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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (03/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Miércoles 3 de diciembre de 2014 539149 Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1172427-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Autorizan creación de la Oficina Receptora de Aucayacu, bajo la jurisdicción de la Zona Registral Nº VIII - Sede Huancayo RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 305-2014-SUNARP/SN Lima, 2 de diciembre de 2014 VISTOS, el Ofi cio Nº 174-2014-ZRVIII-SHYO/JEF, de la Jefatura de la Zona Registral Nº VIII – Sede Huancayo y los Informes Nºs 548-2014-SUNARP/OGPP; 187-2014- SUNARP/OGA y 1128-2014-SUNARP/OGAJ, de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto; de Administración y de Asesoría Jurídica, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366, se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, organismo autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar políticas y normas técnico - administrativas de los Registros Públicos; Que, es política de Sunarp brindar servicios registrales acercándolos cada vez a mayor cantidad de ciudadanos ubicados en las zonas más alejadas del país: Que, la Zona Registral Nº VIII-Sede Huancayo. Órgano Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, con ámbito geográfi co y competencia registral en el departamento de Huánuco, solicita autorización para la apertura de la Ofi cina Receptora en la ciudad de Aucayacu, ubicada en el distrito de José Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado, región de Huánuco, remitiendo para ello la documentación que contiene los estudios preliminares que sustentan el Expediente Técnico-Económico correspondiente; Que, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 002- 2008-SUNARP-GPD/SN “Procedimiento de autorización para la creación, supresión o traslado de las Ofi cinas Receptoras de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos”, aprobada por Resolución Nº 139- 2008-SUNARP/SN, el expediente técnico debe contener los estudios preliminares, el análisis de la demanda, costos y benefi cios que se generen a partir de la puesta en marcha de la Ofi cina Receptora así como los benefi cios que se refl ejarían en los pobladores del lugar; Que, conforme a los estudios técnicos elaborados por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Zona Registral de Huancayo, se tiene que el departamento de Huánuco cuenta con una población aproximada de 762,223 habitantes, concentrándose el 15.35% en la provincia de Leoncio Prado, es decir, 116,965 habitantes en dicha localidad, según el último censo del INEI llevado a cabo en el año 2007 y cuenta con diversas instituciones como el Poder Judicial, el Ministerio Público, Reniec, Ofi cina Agraria Aucayacu, Bancos y Financieras, Cajas de Ahorro y Crédito, Serpost, servicio de Courier y mensajería, Olva Courier, además de la Municipalidad distrital de José Crespo y Castillo; Que, la instalación de la nueva Ofi cina Receptora en la localidad de Aucayacu benefi ciaría a 37,888 habitantes, contribuyéndose a su desarrollo socio económico, brindándose una atención personalizada ya que se evitaría el desplazamiento de los pobladores hasta la Ofi cina Registral de Tingo María lo cual constituiría un ahorro para la población que accede a nuestros servicios; Que, mediante Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre la Municipalidad del distrito de José Crespo y Castillo y la Zona Registral Nº VIII – Sede Huancayo, se ha garantizado el uso gratuito de un ambiente dentro del local municipal que cuenta con los servicios básicos para el desarrollo de las funciones registrales de la Ofi cina Receptora de Aucayacu; Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Sede Central, mediante Informe Nº 548-2014-SUNARP/OGPP, señala que teniendo en cuenta la inversión inicial y los desembolsos anuales correspondientes al pago por concepto de remuneraciones CAS, así como el gasto por bienes y servicios, se ha previsto una proyección favorable por concepto de tasas registrales que van desde el 2015 al 2017, por lo que considera viable la puesta en marcha de la Ofi cina Receptora en la localidad de Aucayacu; Que, mediante Informe Nº 187-2014-SUNARP/OGA, la Ofi cina General de Administración señala que es viable la creación de la Ofi cina Receptora de Aucayacu, ubicado en el departamento de Huánuco; Que, en ese contexto contándose con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, se observa que el Expediente Técnico cuenta con los estudios preliminares emitidos por las áreas funcionales, así como las conformidades legal, presupuestal y administrativa, considerándose que cumple con todos los sustentos técnicos que hacen viable la apertura de la Ofi cina Receptora de Aucayacu; Que, estando a lo acordado en Sesión de Consejo Directivo Nº 290 de fecha 05 de febrero de 2013, que faculta al Superintendente Nacional autorizar la creación de Ofi cinas Receptoras en el ámbito nacional, dando cuenta al Directorio (hoy Consejo Directivo), y con los vistos de Secretaría General y las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica, Planeamiento y Presupuesto, y la Dirección Técnica Registral; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la creación de la Ofi cina Receptora de Aucayacu, la misma que se encuentra ubicada en el distrito de José Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado, región de Huánuco, bajo la jurisdicción de la Zona Registral Nº VIII - Sede Huancayo. Artículo Segundo.- La Jefatura de la Zona Registral Nº VIII - Sede Huancayo, mediante resolución, detallará los servicios registrales que brindará la Ofi cina Receptora cuya creación se autoriza en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos SUNARP 1172829-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Aprueban el “Procedimiento para la emisión de opinión previa de SUSALUD en la Categorización de IPRESS de Segundo y Tercer Nivel de Atención” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 089-2014-SUSALUD/S Lima, 27 de noviembre de 2014 VISTOS: El Informe N° 00062-2014/SAREFIS del 30 de octubre del 2014 de la Superintendencia Adjunta de Regulación