Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2014 (07/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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presente apelacion, revocar la decision del JEE, y disponer que dicho organo electoral continue con la calificacion respectiva segun el estado de los presentes autos. Cuestion adicional 11. En cuanto a los argumentos referidos por la personera legal alterna al momento de apelar, referente al acta de sesion de fecha 2 de MORDAZA de 2014, mediante la cual se modifico el Reglamento General de Procesos Electorales aprobado el 22 de febrero de 2014, cabe senalar que, dicho documento no puede ser tomado en cuenta en el presente MORDAZA electoral toda vez que fue emitido luego de la convocatoria a elecciones municipales de 2014, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM, del 24 de enero de 2014, conforme lo dispone la MORDAZA parte del articulo 19 de la LPP. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal alterna del partido politico Democracia Directa; y en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 001-2014-JEE-PATAZ/JNE, del 10 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Pataz, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Ongon, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, presentada por la referida personera legal alterna del partido politico Democracia Directa, para participar en las elecciones municipales de 2014. Articulo Segundo.- DISPONER que el MORDAZA Electoral Especial de Pataz continue con el tramite correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General ANTECEDENTES

El Peruano Jueves 7 de agosto de 2014

Respecto de la solicitud de inscripcion de lista de candidatos Con fecha 7 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal alterna del partido politico Democracia Directa acreditada ante el MORDAZA Electoral Especial de Pataz, solicito la inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huancaspata, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, en el MORDAZA de elecciones municipales de 2014. Cabe precisar que mediante la Resolucion Nº 00022014-JEE-PATAZ/JNE, del 6 de MORDAZA de 2014 sobre el Expediente Nº 00013-2014-054, referido a acreditacion de personeros, el MORDAZA Electoral Especial de Pataz (en adelante JEE), acredito a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personera legal alterna del referido partido politico. Respecto de la decision del MORDAZA Electoral Especial de Pataz Mediante Resolucion Nº 001-2014-JEE-PATAZ/JNE, del 10 de MORDAZA de 2014, JEE resolvio declarar improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huancaspata, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, a fin de participar en el MORDAZA de elecciones municipales de 2014, basicamente por incumplimiento de las normas de democracia interna, toda vez que, de acuerdo a la consulta de afiliados en el Registro de Organizaciones Politicas (en adelante ROP) los candidatos que postulan por el referido partido politico no se encuentran afiliados a este, y que las fichas de afiliacion son del 7 de junio de 2014 y el acta de elecciones internas es del 20 de MORDAZA de 2014, lo que demuestra incoherencia en las elecciones realizadas. Asimismo, la acotada resolucion hace referencia a que el candidato a primer regidor, MORDAZA MORDAZA Kanashiro, no se encuentra consignado, en el acta de elecciones internas presentada, como uno de los candidatos designados directamente, por tanto se estaria contraviniendo las normas de democracia interna de la organizacion politica. Respecto del recurso de apelacion Con fecha 14 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal alterna del partido politico Democracia Directa, acreditada ante el JEE, interpone recurso de apelacion en contra de la Resolucion Nº 0012014-JEE/PATAZ/JNE, alegando lo siguiente: a. Por un error involuntario se consigno como fecha de votacion de las elecciones internas el 20 de MORDAZA de 2014, cuando a nivel nacional se realizo el 14 de junio de 2014, conforme se informo oportunamente al MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante comunicacion el 22 de MORDAZA de 2014. Asimismo, refiere que el padron electoral se cerro en MORDAZA de 2014. b. La afiliacion posterior a MORDAZA de 2014 solo tiene efectos juridicos posteriores a la misma, mas no para el MORDAZA de democracia interna realizada el 14 de junio de 2014, supervisado a nivel nacional por el JNE y la Oficina de Nacional de Procesos Electorales. c. El estatuto solo regula la forma de la eleccion de los candidatos a MORDAZA y regidores de concejos municipales provinciales y distritales, las cuales deben ser realizadas por los afiliados. Sin embargo, respecto a quienes pueden ser candidatos o precandidatos a las elecciones municipales y regionales, son reguladas por el Reglamento de Procesos Electorales (en adelante RPE). d. El articulo 32 del RPE senala que pueden ser precandidatos a cargos de eleccion popular no afiliados a nuestra organizacion politica, siempre y cuando deba existir autorizacion emitida por el presidente del partido o del secretario general del comite provincial; en tal sentido, la no afiliacion de los candidatos al Concejo Distrital de Huancaspata al momento del MORDAZA de democracia interna no estaba prohibida ni impedida, sino era conforme a la MORDAZA reglamentaria. e. Respecto a la postulacion de MORDAZA MORDAZA Kanashiro, se debe indicar que el candidato presento, conforme a la MORDAZA, la autorizacion correspondiente del Partido Politico Peru Posible. CUESTION EN DISCUSION A partir de lo senalado, este Supremo Tribunal Electoral determinara si el JEEP realizo una correcta

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Revocan resolucion del MORDAZA Electoral Especial de Pataz, que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de Huancaspata, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION Nº 775-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-838 HUANCASPATA - PATAZ - LA MORDAZA JEE PATAZ (EXPEDIENTE Nº 00094-2014-054) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, veinticuatro de MORDAZA de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal alterna del partido politico Democracia Directa, acreditada ante el MORDAZA Electoral Especial de Pataz, en contra de la Resolucion Nº 001-2014-JEE-PATAZ/ JNE, del 10 de MORDAZA de 2014, que declaro improcedente la solicitud de inscripccion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huancaspata, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, para participar en las elecciones municipales de 2014, y oido el informe oral.

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