Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2014 (08/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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Reglamento de la Ley Nº 29518 aprobado por el Decreto Supremo Nº 145-2010-EF es el siguiente: MES Enero 2014 Febrero 2014 Marzo 2014 PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL ISC (%) 10.5 % 10.5 % 10.4 %

El Peruano Martes 8 de MORDAZA de 2014

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1071388-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Reubican el Juzgado de Paz Letrado de Jumbilla al Distrito de MORDAZA, ambos de la provincia de Bongara, Corte Superior de Justicia de Amazonas, el cual se denominara Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, con competencia territorial en los Distritos de Yambrasbamba, Corosha, Chisquilla, Recta, Jumbilla y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 096-2014-CE-PJ MORDAZA, 19 de marzo de 2014 VISTO: El Oficio N° 114-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 014-2014-GO-CNDP-CE/PJ, remitidos por el Gerente Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, y el Informe cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, mediante el cual solicita la reubicacion del Juzgado de Paz Letrado de Jumbilla. CONSIDERANDO: Primero. Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas propone la reubicacion del Juzgado de Paz Letrado de Jumbilla, Provincia de Bongara, al Distrito de MORDAZA - Pomacochas, de la misma provincia, con el proposito de mejorar el servicio de imparticion de justicia y por el bajo ingreso de expedientes. Segundo. Que, al respecto, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal remite el Informe N° 014-2014-GO-CNDPCE/PJ, en el cual se establece que: a) De acuerdo con la informacion estadistica al mes de diciembre de 2013, el Juzgado de Paz Letrado de Jumbilla contaba con una carga procesal de 123 expedientes, de los cuales fueron resueltos 80; b) El estandar establecido para este MORDAZA de organo jurisdiccional ubicado en MORDAZA B es de 550 expedientes principales, conforme a lo senalado por Resolucion Administrativa N° 062-2013-CE-PJ, del 3 de MORDAZA de 2013, por lo que el mencionado juzgado cuenta con una subcarga; y c) La causa por la que la carga procesal del citado organo jurisdiccional no alcanza el estandar de produccion, se debe principalmente a la baja demanda del servicio de justicia que se presenta en el Distrito de Jumbilla. Por ello recomienda que se reubique el referido organo jurisdiccional al Distrito de MORDAZA, debiendo tener competencia territorial en los Distritos de Yambrasbamba, Corosha, Chisquilla, Recta, Jumbilla y Florida; y la carga pendiente del juzgado

materia de conversion sea asumida por el Juzgado de Paz Letrado de Florida; asi como, modificar la competencia territorial del Juzgado de Paz Letrado de Jazan (Pedro MORDAZA Gallo), excluyendo al Distrito de MORDAZA, debiendo tener competencia en los Distritos de Churuja, San MORDAZA, MORDAZA (San Pablo), Shipasbamba y Jazan. Tercero. Que el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 245-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, preve que las posibles necesidades de incremento de organos jurisdiccionales deberan ser cubiertas prioritariamente mediante la reubicacion y/o conversion de otros organos jurisdiccionales, permanentes o transitorios; o mediante la creacion de nuevos organos jurisdiccionales siempre que se tenga el respectivo financiamiento. Cuarto. Que, conforme al literal d) del articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 062-2013-CE-PJ, del 3 de MORDAZA de 2013, cuando los organos jurisdiccionales permanentes o transitorios cuya carga procesal proyectada anual sea inferior al 50% del estandar establecido, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia correspondiente, a propuesta de la Comision Distrital de Descarga Procesal, evaluara, informara y propondra la ampliacion o reubicacion de la competencia territorial del respectivo Juzgado o Sala Superior. En esa medida, la Comision Nacional de Descarga Procesal propondra al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las medidas que corresponda su atencion. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 1772014 de la setima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; sin la intervencion de los senores Lecaros MORDAZA y MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia y haber pedido permiso, respectivamente, de conformidad con el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Reubicar, a partir del 15 de MORDAZA del ano en curso, el Juzgado de Paz Letrado de Jumbilla al Distrito de MORDAZA, ambos de la Provincia de Bongara, Corte Superior de Justicia de Amazonas, el cual se denominara Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, con competencia territorial en los Distritos de Yambrasbamba, Corosha, Chisquilla, Recta, Jumbilla y Florida. Articulo Segundo.- Disponer que la carga pendiente del Juzgado de Paz Letrado de Jumbilla, sera asumida por el Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, materia de reubicacion. Articulo Tercero.- El Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, en adicion a sus funciones, actuara como Juzgado de la Investigacion Preparatoria dentro de su competencia territorial. Articulo Cuarto.- Disponer que a partir del 15 de MORDAZA del ano en curso, se excluya al Distrito de MORDAZA de la competencia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Jazan (Pedro MORDAZA Gallo), el cual seguira ejerciendo competencia territorial en los Distritos de Churuja, San MORDAZA, MORDAZA (San Pablo), Shipasbamba y Jazan. Articulo Quinto.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, asi como la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas precedentemente. Articulo Sexto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal, Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Amazonas; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1071164-1

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