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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (11/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 53

El Peruano Viernes 11 de octubre de 2013 504683 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3200-2013-MP-FN Lima, 10 de octubre del 2013 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora KATHERINE ONOFRE ENERO, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima Norte, Distrito Judicial de Lima Norte, en el Despacho del Módulo de Turno Permanente de Lima Norte, materia de la Resolución N° 397-2012-MP-FN, de fecha 15 de febrero del 2012. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor JORGE GABRIEL LOZADA FIGUEROA, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima Norte, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Lima Norte, materia de la Resolución N° 126- 2013-MP-FN, de fecha 15 de enero del 2013. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora KATHERINE ONOFRE ENERO, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima Norte, Distrito Judicial de Lima Norte, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Lima Norte. Artículo Cuarto.- DESIGNAR al doctor JORGE GABRIEL LOZADA FIGUEROA, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima Norte, en el Despacho del Módulo de Turno Permanente de Lima Norte. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 998915-13 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Scotiabank Perú la apertura de agencias en los departamentos de Lima, Cajamarca y Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 5896-2013 Lima, 26 de setiembre de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (A.I.) VISTA: La solicitud presentada por Scotiabank Perú para que se le autorice la apertura de tres (03) agencias, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente resolución; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el cierre; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009, Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013 y Memorándum 741-2013-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Scotiabank Perú la apertura de Tres (03) agencias, según se detalla a continuación: • Agencia Las Malvinas, ubicada en Avenida Argentina Nº 646-650 (Mz. E5 Lote 1) – Asentamiento Humano Cárcamo Sector VI, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. • Agencia Jaén, ubicada en Avenida Alfonso Villanueva Pinillos Nº 191, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca. • Agencias Centro Comercial Shopping Center Cerro Colorado, ubicada en Avenida Aviación Nº 602, Local Nº 1088, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTIN AUQUI CACERES Intendente General de Banca (a.i.) 997811-1 Autorizan la organización de la Caja Rural de Ahorro y Crédito del Centro S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 5902-2013 Lima, 27 de setiembre de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el señor Pío Fernando Barrios Ipenza, en calidad de organizador responsable, para que se autorice la organización de una Caja Rural de Ahorro y Crédito, denominada Caja Rural de Ahorro y Crédito del Centro S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, para ese efecto se ha cumplido con presentar la documentación exigida para la organización de una empresa del Sistema Financiero por el procedimiento Nº 01 del TUPA de esta Superintendencia; Que, luego de la publicación de la solicitud de organización respectiva efectuada de conformidad con el artículo 9º de la Resolución SBS Nº 10440-2008, no se ha presentado objeción alguna respecto a la organización de la Caja Rural de Ahorro y Crédito del Centro S.A., ni a su organizador y sus accionistas; Que, mediante Carta Nº 0003-2013-FIN120 de fecha 19 de agosto de 2013, el Banco Central de Reserva del Perú opinó que desde el punto de vista macroeconómico, no encuentra inconveniente en autorizar la organización de la Caja Rural de Ahorro y Crédito del Centro; Estando a lo informado por el Departamento Legal y por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”, y contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Asesoría Jurídica, de Banca y Microfi nanzas, de Riesgos y de Estudios Económicos; así como a lo opinado por el Banco Central de Reserva del Perú; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y normas modifi catorias; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la organización de la Caja Rural de Ahorro y Crédito del Centro S.A. Artículo Segundo.- Para la autorización de funcionamiento de la Caja Rural de Ahorro y Crédito del Centro S.A. en organización, deberán realizar dentro del