Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2013 (18/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. MORDAZA de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 2. En el caso concreto, puede observarse que mediante escrito, de fecha 13 de setiembre de 2013, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA ha cumplido con remitir los documentos que acreditan que las regidoras vacadas, MORDAZA Deyci MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ccerhuayo MORDAZA, fueron debidamente notificadas con el acuerdo de la sesion extraordinaria, de fecha 4 de MORDAZA de 2012, en la que, finalmente, el concejo distrital de dicha municipalidad adopto, por unanimidad, declarar su vacancia, dejando MORDAZA del acto de notificacion en un acta, al no haber encontrado a las regidoras en sus domicilios la primera vez, consignandose datos relevantes como direccion, fecha y hora en la que se acudio al domicilio de las notificadas, de acuerdo al numeral 21.5, del articulo 21 de la LPAG (fojas 108 a 122). 3. Por ello, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia, establecida en el numeral 7 del articulo 22 de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal y emitir las credenciales correspondientes a los accesitarios llamado por ley. De conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor habil que sigue en su propia lista electoral, por lo que corresponde convocar a Donatilda MORDAZA Manza, identificada con Documento Nacional de Identidad (en adelante DNI) Nº 40190652, candidata no proclamada de la organizacion politica Movimiento Independiente Regional Todos con MORDAZA, y a MORDAZA MORDAZA Atiquipa MORDAZA, identificado con DNI Nº 28480829, candidato no proclamado de la organizacion politica Partido Aprista Peruano, para completar el numero de regidores del Concejo Distrital de Belen. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamacion de resultados, de fecha 4 de noviembre de 2010, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA MORDAZA, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidatos no proclamados como consecuencia de la declaratoria de vacancia de MORDAZA Deyci MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ccerhuayo MORDAZA, regidoras de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, por la causal establecida en articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a MORDAZA Deyci MORDAZA MORDAZA y a MORDAZA MORDAZA Ccerhuayo MORDAZA como regidoras del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de Sucre, departamento de MORDAZA, emitidas con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Donatilda MORDAZA Manza, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 40190652, para que asuma el cargo de regidora del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de Sucre, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Atiquipa MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 28480829, para que asuma el cargo de regidor del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de Sucre, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 20112014, debiendose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1001573-6

El Peruano Viernes 18 de octubre de 2013

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OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Designan Coordinador de Local de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, titulares y accesitarios en el MORDAZA de las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA 2013
RESOLUCION JEFATURAL N° 216-2013-J/ONPE MORDAZA, 16 de octubre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 4661-2013-SG/JNE de la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones; el Acta N° 012-2013-CPS JACLV ODPE - NEM MORDAZA 2013 de la Comision de Seleccion de Jefes, Administradores y Coordinadores de Local de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, conformadas para las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA 2013; asi como el Informe N° 000264-2013-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2013-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de MORDAZA de 2013, se convoco a Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el dia MORDAZA 24 de noviembre de 2013, con la finalidad de elegir a 22 autoridades municipales del Concejo Municipal, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 2° de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, este organismo tiene como funcion esencial velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular manifestada a traves de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de conformidad con el articulo 37° de la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares; ejerciendo sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion Politica del Peru y a su Ley Organica; Que, de otro lado, el articulo 24° de la Ley N° 26487, establece que para cada MORDAZA electoral se conformaran como organos temporales las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, de acuerdo a las circunscripciones electorales y MORDAZA de distrito electoral que regira en el MORDAZA en curso; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 202-2013-J/ ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el 06 de octubre de 2013, se dispuso la publicacion de la relacion de postulantes que aprobaron el MORDAZA de seleccion para cubrir las vacantes de titular y accesitario, para el

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