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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (18/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 107

El Peruano Viernes 18 de octubre de 2013 505177 dio cuenta del pedido del Consejero Delegado, Lic. Anselmo Eleuterio Ventocilla Villareal, por el cual solicita que se agende en la próxima Sesión Extraordinaria del Consejo Regional el Ofi cio Nº 0463-2013-GRL/PRES del Presidente Regional por el que remite el Proyecto de Ordenanza Regional de Modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Lima, para su revisión y posterior aprobación de conformidad con el artículo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y, considerando: Que, conforme el artículo 76º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR-RL, mediante el procedimiento normativo se persigue aprobar normas de carácter regional, las mismas que pueden ser: a) Ordenanzas Regionales; y, b) Acuerdos de Consejo Regional; Que, el artículo 38 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, dicho procedimiento normativo conforme el artículo 77º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2010- CR-RL, se desarrolla por lo menos en las siguientes etapas: a) Iniciativa Legislativa; b) Estudio en comisiones; c) Debate en el Pleno; d) Aprobación; y, e) Promulgación. Están exceptuados de este procedimiento los proyectos con trámite distinto, previsto en el presente Reglamento o los que hubieran sido expresamente exonerados del mismo, por acuerdo del Pleno; Que, conforme al primer párrafo del artículo 82º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR-RL, no se puede debatir ningún proyecto de Ordenanza Regional que no tenga dictamen salvo dispensa aprobada por el Pleno; Con la sustentación del Econ. José Manuel Villarán Valdivia, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; del Dr. José Francisco Gushiken Izena, Sub Gerente Regional de Asesoría Jurídica; del Ing. Alberto Llona Álvarez, Director Regional de Formalización de la Propiedad Rural del Gobierno Regional de Lima; con la intervención del Abog. Luis Verano Bao, Asesor Legal del Consejo Regional de Lima; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima; con el VOTO por UNANIMIDAD de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesión de Consejo Regional por el que APRUEBAN la DISPENSA de DICTAMEN del Proyecto de Ordenanza Regional de modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Lima; y, fi nalmente, con el VOTO por UNANIMIDAD de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesión de Consejo Regional; y, En uso de sus facultades conferidas en el artículo 15º inciso a), c) y s), artículo 37 y artículo 38 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; el Consejo Regional; Ha aprobado, con dispensa de dictamen, la siguiente Ordenanza Regional: QUE MODIFICA Y ACTUALIZA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Lima, aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2011-CR-RL; el mismo que, comprende trescientos veintiséis (326) procedimientos administrativos, incrementando veintiuno (21) procedimientos administrativos nuevos, correspondientes a la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural – DIREFOR, según anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ACTUALIZAR el Derecho de Tramitación de los trescientos cuarenta y siete (347) Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Lima, a los que se refi ere el artículo anterior, de acuerdo al valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) aprobado para el año fi scal 2013, de conformidad con lo establecido en el D.S. Nº 264-2012-EF, según anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano y en un diario de circulación regional, debiendo publicarse sus anexos en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). Sin perjuicio de las indicadas publicaciones, se realizará la difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Lima mediante su ubicación en lugar visible de la Entidad. En Huacho, a los veinte días del mes de agosto del dos mil trece. POR TANTO: Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. ANSELMO E. VENTOCILLA VILLARREAL Consejero Delegado Consejo Regional de Lima Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los 10 días del mes de setiembre del dos mil trece. JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE Presidente Regional 1000821-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza para la gestión y promoción de la Educación, Información y Ciudadanía Ambiental en la Provincia de Lima ORDENANZA N° 1734 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 1° de octubre del 2013 el Dictamen Nº17-2013-MML-CMMASBS, de la Comisión Metropolitana de Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social, el Dictamen Nº03-2013-MML-CMEC, de la Comisión Metropolitana de Educación y Cultura y el Dictamen Nº92-2013-MML-CMAL, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; Ha dado la siguiente: ORDENANZA PARA LA GESTIÓN Y PROMOCION DE LA EDUCACIÓN, INFORMACIÓN Y CIUDADANÍA AMBIENTAL EN LA PROVINCIA DE LIMA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Finalidad La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer el marco conceptual y los lineamientos generales para