TEXTO PAGINA: 69
El Peruano Jueves 7 de agosto de 2014 529535 Dr. Juan Carlos Aranda Giraldo (T) Dra. Rita Adriana Meza Walde (P) Dra. Mariela Yolanda Rodríguez Vega (P) Dr. Demetrio Honorato Ramírez Descalzi (P) Dra. Pilar Luisa Carbonel Vilchez (P) Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 1119830-1 Disponen la redistribución de carga procesal del Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Haya de la Torre, al Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Huaycán CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 082-2014-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, treinta y uno de julio del año dos mil catorce.- VISTA: La Resolución Administrativa Nº 152-2014-P-CSJLE/ PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero.- El artículo 2º de la resolución de vista, dispone que el Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Huaycán, apoye en la labor jurisdiccional al Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Haya de la Torre, Distrito de Ate, comprensión de este Distrito Judicial, debido a la excesiva carga que enfrenta dicho Juzgado. Segundo.- Que, por Resolución Administrativa Nº 55-2014-P-CSJLE/PJ, se dispuso que los Juzgados de Paz antes indicados proporcionen información de la carga procesal que afrontaban a efectos de realizar la redistribución de los expedientes. Tercero.- Que, estando a la información proporcionada por los Juzgados de Paz antes indicados, corresponde disponer las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos tercero y noveno del artículo noventa de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Primero.- DISPONER, la REDISTRIBUCIÓN de la carga procesal del Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Haya de la Torre, al Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Huaycán, de la siguiente manera: El Juzgado de Paz Letrado de la Comisaria de Haya de la Torre, remitirá 269 expedientes en trámite y 107 expediente en ejecución al Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Huaycán. Segundo.- La redistribución comprende a los procesos cualquiera sea el año de ingreso del expediente, los cuales deben ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letrados, asimismo, todos los escritos deberán estar debidamente proveídos. Tercero.- En el plazo máximo de diez días útiles a partir de la publicación de la presente resolución, el Juzgado de Paz Letrado de las Comisaría de Haya de la Torre, deberá hacer llegar por medio electromagnético en detalle, la relación de expedientes a ser redistribuidos, el cual tendrá carácter de declaración jurada. Cuarto.- Con el fi n de no afectar el derecho de los usuarios y/o litigantes y hasta que culmine el proceso de redistribución de expedientes dispuesto en la presente resolución, la Mesa de Partes del Juzgado de Paz Letrado de la Comisaría de Haya de la Torre, deberá recibir los escritos relacionados a actos procesales con plazos de vencimiento y/o perentorios de los procesos a ser redistribuidos que se encuentren aún bajo su custodia, debiendo ser remitido junto con el expediente al Juzgado de Paz Letrado de la Comisaría de Huaycán. Quinto.- PONER la presente resolución a conocimiento de la Presidente del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de La Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este – ODECMA, interesados y Ofi cina de Administración Distrital de este Distrito Judicial para los fi nes pertinentes. Publíquese, comuníquese, regístrese y cúmplase. MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1119780-1 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Designan representante de la ANR a efectos de que constituya el Grupo de Trabajo que dispone la Séptima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Universitaria COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1377-2014-ANR Lima, 5 de agosto de 2014 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 117-2014-MINEDU/VMGP, de fecha 04 de agosto de 2014; acuerdo del Pleno de Rectores reunido en sesión extraordinaria de fecha 05 de agosto de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Nacional de Rectores es un Organismo Público Autónomo constituido por los Rectores de las universidades públicas y privadas como ente rector de estudio, coordinación y orientación de las actividades universitarias del país; Que, mediante la Séptima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220 – Nueva Ley Universitaria, se dispuso constituir un Grupo de Trabajo que tendría entre funciones encargarse de realizar el cierre presupuestal, patrimonial, administrativo, de personal y fi nanciero de la Asamblea Nacional de Rectores –ANR, y del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades-CONAFU, en el que deberán de participar representantes del Ministerio de Educación, quien lo presidirá, un representante de la Asamblea Nacional de Rectores y un representante de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales;