Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2013 (03/10/2013)


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- (RDR)" y a la verificacion previa de las situaciones especificamente senaladas en el articulo MORDAZA del presente reglamento. La aprobacion o desaprobacion de la referida subvencion es inimpugnable y conforme a Ley le corresponde ser efectuada por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna. Articulo Cuarto: Prioridad En el caso que el numero o cantidad de solicitudes de subvencion sobrepase la disponibilidad presupuestal de la fuente de financiamiento "Recursos Directamente Recaudados", a efectos de la tramitacion y aprobacion, se priorizaran las subvenciones en el orden senalado en el articulo MORDAZA del presente reglamento. Articulo Quinto: Solicitud de Subvencion La solicitud de Subvencion se dirige a la Presidencia del Gobierno Regional de Tacna, debiendose adjuntar los documentos que acrediten la situacion especifica senalada. Corresponde a la Presidencia del Gobierno Regional determinar y disponer los casos sobre los cuales se deben realizar los Informes Sustentatorios para su remision al Consejo Regional con la finalidad de someterse a aprobacion. Articulo Sexto: Informes Sustentatorios Los informes que se deberan emitir de manera secuencial son los siguientes: 6.1. Informe Social: Presentada la Solicitud de Subvencion, la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional, verificara los hechos senalados por el solicitante y emitira en el plazo perentorio de tres (03) dias habiles, el informe social. 6.2. Informe de Administracion: Con el informe social, inmediatamente, en el plazo perentorio de un (01) dia habil, la Oficina Regional de Administracion emitira un informe detallando indicando lo siguiente: · Numero de subvenciones aprobadas a la fecha. · Monto total entregado por subvenciones a la fecha. · Numero de subvenciones con rendicion de cuenta a la fecha · Numero de subvenciones pendientes de rendicion de cuenta a la fecha. · Si el solicitante recibio subvencion con anterioridad. · Si el solicitante presento rendicion de cuentas de subvencion anteriormente. En el caso que el solicitante MORDAZA sido beneficiado con la entrega de una subvencion anterior, correspondera a la Presidencia Regional y al Consejo Regional evaluar y determinar si existen o no razones justificadas para que proceda la nueva solicitud. 6.3. Informe Presupuestal: La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en el plazo perentorio de dos (02) dias habiles, emitira Informe precisando si existe o no disponibilidad presupuestal para atender la Subvencion. Articulo Setimo: Remision del Expediente La Presidencia del Gobierno Regional o por encargo de esta, el Gerente General Regional, remitira al Consejo Regional el expediente completo de Subvencion debidamente foliado. Articulo Octavo: Aprobacion o Desaprobacion de la Subvencion El Consejo Regional previo dictamen favorable de la Comision Ordinaria de Desarrollo Social procedera a la aprobacion o desaprobacion de la subvencion economica en Sesion del Pleno. Articulo Noveno: Ejecucion La ejecucion y cumplimiento de las Subvenciones aprobadas sera responsabilidad de la Oficina Regional de Administracion, correspondiendo a la Oficina de Contabilidad el registro pertinente en el Sistema Integrado de Administracion Financiera - SIAF, y, a la Oficina de Tesoreria el giro y la entrega del cheque, conjuntamente

El Peruano Jueves 3 de octubre de 2013

con la Rendicion de la Subvencion y la Declaracion Jurada de Gastos. Articulo Decimo: Rendicion de Cuentas El Beneficiario de la Subvencion debera rendir cuenta documentada de la suma entregada por la Oficina Regional de Administracion, dentro del plazo MORDAZA de (30) dias calendario, que se computaran a partir del dia siguiente de entregado el cheque. Para que la Rendicion de Cuentas sea valida, el Beneficiario presentara los siguientes documentos: 10.1. Formato de Rendicion de Cuentas de la Subvencion. 10.2. Comprobantes de Pago, que se giraran a nombre del Gobierno Regional de Tacna. 10.3. Si es imposible la obtencion de comprobantes y/ o recibos de pago, se presentara una Declaracion Jurada cuya cantidad a rendirse en ningun caso podra exceder el 10% de la UIT vigente. Articulo Decimo Primero: Notificacion para rendicion de cuentas. Al dia siguiente de vencido el plazo de Rendicion de Cuentas, la Oficina Regional de Administracion notificara a los administrados el otorgamiento de tres (03) dias habiles adicionales improrrogables para que cumplan con la Rendicion de Cuentas en su totalidad. Articulo Decimo Segundo: Acciones Judiciales. Vencido el plazo adicional, y si subsistiera observacion o incumplimiento de Rendicion de Cuentas en su totalidad, la Oficina Regional de Administracion, a traves de un Informe detallado y documentado, solicitara a la Presidencia del Gobierno Regional, el inicio de acciones judiciales penales y/o de caracter economico a que hubiera lugar. Articulo Decimo Tercero: Difusion y Registro de las Subvenciones La Oficina Regional de Administracion en coordinacion con la Oficina de Imagen Institucional, tendran a su cargo la difusion permanente en la Pagina Web del Gobierno Regional de Tacna, de la Informacion de las Subvenciones otorgadas y del estado de rendicion de cuentas de las mismas. Articulo Decimo Cuarto: Formatos El tramite de subvencion social se efectuara mediante la utilizacion de formatos de solicitud, rendicion de cuentas, declaracion jurada de gastos y otros que se consideren pertinentes, los cuales seran aprobados por la Gerencia Regional de Desarrollo Social. Articulo Decimo Quinto: Reglamentacion de la Ordenanza Regional La presente Ordenanza Regional sera reglamentada en un plazo de treinta (30) dias de publicada en el Diario Oficial El Peruano, mediante Decreto Regional. Articulo Decimo Sexto: Vigencia La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Decimo Setimo: Publicacion PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la institucion, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia trece de junio del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna

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