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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (13/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Viernes 13 de setiembre de 2013 502867 IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS Es aplicable lo dispuesto en la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, su Tabla de Sanciones aprobada por Decreto Supremo Nº 031-2009-EF, la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF y otras normas que correspondan. X. REGISTROS • Actas de Inmovilización – Incautación, Actas de Verifi cación, Actas de Levantamiento. Código : RC-01- INPCFA-PE.00.01 Tipo de Almacenamiento : Físico Tiempo de Conservación : Un (1) año Ubicación : UU.OO. interventoras Responsable : INPCFA e intendencias de aduana • Registro de Actas de Inmovilización - Incautación, Actas de Verifi cación, Actas de Levantamiento. Código : RC-02-INPCFA-PE.00.01 Tipo de Almacenamiento : Electrónico Tiempo de Conservación : Permanente Ubicación : SIGEDA Responsable : INPCFA e intendencias de aduana • Resoluciones sancionatorias. Código : RC-03- INPCFA-PE.00.01 Tipo de Almacenamiento : Físico Tiempo de Conservación : Cuatro (4) años Ubicación : UU.OO. interventoras Responsable : INPCFA e intendencias de aduana • Registro de las resoluciones sancionatorias. Código : RC-04-INPCFA-PE.00.01 Tipo de Almacenamiento : Electrónico Tiempo de Conservación : Permanente Ubicación : Trámite documentario y SIGEDA Responsable : INPCFA e intendencias de aduana XI. VIGENCIA A partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. XII. ANEXOS Forman parte del presente procedimiento los siguientes anexos: REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN