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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (11/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Viernes 11 de octubre de 2013 504668 Que, la ejecución de la referida encuesta permitirá contar con una base de datos con información estadística de carácter cualitativo y cuantitativo para la elaboración de los indicadores que faciliten realizar el seguimiento de los resultados del Programa Logros de Aprendizaje de los Estudiantes de Educación Básica Regular; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Educación, han defi nido el marco conceptual y los indicadores pertinentes; así como el contenido de los instrumentos de recolección a ser utilizados en la encuesta, los mismos que se adjuntan, por lo que resulta necesario autorizar su ejecución, establecer el periodo de ejecución y aprobar los instrumentos de recolección, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, “Reglamento de Organización y Funciones del INEI”; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la ejecución de la Encuesta Nacional a Instituciones Educativas 2013 - Nivel Inicial, Primaria y Secundaria; la misma que se aplicará en el área urbana y rural de todo el país. Estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y de las Ofi cinas Departamentales de Estadística e Informática, del Instituto Nacional de Estadística e Informática. Artículo 2°- Aprobar los cuestionarios de la mencionada encuesta, los mismos que forman parte de la presente Resolución y serán diligenciados por entrevista directa a los directores y docentes de las instituciones educativas. Artículo 3°.- Establecer como periodo de ejecución de la encuesta, del 09 de octubre al 07 de diciembre de 2013. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS Jefe 998928-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto encargatura y encargan funciones de Gerente Procesal Tributario y Aduanero en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 304-2013/SUNAT Lima, 10 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 314-2012/SUNAT, de fecha 29 de diciembre de 2012, se encargó al señor Flavio Antony Castillo Rosales en el cargo de Gerente Procesal Tributario y Aduanero de la Intendencia Nacional Jurídica; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la encargatura a que se refi ere el considerando precedente y encargar al trabajador que ocupará el mencionado cargo, el cual es considerado de confi anza en la institución de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N.° 204- 2012/SUNAT y modifi catorias que aprueba el Clasifi cador de Cargos considerados como Empleados de Confi anza y Cargos Directivos; En uso de las facultades conferidas por los artículos 3° y 7° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el inciso u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la encargatura del señor Flavio Antony Castillo Rosales en el cargo de Gerente Procesal Tributario y Aduanero de la Intendencia Nacional Jurídica, dándosele las gracias por su desempeño en la labor realizada. Artículo 2°.- Encargar al señor Percy Manuel Díaz Sánchez en el cargo de Gerente Procesal Tributario y Aduanero de la Intendencia Nacional Jurídica. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 998863-1 Modifican Procedimiento General “Importación para el Consumo” INTA- PG.01-A (versión 1) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 0273-2013/SUNAT/300000 Callao, 10 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 491-2010/SUNAT/A se aprobó el Procedimiento General “Importación para el Consumo” INTA-PG.01-A (versión 1), dentro del marco de la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1053; Que mediante los Decretos Legislativos N°s. 1109 y 1122 se modifi có la Ley General de Aduanas. Asimismo, con Decreto Supremo N° 245-2013-EF se modifi có el Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2009-EF; Que entre las referidas modifi caciones resulta pertinente relevar las introducidas en el artículo 2° de la Ley y el 189° de su Reglamento que regulan el reconocimiento previo; en el artículo 25° de la Ley concordante con el artículo 34° del Reglamento que permiten la presentación de la copia del documento de transporte marítimo; así como en el artículo 132° de la Ley que en armonía con el artículo 193° de su Reglamento permiten la aceptación de la declaración anticipada cuando las mercancías arriben en un plazo superior a los quince (15) días calendario de numerada, siempre que se invoque caso fortuito o fuerza mayor y se cumpla con las condiciones establecidas por la Administración Aduanera; Que tales modifi caciones conllevan a adecuar el citado procedimiento a fi n de establecer las pautas para que se efectúe el reconocimiento previo, señalar las condiciones para la presentación de la copia del documento de transporte, así como fi jar las reglas para la ampliación del plazo del despacho anticipado por caso fortuito o fuerza mayor; teniéndose como principal objetivo asegurar el incremento del uso de la modalidad de despacho anticipado en el régimen aduanero de importación para el consumo; Que conforme al artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS, el 16 de abril del 2013 se publicó en el portal web de la SUNAT, el proyecto de la presente norma; En mérito a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y en uso de las facultades conferidas en la Resolución