativo negativo; de conformidad con el articulo 34º numeral 34.1.1 de la Ley Nº 27444. CAPITULO II PERMISO DE OPERACION Articulo 12º.- El permiso de operacion es la autorizacion para prestar el servicio publico de transporte especial de pasajeros y carga, que otorga la Municipalidad Distrital de Ventanilla a la persona juridica que MORDAZA cumplido todos los requisitos exigidos en el presente reglamento. En dicha autorizacion se contempla las zonas de trabajo, areas de estacionamiento y flota vehicular y tiene una vigencia de seis (06) anos. Articulo 13º.- REQUISITOS: Para solicitar el permiso de operacion la persona juridica debera presentar ante la Subgerencia de Tramite Documentario los siguientes requisitos: a) Solicitud bajo la forma de declaracion jurada, indicando razon social, domicilio legal o fiscal, numero de Registro Unico de Contribuyentes (RUC), nombre y firma del representante legal. b) MORDAZA simple de la escritura publica de constitucion de la persona juridica inscrita en los Registros Publicos de MORDAZA y Callao, en la que indique como uno de sus objetivos, la prestacion del servicio publico especial de transporte de pasajeros y carga en vehiculos menores. c) MORDAZA literal vigente de la partida registral, expedida por la oficina registral correspondiente (SUNARP), con una antiguedad no mayor de treinta (30) dias calendario. d) MORDAZA simple del Certificado de Vigencia de Poder de la persona natural que representa a la persona juridica solicitante expedido por la Oficina Registral correspondiente (SUNARP), con una antiguedad no mayor de quince (15) dias a la fecha de la MORDAZA de la solicitud. e) MORDAZA simple del Documento Nacional de Identidad del representante legal. f) Relacion de los vehiculos menores ofertados para la prestacion de servicio; identificando el numero de placa de rodaje de cada vehiculo, adjuntandose copias simples de las tarjetas de identificacion vehicular expedidas por la SUNARP. g) Relacion de propietarios de cada vehiculo, que coincidan con los registrados en la tarjeta de identificacion vehicular; con MORDAZA simple de su documento nacional de identidad. * En caso de poseedores, debera adjuntarse MORDAZA simple del acta
de transferencia vehicular notariada y MORDAZA del documento nacional de identidad del poseedor. * En caso de vehiculos adquiridos mediante una entidad financiera debera adjuntar MORDAZA simple del contrato de compra - venta a plazos con reserva de dominio notariado y MORDAZA del documento nacional de identidad del comprador.

DE LAS ZONAS DE TRABAJO Y/O AREAS DE ESTACIONAMIENTOS Articulo 18º.- La Municipalidad, para otorgar el permiso de operacion y/o area(s) de estacionamiento(s), tendra en cuenta los siguientes criterios:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.