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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (24/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 36

El Peruano Jueves 24 de octubre de 2013 505646 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1004681-6 Ratifican el Convenio Específico entre la República del Perú y el Reino de Bélgica relativo al “Programa de apoyo a la política de aseguramiento universal en salud en el Perú, a través del SIS” DECRETO SUPREMO Nº 053-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Convenio Específi co entre la República del Perú y el Reino de Bélgica relativo al “Programa de apoyo a la política de aseguramiento universal en salud en el Perú, a través del SIS” fue suscrito el 21 de marzo de 2013, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio Específi co entre la República del Perú y el Reino de Bélgica relativo al “Programa de apoyo a la política de aseguramiento universal en salud en el Perú, a través del SIS”, suscrito el 21 de marzo de 2013, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Convenio, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1004680-1 Ratifican el “Acuerdo Modificatorio del Anexo del Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados” DECRETO SUPREMO Nº 054-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo Modifi catorio del Anexo del Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados” fue suscrito el 28 de junio de 2011, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo Modifi catorio del Anexo del Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados”, fue suscrito el 28 de junio de 2011, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo Modifi catorio, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1004680-2 Modifican R.M. Nº 0746/RE-2013 mediante la cual se autorizó viaje de funcionarios a Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0889/RE-2013 Lima, 21 de octubre de 2013 VISTA: La Resolución Ministerial Nº 0746/RE, de 21 de agosto de 2013, que autorizó el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República José Antonio García Torres, Director de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América; y, señor Javier Octavio Raúl Lossio Olavarría, Contratado Administrativo de Servicios, Especialista en Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América, a las ciudades de Bogotá y Leticia, República de Colombia, para que participen en las reuniones sobre el Plan de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza y sobre el Proyecto de Modelos Prácticos de Producción Piscícola; CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio se ha reprogramado el viaje de los citados funcionarios, a las ciudades de Bogotá D.C. y Leticia, República de Colombia, del 23 al 25 de octubre de 2013; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 5620, del Despacho Viceministerial, de 27 de setiembre de 2013; y los Memoranda (DDF) Nº DDF0868/2013, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de 25 de setiembre de 2013; y (OPR) Nº OPR0468/2013, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 4 de octubre de 2013, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje;