Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2013 (24/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Jueves 24 de octubre de 2013

505651
del Libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, Oficina Callao, con domicilio en Av. MORDAZA Pena No. 177, piso 6, Callao, debidamente representada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Neumann identificado con Documento Nacional de Identidad No. 10276856 segun poder inscrito en la partida registral MORDAZA mencionada, a quien en adelante se le denominara el CONCESIONARIO; en los terminos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES 1.1 El 17 de agosto de 1999, el CONCEDENTE y el CONCESIONARIO suscribieron el Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Terminal Portuario de Matarani (en adelante, el Contrato de Concesion). 1.2 El 26 de MORDAZA de 2001 el CONCEDENTE y el CONCESIONARIO suscribieron la Adenda Nº 1 por el cual se incremento -a solicitud del CONCESIONARIO- el monto de las mejoras, entre otras obligaciones. 1.3 El 24 de MORDAZA de 2006, el CONCEDENTE y el CONCESIONARIO suscribieron la Adenda Nº 2 referentes a la regulacion de las mejoras, la titularidad de estas y los aspectos tarifarios vinculados. Se introdujo el concepto de Mejoras Voluntarias, considerandose como tales a aquellas inversiones en bienes muebles y/ o inmuebles a cargo del CONCESIONARIO que formen parte de la infraestructura portuaria de propiedad del CONCEDENTE, destinadas tanto para atender nuevas demandas, como para optimizar la infraestructura portuaria y que MORDAZA debidamente aprobadas por OSITRAN. 1.4 Mediante Cartas Nº 100-2011 TISUR/GG de fecha 13 de octubre de 2011, Nº 042-2012-TISUR/GG de 4 de junio de 2012 y N° 137-2013/TISUR-GG, recibida con fecha 26 de septiembre de 2013, el CONCESIONARIO ha solicitado la modificacion del Anexo G del Contrato de Concesion a efectos de incorporar el area acuatica adyacente al area de reserva de la concesion ubicada en la MORDAZA de Islay, con una extension de 200,718.92 metros cuadrados, segun consta en (i) el Cuadro de Coordenadas DATUM WGS-84; y; (ii) el Plano No. 6022-C-A-0001-D, del Area Acuatica que se adjuntan al presente en el Anexo Nº 1 y formaran parte del Contrato de Concesion, destinado a la ejecucion del proyecto denominado: "Sistema de Recepcion, Almacenamiento y Embarque de Concentrados de Mineral en MORDAZA Islay". 1.5 Mediante Oficio Circular N° 013-12-SCD-OSITRAN, recibido con fecha 20 de junio de 2012, OSITRAN remite Acuerdo de Consejo Directivo N° 1488-419-12-CDOSITRAN que aprueba la opinion tecnica contenida en el Informe N° 016-12-GRE-GS-GAL-OSITRAN. 1.6 Mediante Oficio Circular N° 004-13-SCD-OSITRAN, recibido con fecha 07 de febrero de 2013, OSITRAN remite Acuerdo de Consejo Directivo N° 1531-443-13-CDOSITRAN que aprueba la opinion tecnica contenida en el Informe N° 005-13-GRE-GS-GAL-OSITRAN. 1.7 Mediante Oficio Circular N° 031-13-SCD-OSITRAN de fecha 06 de junio de 2013, el OSITRAN remite el Acuerdo N° 1579-459-13-CD-OSITRAN, con el que se aprueba la Opinion Tecnica contenida en el Informe N° 026-13-GRE-GS-GAL-OSITRAN. 1.8 Mediante Oficio N° 022-13-SCD-OSITRAN de fecha 21 de junio de 2013, el OSITRAN remite el Acuerdo N° 1591-462-13-CD-OSITRAN, con el que se aprueba la Opinion Tecnica contenida en el Informe N° 028-13-GREGS-GAL-OSITRAN. 1.9 Mediante el Informe N° 245-2011-MTC/13 de fecha 23 de noviembre de 2011, la Direccion General de Transporte Acuatico, emitio su opinion sobre la propuesta de Adenda. 1.10 Mediante Carta V.200-3755 recibido con fecha 09 de octubre de 2013, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas ­DICAPI- remite opinion sobre el area acuatica materia de la adenda. 1.11 Mediante Memorandum N° 1674-2012-MTC/09 de fecha 24 de agosto de 2012, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 10452012-MTC/09.

opiniones tecnicas contenidas en los Informes N° 01612-GRE-GS-GAL-OSITRAN, N° 005-13-GRE-GS-GALOSITRAN, Informe N° 026-13-GRE-GS-GAL-OSITRAN y N° 028-13-GRE-GS-GAL-OSITRAN; Que, mediante informes N° 92-2012-MTC/25, N° 5812013-MTC/25 y N° 603-2013-MTC/25, la Direccion General de Concesiones en Transportes emite opinion legal, tecnica y economica sobre la propuesta de modificacion al Contrato de Concesion del Terminal Portuario de Matarani, recomendando su suscripcion; Que, la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, establece que corresponde a la Autoridad Portuaria Nacional el fomento de la participacion del sector privado, preferentemente a traves de la inversion en el desarrollo de la infraestructura y equipamiento portuarios; Que, el articulo 48 del Reglamento de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, dispone que la Autoridad Portuaria Nacional es la entidad competente para celebrar los contratos senalados en los articulos 10 y 11 de dicha Ley en puertos y/o terminales portuarios de ambito nacional; asimismo, establece que los contratos de concesion requieren aprobacion por Decreto Supremo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para entrar en vigencia, por lo que resulta necesario aprobar el texto de la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesion del Terminal Portuario de Matarani; Que, mediante Acuerdo de Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional N° 1349-305-14/10/2013/D, remitido mediante Oficio N° 1035-2013-APN/GG, se aprobo el texto de la Adenda N° 3 al Contrato de Concesion del Terminal Portuario de Matarani. De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27943 y el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del Texto de la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesion del Terminal Portuario de Matarani Aprobar el Texto de la Adenda N° 3 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Terminal Portuario de Matarani, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de octubre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones ADENDA N° 3 AL CONTRATO DE CONCESION PARA LA CONSTRUCCION, CONSERVACION Y EXPLOTACION DEL TERMINAL PORTUARIO DE MATARANI Conste por el presente documento, la Adenda N° 3 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Terminal Portuario de Matarani que celebran el Estado de la Republica del Peru, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien a su vez actua a traves de la Autoridad Portuaria Nacional debidamente representada por ....................., identificado con Documento Nacional de Identidad No. ..............................., autorizado mediante Acuerdo de Directorio No. ............... , con domicilio en Av............................., a quien en adelante se le denominara el CONCEDENTE; y TERMINAL INTERNACIONAL DEL SUR S.A., una empresa constituida y existente conforme a las leyes de Peru, inscrita en la Partida Electronica No. 70204314

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