Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2013 (31/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Jueves 31 de octubre de 2013

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formularse teniendo en cuenta los Contenidos minimos generales para la elaboracion de estudios de preinversion a nivel de Perfil de un Proyecto de Inversion Publica senalados en el Anexo SNIP-05. Asimismo, el Responsable de la OPI debera visar el Resumen Ejecutivo del estudio conforme a lo senalado en el literal b) del numeral 8.3 del articulo 8, y remitir MORDAZA de dicho estudio, del Informe Tecnico y del Formato SNIP-09 a la UE del PIP. Asimismo, remite MORDAZA del Informe Tecnico y del Formato SNIP-09 a la UF del PIP. (...)". "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- De los estudios de preinversion -A partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, los contenidos minimos senalados en el Anexo SNIP 05 son aplicables a los proyectos cuyos perfiles esten en elaboracion, presentados para evaluacion, en evaluacion u observados. - Los proyectos que se enmarquen en lo dispuesto por el numeral 22.2 del articulo 22 y que cuenten con perfiles aprobados y con autorizacion para la elaboracion del estudio de Prefactibilidad o Factibilidad, deberan reformularse considerando los contenidos minimos del Anexo SNIP 05, siempre y cuando el estudio de Prefactibilidad o Factibilidad no se encuentre en elaboracion, en virtud a un contrato suscrito o por administracion directa o si su elaboracion ha sido objeto de un convenio internacional de financiamiento o documento similar. En caso contrario, debera culminarse el estudio de Prefactibilidad o Factibilidad para su evaluacion y, de corresponder, su posterior declaratoria de viabilidad. - De igual modo, los proyectos que se enmarquen en lo dispuesto por el numeral 22.3 del articulo 22 y que cuenten con perfiles aprobados y con autorizacion para la elaboracion del estudio de Prefactibilidad deberan reformularse considerando los contenidos minimos del Anexo SNIP 05, siempre y cuando el estudio de Prefactibilidad no se encuentre en elaboracion, en virtud a un contrato suscrito o por administracion directa o si su elaboracion ha sido objeto de un convenio internacional de financiamiento o documento similar. En caso contrario, debera culminarse el estudio de Prefactibilidad para su evaluacion y, de corresponder, su aprobacion y autorizacion del estudio de Factibilidad. La presente disposicion tambien es aplicable para los proyectos que se enmarquen en lo dispuesto por el numeral 22.3 del articulo 22, a los que se les MORDAZA autorizado el salto de Perfil a Factibilidad, asi como a los que tengan aprobado el estudio de Perfil y autorizada la elaboracion del estudio de Factibilidad, siempre que en dichos casos aun no se MORDAZA iniciado la elaboracion del estudio de Factibilidad en virtud a un contrato suscrito o por administracion directa o si su elaboracion ha sido objeto de un convenio internacional de financiamiento o documento similar. - Las excepciones a lo dispuesto en la presente disposicion se aprobaran por la DGPM en base a un Informe sustentatorio elaborado por la UF y aprobado por la OPI correspondiente, para lo cual, la DGPM tiene un plazo no mayor de diez (10) dias habiles desde la recepcion del documento MORDAZA senalado. - En todos los casos en los que la OPI o la DGPM hayan realizado recomendaciones u observaciones en la evaluacion de un PIP, el Informe Tecnico que sustenta la declaracion de viabilidad del PIP debera demostrar el levantamiento de dichas recomendaciones u observaciones". "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Anexos y Formatos Los anexos y formatos aludidos en la presenta Directiva seran publicados en la pagina web de la DGPM (...) Anexo SNIP 05:Contenidos minimos generales del estudio de preinversion a nivel de Perfil de un Proyecto de Inversion Publica (...)". Articulo 3°.- Precision sobre la denominacion de la Direccion General de Politica de Inversiones Precisese que toda alusion a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico (DGPM)

dicta las normas tecnicas, metodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversion Publica; Que, los literales a. y f. del numeral 3.2 del articulo 3° del Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado por Decreto Supremo N° 102-2007EF, senalan que la Direccion General de Politica de Inversiones aprueba a traves de Resoluciones, las Directivas necesarias para el funcionamiento del Sistema Nacional de Inversion Publica, asi como establece los niveles minimos de estudios de preinversion que requieren los Proyectos de Inversion para poder declarar su viabilidad; Que, mediante Resolucion Directoral N° 003-2011EF/68.01, se aprobo la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, la cual establece las normas tecnicas, metodos y procedimientos de observancia obligatoria aplicables a las Fases de Preinversion, Inversion y Postinversion y a los organos conformantes del Sistema Nacional de Inversion Publica, y aprueba los Anexos y Formatos de dicha Directiva General; Que, la Direccion General de Politica de Inversiones ha realizado el analisis correspondiente para la unificacion de los Anexos SNIP 5A y 5B de la citada Directiva General, incluyendo las actualizaciones respectivas. En ese sentido, resulta necesario aprobar el Anexo SNIP 05: "Contenidos minimos generales del estudio de preinversion a nivel de Perfil de un Proyecto de Inversion Publica", el cual contiene los contenidos minimos aplicables a los estudios de preinversion a nivel de Perfil; En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley N° 27293 y sus modificaciones, normas reglamentarias y complementarias; la Resolucion Ministerial N° 223-2011EF/43 y la Resolucion Ministerial N° 287-2013-EF/10; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion del Anexo SNIP 05: "Contenidos minimos generales del estudio de preinversion a nivel de Perfil de un Proyecto de Inversion Publica", de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral N° 003-2011-EF/68.01 Apruebase el Anexo SNIP 05: "Contenidos minimos generales del estudio de preinversion a nivel de Perfil de un Proyecto de Inversion Publica" de la Directiva N° 0012011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral N° 003-2011-EF/68.01. Articulo 2°.- Modificacion del numeral 12.2 del articulo 12°, del numeral 15.4 del articulo 15°, de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria y de la Primera Disposicion Complementaria Final de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral N° 003-2011-EF/68.01 Modificanse el numeral 12.2 del articulo 12°, el numeral 15.4 del articulo 15°, la Primera Disposicion Complementaria Transitoria y la Primera Disposicion Complementaria Final de la Directiva N° 001-2011EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral N° 003-2011-EF/68.01, con los siguientes textos: "Articulo 12°.- Formulacion de Estudios de Preinversion (...) 12.2 La UF elabora los estudios de preinversion del PIP sobre la base de los Contenidos Minimos para Estudios de Preinversion (Anexos SNIP-05, SNIP-06, SNIP-07 y SNIP-08), teniendo en cuenta los terminos de referencia o planes de trabajo aprobados, asi como los contenidos, parametros, metodologias y normas tecnicas que se dispongan. Asimismo, debe ser compatible con los Lineamientos de Politica Sectorial, con el Plan Estrategico Institucional y con el Plan de Desarrollo Concertado, segun corresponda. (...)". "Articulo 15°.- Procedimientos para la MORDAZA y evaluacion de Estudios de Preinversion de Proyectos de Inversion Publica (...) 15.4 En caso corresponda declarar la viabilidad del proyecto con el estudio de Perfil, dicho estudio debera

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