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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (18/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 106

El Peruano Viernes 18 de octubre de 2013 505176 Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento. Que, el artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece lo siguiente: Artículo 38.- Aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos 38.1 El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo. 38.2 Cada 2 (dos) años, las entidades están obligadas a publicar el íntegro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular; sin embargo, podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modifi caciones producidas en el mismo lo ameriten. El plazo se computará a partir de la fecha de la última publicación del mismo. 38.3 El TUPA es publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas -PSCE, y en el Portal Institucional. 38.4 Sin perjuicio de la indicada publicación, cada entidad realiza la difusión de su TUPA mediante su ubicación en lugar visible de la entidad. 38.5 Una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicará la modifi cación según lo dispuesto por el numeral 38.3. 38.6 Para la elaboración del TUPA se procurará evitar la duplicidad de procedimientos administrativos en las distintas entidades de la administración pública. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2011- CR-RL, de fecha 24 de marzo del 2011, se resuelve aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Lima, el cual comprende 326 procedimientos administrativos, según anexo que forma parte de la referida ordenanza regional; Que, mediante D.S. Nº 264-2012-EF, se aprueba que durante el año 2013 el Valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), como índice de referencia en normas tributarias será de Tres Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3, 700.00); Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2012-CR- RL, se aprobó la creación de un órgano desconcentrado denominado Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural – DIREFOR como órgano dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Lima; Que, mediante Informe Nº 0142-2013-GRL-GRDE/ DIREFOR/ALLA, la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural remite a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la propuesta modifi cada del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; siendo que, de su documentación adjunta se aprecia que se propone su actualización de costos de derecho de tramitación e incorporación de 21 procedimientos administrativos correspondientes a la Dirección Regional referida que se brindan en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, los cuales son los siguientes: 1. Evaluación de Contratos de Otorgamiento de Tierras Eriazas (caducidad total, parcial y levantamiento de reserva o cancelación de carga). 2. Levantamiento de Reserva de Dominio o Carga Registral o Contractual de los Contratos de Otorgamiento de Tierras Eriazas con Aptitud Agropecuaria. 3. Otorgamiento de Tierras Eriazas en Parcelas de Pequeña Agricultura. 4. Verifi cación de Tierras Eriazas con aptitud Agropecuaria de Libre Disponibilidad del Estado. 5. Formalización y Titulación de Tierras Eriazas Habilitadas e Incorporadas a la Actividad Agropecuaria al 31 de Diciembre del 2004. 6. Otorgamiento o Adjudicación de Tierras Eriazas Denunciadas con Anterioridad a la Ley Nº 26505. 7. Reversión a Favor del Estado de los Predios Rústicos Adjudicados a Título Gratuito. 8. Reversión de Predios Rústicos Ocupados por Asentamientos Humanos. 9. Formalización y Titulación de Predios Rústicos de Propiedad del Estado, luego de las tres visitas de ofi cio. 10. Declaración de Propiedad por Prescripción de Dominio en Predios Rústicos, luego de las tres visitas. 11. Rectifi cación de Área, Linderos y Medidas Perimétricas (De parte). 12. Reconocimiento de Comunidades Campesinas. 13. Deslinde y Titulación del Territorio de Comunidades Campesinas. 14. Elaboración de Planos y Memoria Descripción para la Adjudicación de Tierras de las Comunidades Campesinas de la Costa a Favor de los Comuneros Poseedores y Terceros Poseedores. 15. Declaración de Abandono Legal de Tierras de las Comunidades Campesinas de la Costa, cuando Terceros Poseedores los tenga dedicados a la Actividad Agropecuaria. 16. Certifi cado de Información Catastral (para inmatriculación o modifi cación física). 17. Certifi cado Negativo en Zona Catastrada (para inmatriculación o modifi cación física). 18. Asignación de Código de Referencia Catastral de Predios ubicados en Zonas Catastradas. 19. Cambio de Titular en el Padrón Catastral para propietarios. 20. Cambio de Titular en el Padrón Catastral (Posesión). 21. Visación de Planes y Memoria Descripción, para “Procesos Judiciales en el Marco del Artículo 504 del Código Procesal Civil”. Que, mediante el Memorando Nº 318-2013-GRL/ GRPPAT la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial hace suyo el contenido del Informe Nº 090-2013-GRL/GRPPAT/OP de la Ofi cina de Planeamiento, por el que se precisa que la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA considera lo siguiente: - Los 326 procedimientos administrativos aprobados con Ordenanza Regional Nº 002-2011-CR-RL, ajustados por el valor de la UIT del Año 2013 (S/. 3,700.00), aprobados con Decreto Supremo Nº 264-2012-EF. - Los 21 procedimientos administrativos presentados por la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural – DIREFOR, del Gobierno Regional de Lima. - En total el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA actualizado, presenta 347 procedimientos administrativos. Por lo que, es de la opinión de que la propuesta de actualización solicitada por la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural cumple con la normatividad vigente; Que, por Informe Nº 1349-2013-GRL/SGRAJ la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, opina que mediante Ordenanza Regional se debe modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Lima, por la creación de 21 procedimientos administrativos nuevos, correspondientes a la Dirección Regional de Formalización de Tierras Eriazas, que se brindan en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, e incremento de derechos de tramitación que responden a la nueva unidad impositiva tributaria establecida para el Año Fiscal 2013, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 264-2012-EF; Que, en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 20 de agosto del 2013,en las instalaciones del Consejo Regional de Lima sito en Playa Chorrillos S/N 1er Piso, Malecón Roca ubicado en la ciudad de Huacho; se