Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2013 (24/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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El Peruano Jueves 24 de octubre de 2013

PRODUCE
Ratifican Declaracion de Interes Nacional de la Decimo MORDAZA Conferencia General de la Organizacion de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA del 2 al 6 de diciembre de 2013
DECRETO SUPREMO N° 007-2013-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: CONSIDERANDO: Que, en la Cuadragesima Sesion de la Conferencia General de la Organizacion de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), realizada el 20 de noviembre de 2012, en MORDAZA, Austria, la Junta de Desarrollo Industrial de la Organizacion de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, acordo aceptar el ofrecimiento del Gobierno de la Republica del Peru, para ser la sede de la Decimo MORDAZA Conferencia General de la ONUDI, en el ano 2013; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 004-2013PRODUCE se declaro de Interes Nacional la realizacion de la Decimo MORDAZA Conferencia General de la Organizacion de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA del 2 al 6 de diciembre de 2013, asi como las actividades y eventos conexos, que tendran lugar MORDAZA y durante la citada Conferencia General, creandose un Grupo de Trabajo Multisectorial de caracter temporal adscrito al Ministerio de la Produccion, encargado de ejecutar las acciones que permitan su realizacion; Que, en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, la Ministra de Relaciones Exteriores del Peru, senora Eda MORDAZA Franchini y el Director General de ONUDI, senor Li Yong, suscribieron el Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Organizacion de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial en relacion a la Organizacion del 15° Periodo Ordinario de Sesiones de la Conferencia General de la ONUDI, a fin de especificar los compromisos del Gobierno de la Republica del Peru como MORDAZA anfitrion; Que, la realizacion del 15° Periodo Ordinario de Sesiones de la Conferencia General de la ONUDI implicara la asistencia y participacion de un numero importante de delegados internacionales; asi como el ingreso de numerosa cantidad de bienes para consumo y de bienes sujetos al regimen de admision temporal para reexportacion, con el fin de cumplir a cabalidad con los compromisos adquiridos por el Gobierno de la Republica del Peru; Que, la Ley Nº 29963, Ley de facilitacion aduanera y de ingreso de participantes para la realizacion de eventos internacionales declarados de interes nacional, tiene por objeto facilitar los tramites aduaneros y el ingreso de participantes para la realizacion de eventos internacionales declarados de interes nacional por el Poder Ejecutivo, conforme a los terminos del literal d) del articulo 2 de la referida Ley; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29963, Ley de facilitacion aduanera y de ingreso de participantes para la realizacion de eventos internacionales declarados de interes nacional y, en el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Ratificacion de Declaracion de Interes Nacional Ratificar la Declaracion de Interes Nacional de la realizacion de la Decimo MORDAZA Conferencia General de la Organizacion de las Naciones Unidas para el Desarrollo

Industrial (ONUDI), que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA del 2 al 6 de diciembre de 2013, asi como las actividades y eventos conexos, que tendran lugar MORDAZA y durante la citada Conferencia General, contenida en la Resolucion Suprema Nº 004-2013-PRODUCE. Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores, el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de octubre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 1004681-5

Suspenden actividades extractivas del recurso caballa en area del dominio maritimo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 317-2013-PRODUCE MORDAZA, 23 de octubre de 2013 VISTOS: el Oficio N° DEC-100-252-2013-PRODUCE/ IMP del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, el Informe N° 230-2013-PRODUCE/DGP-Diropa de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero y el Informe N° 052-2013-PRODUCE/OGAJ-jhuari de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca en su articulo 2, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion; correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, la citada Ley General de Pesca en su articulo 9, senala que, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, el Ministerio de la Produccion determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo establece que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, el Reglamento de la Ley General de Pesca en el MORDAZA parrafo de su articulo 19, modificado por el Decreto Supremo N° 008-2012-PRODUCE menciona que corresponde al Ministerio de la Produccion establecer mediante Resolucion Ministerial, previo informe del Instituto MORDAZA del Peru, los periodos de MORDAZA o suspension de la actividad extractiva de determinada pesqueria en el dominio maritimo, en forma total o parcial, con la finalidad de garantizar el desove, evitar la captura de ejemplares en (tallas) menores a las permitidas, preservar y proteger el desarrollo de la biomasa, entre otros criterios. Asimismo, el Ministerio basado en los estudios tecnicos y recomendaciones del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, determinara si la MORDAZA sera de aplicacion a las zonas de extraccion de las embarcaciones artesanales y/ o de menor escala y/o de mayor escala;

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