Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2013 (13/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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Tribunal Fiscal, Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria - SUNAT; y el Instituto Nacional de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de fechas 8 y 13 de MORDAZA del ano en curso, mediante las cuales, entre otros, se acordo aprobar la fundamentacion y proponer que se precise la denominacion de dicha subespecialidad, por el nombre de "Salas y Juzgados Contenciosos Administrativos con Subespecialidad en Ordenacion del Mercado". Segundo. Que la propuesta se sustenta en que la terminologia que se considera apropiada para identificar a los organos jurisdiccionales tanto en su especialidad como en su subespecialidad es aquella que se define por su materia o sub materia, y no por el nombre de alguna de las partes. En ese contexto, lo primero manifiesta de manera mas precisa la posicion del ente jurisdiccional como independiente e imparcial, y por ello ajeno a los intereses de las partes, como sucede con los terminos aduaneros y tributarios. En ese orden de ideas, si bien el derecho ordenador de MORDAZA definiria mejor el contenido de la materia de competencia de estos juzgados, la cualidad de ordenador no corresponderia a la competencia de un organo jurisdiccional, por lo que resulta ser de mayor idoneidad el termino mercado. Tercero. Que, siendo asi, resulta justificada la modificacion de la denominacion de las MORDAZA y Juzgados Contenciosos Administrativos, creados mediante Resolucion Administrativa 206-2012-CE-PJ, de fecha 24 de octubre de 2012, por el de "Salas y Juzgados Contenciosos Administrativos con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado". Cuarto. Que, al respecto, el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 436-2013 de la vigesima tercera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA Postigo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar la denominacion de las MORDAZA y Juzgados Contenciosos Administrativos, creados mediante Resolucion Administrativa 206-2012-CE-PJ, de fecha 24 de octubre de 2012, por el de "Salas y Juzgados Contenciosos Administrativos con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado". Articulo Segundo.- Delegar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA la facultad de dictar las medidas pertinentes, a fin de aplicar debidamente la decision adoptada. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 987589-4 VISTOS:

El Peruano Viernes 13 de setiembre de 2013

El Oficio Nº 225-2012-P-CSJPA/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Pasco, Informe Nº 004-2013-ONAJUP-CE/PJ, elaborado por el Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz; y el Informe Nº 122-2013-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Pasco remite propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA Corazon de MORDAZA, Distrito MORDAZA MORDAZA de Tusi, Provincia MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Departamento de Pasco, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripcion. Segundo. Que la peticion formulada se fundamenta en tener poblacion aproximada de 898 habitantes, conjuntamente con los MORDAZA Central, El Porvenir, Las Malvinas, Maraypampa, Rupahuayi, Piticchaca y Gollpacuta; asi como en la necesidad de tener autoridad judicial, pues la dependencia judicial mas proxima es el Juzgado de Paz de MORDAZA MORDAZA de Tusi, que se encuentra a 5 kilometros de distancia, el traslado a pie por MORDAZA de herradura es de cuarenta minutos; con el consiguiente perjuicio economico y de tiempo, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia. Tercero. Que el Informe Nº 122-2013-SEP-GP-GGPJ, remitido por la Gerencia General de Poder Judicial, y el Informe Nº 004-2013-ONAJUP-CE/PJ, del Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, concluyen que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA Corazon de MORDAZA, Distrito de MORDAZA MORDAZA de Tusi, Provincia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Departamento y Distrito Judicial de Pasco; consignandose su competencia territorial. Cuarto. Que por el numero de habitantes que beneficiaria el organo jurisdiccional, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; asi como asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo Nº 4972013 de la vigesimo octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA Postigo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA Corazon de MORDAZA, el cual tendra competencia ademas en los MORDAZA Central, El Porvenir, Las Malvinas, Maraypampa, Rupahuayi, Piticchaca y Gollpacuta; Distrito de MORDAZA MORDAZA de Tusi, Provincia MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Departamento y Distrito Judicial de Pasco. Articulo Segundo.- Modificar la competencia territorial del Juzgado de Paz del Distrito de MORDAZA MORDAZA de Tusi, de la mencionada provincia, en lo que corresponde a los referidos barrios. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Pasco, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 987589-1

Crean Juzgados de Paz en centros poblados y comunidad campesina de los Distritos Judiciales de Pasco, Amazonas y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 135-2013-CE-PJ MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2013

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