Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2013 (18/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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la gestion y promocion de la Educacion, Informacion y Ciudadania Ambiental en el ambito de la Provincia de Lima. Articulo 2º.- Definiciones Para los efectos de la presente Ordenanza, se tendran en cuenta las siguientes definiciones: a) Educacion Ambiental.- Es el MORDAZA permanente de caracter integral destinado a la formacion ciudadanos y ciudadanas que reconozcan valores, aclaren conceptos y desarrollen las habilidades y actitudes necesarias para una convivencia armonica entre seres humanos, su cultura y su medio biofisico circundante. Un MORDAZA adecuado de Educacion Ambiental debe facilitar que las personas concreten lo aprendido en compromisos de accion, basados en valores humanistas y en una etica ambiental, que los motive a participar individual o colectivamente en la busqueda de soluciones a problemas ambientales existentes, evitar que otros se presenten en el futuro y contribuir a la construccion de una MORDAZA sostenible. La educacion es el principal agente de transformacion hacia el desarrollo sostenible pues MORDAZA no solo es trasmisora de conocimientos, sino que se orienta tambien a generar en las personas conocimientos, actitudes, competencias, perspectivas y practicas que permitan tomar decisiones optimas en el presente y en el futuro. Este concepto se enmarca en el paradigma de Educacion para el Desarrollo Sostenible acunado en la Declaracion de Bonn; y, a la vez, se alinea con el enfoque de Educacion Ambiental para el Desarrollo Sostenible plasmado en la estrategia de Instituciones Educativas para el Desarrollo Sostenible del Ministerio de Educacion, Ministerio del Ambiente y Ministerio de Salud. b) Informacion Ambiental.- Es toda aquella informacion relacionada con el ambiente, los recursos naturales renovables o no renovables o culturales, y el desarrollo sostenible. Su generacion, recopilacion, suministro, tratamiento y analisis a escala metropolitana son necesarios para contar y proporcionar informacion objetiva, fiable y comparable que permita a la ciudadania e instituciones adoptar las medidas indispensables para el cuidado y mejora del ambiente y la salud. c) Ciudadania Ambiental.- Es el ejercicio activo, responsable y reconocido de la participacion ciudadana en la gestion ambiental de la ciudad. Este ejercicio permite que las personas se informen, opinen, presenten observaciones y/o sugerencias sobre los proyectos y decisiones de las autoridades. Esta participacion es insustituible, dado que mejora la calidad de los proyectos, planes y/o normas, y le da transparencia al MORDAZA y solidez en la toma de decisiones. La Ciudadania Ambiental implica la adquisicion de conocimientos acerca del ambiente y su utilizacion como herramienta para una accion ambiental responsable, tanto individual como colectiva. Asimismo, implica una actitud de respeto hacia los demas ciudadanos, en la busqueda de una convivencia armonica y una cultura de paz. Toda participacion ciudadana ambiental debe ser consciente, voluntaria, critica, activa, dialogica, responsable e inclusiva; en este sentido, se reconoce la participacion de todos los ciudadanos y ciudadanas con especial enfasis en los ninos, ninas y adolescentes. Articulo 3º.- Finalidad de la Educacion, Informacion y Ciudadania Ambiental La Educacion, Informacion y Ciudadania Ambiental tienen por finalidad consolidar el equilibrio dinamico entre la naturaleza y la sociedad para la mejora de la calidad del habitat y la calidad de MORDAZA de los ciudadanos y ciudadanas en base a un enfoque de desarrollo sostenible. De esta manera, se busca lograr en la ciudadania - especialmente en los ninos, ninas y adolescentes - en el ambito de la provincia de MORDAZA, lo siguiente: a) La valoracion de la tematica ambiental y su complejidad para el crecimiento sostenible de la ciudad. b) Actitudes y practicas cotidianas responsables en el cuidado del ambiente. c) La construccion de conocimientos sobre el ambiente y el desarrollo sostenible. d) La participacion activa en la mejora del ambiente.

El Peruano Viernes 18 de octubre de 2013

e) La generacion y uso de mecanismos de informacion ambiental. f) El diseno y aplicacion de soluciones a los problemas ambientales urbanos. g) La participacion del sector privado en la promocion de iniciativas ambientalmente responsables. Articulo 4º.- Objetivos de la Educacion, Informacion y Ciudadania Ambiental Los objetivos de la Educacion, Informacion y Ciudadania Ambiental en la provincia de MORDAZA, son los siguientes: a) Incorporar conocimientos ambientales de forma transversal en las diferentes areas del saber y espacios de aprendizaje. b) Contribuir a la generacion de nuevas tecnologias y conocimientos a favor del ambiente, estimulando procesos de investigacion. c) Promover el conocimiento de derechos y deberes ambientales en la ciudadania, con especial enfasis en los ninos, ninas y adolescentes, tanto como el accionar ambientalmente responsable a partir de este conocimiento. d) Contribuir a la formacion de una ciudadania critica y participativa; con especial enfasis en los ninos, ninas y adolescentes. e) Recopilar y procesar informacion ambiental con el fin de poner a disposicion de las instituciones publicas, privadas y de la sociedad civil; asi como, de la ciudadania en general, informacion ambiental de la Provincia de Lima. f) Facilitar la comunicacion e intercambio de informacion entre las instituciones publicas, privadas y de la sociedad civil que trabajen temas ambientales; asi como, entre estas instituciones y la ciudadania en general. g) Proveer instrumentos que faciliten los procesos de toma de decisiones, gestion, supervision y evaluacion en materia ambiental. h) Fomentar las buenas practicas ambientales en la MORDAZA cotidiana del individuo, la sociedad y las instituciones; con especial enfasis en los ninos, ninas y adolescentes. i) Reconocer, valorar y promocionar las iniciativas ambientales tanto individuales como colectivas; con especial enfasis en las iniciativas de los ninos, ninas y adolescentes. j) Orientar y difundir los mecanismos de acceso a la justicia ambiental a traves de los medios administrativos y judiciales que permitan atender las demandas ciudadanas ambientales y garanticen el derecho a un ambiente sano. k) Contribuir al desarrollo de una cultura ciudadana ambiental, tanto individual como colectiva. l) Consolidar a la MORDAZA de MORDAZA como un referente de MORDAZA Educadora en lo Ambiental a nivel nacional y de MORDAZA Latina. TITULO II DE LA EDUCACION AMBIENTAL Articulo 5º.- Del derecho a la Educacion Ambiental Toda persona tiene derecho a recibir una educacion adecuada que tenga como eje transversal el ambiente, para generar nuevos conocimientos, conciencia y acciones a favor del ambiente y el desarrollo sostenible de la provincia de Lima. Articulo 6º.- De la Educacion Ambiental como Instrumento para el Desarrollo Sostenible La educacion ambiental constituye el instrumento basico para generar en los ciudadanos conocimientos, valores, competencias, actitudes y practicas acordes con un ambiente equilibrado, orientado a la conservacion y al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales con el objetivo de tomar r decisiones optimas para el presente y futuro, y, de este modo, mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion. Articulo 7º.- De la orientacion de la Educacion Ambiental La educacion ambiental, siendo respetuosa y promotora de la diversidad, debera orientar un MORDAZA

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