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El Peruano Miércoles 3 de diciembre de 2014 539147 Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar con efectividad al 30 de noviembre de 2014, la renuncia formulada por el Q.F. Alberto Valle Vera, al cargo de Director General del Centro Nacional de Productos Biológicos, Nivel F-4, del Instituto Nacional de Salud, efectuada por Resolución Jefatural Nº 476-2009-J-OPE/INS, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- Encárguese a la Ofi cina General de Información y Sistemas, la actualización del Directorio Institucional que aparece en la Página Web www.ins.gob. pe, en atención a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3°.- Notifi car la presente Resolución a los interesados, a la Ofi cina Ejecutiva de Personal y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BUSTAMANTE DONAYRE Jefe 1172520-5 Designan Director General del Centro Nacional de Productos Biológicos del INS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 368-2014-J-OPE/INS Lima, 1 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director General del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto Nacional de Salud, cargo considerado de confi anza, y a fi n de garantizar la continuidad del servicio y el normal desarrollo de las actividades institucionales, que conlleven al logro de los objetivos y metas programadas, resulta necesario designar al funcionario que ocupará dicho cargo; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado mediante el Decreto Legislativo Nº 1057, señala que el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4º de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8º de dicho Decreto Legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, resulta necesario emitir el acto resolutivo de designación, en el cargo señalado en líneas precedentes, considerando que ocupará una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal, aprobado por la Resolución Suprema Nº 042-2013-SA y que mediante la Resolución Jefatural Nº 033-2014-J-OPE/INS, se aprobó el reordenamiento del CAP, en dicho CAP el cargo mencionado se encuentra con Cod. Nº 448 y código 131 11 00 2, Clasifi cación EC del Instituto Nacional de Salud; Con las visaciones del Sub Jefe, de la Dirección General de Asesoría Técnica, de Asesoría Jurídica y de la Dirección Ejecutiva de Personal, y; De conformidad con lo establecido en la Ley 27594 Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modifi catorias; y en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir del 01 de diciembre de 2014, al Q.F. Alberto Valle Vera, en el cargo de Director General del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto Nacional de Salud. Artículo 2º.- Encárguese a la Ofi cina General de Información y Sistemas, la actualización del Directorio Institucional que aparece en la Página Web www.ins.gob. pe, en atención a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- Notifi car la presente Resolución al interesado, a la Ofi cina Ejecutiva de Personal y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BUSTAMANTE DONAYRE Jefe 1172520-6 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Modifican el Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras RESOLUCIÓN SMV Nº 027-2014-SMV/01 Lima, 2 de diciembre de 2014 VISTOS: El Expediente Nº 2014045433 y el Informe Conjunto N° 871-2014-SMV/10/06/12 del 01 de diciembre de 2014, emitidos por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo. CONSIDERANDO: Que, conforme al literal a) del artículo 1° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, SMV, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modifi cado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, y la Ley N° 30050, Ley de Promoción del Mercado de Valores (en adelante, Ley Orgánica), la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores; Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5° de la Ley Orgánica, el Directorio de la SMV tiene por atribución la aprobación de la normativa del mercado de valores, mercado de productos y el sistema de fondos colectivos, así como aquella a que deben sujetarse las personas naturales o jurídicas sometidas a su supervisión; Que, mediante Resolución Conasev N° 042-2003- EF/94.10, se aprobó el Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, el mismo que establece el régimen aplicable a las Sociedades Administradoras y a los Fondos de Inversión colocados mediante oferta pública que administran; Que, resulta relevante promover la constitución de fondos de inversión constituidos por oferta pública cuyo objetivo de inversión sea la adquisición o construcción de bienes inmuebles que se destinen a su arrendamiento u otra forma onerosa de cesión en uso, a los que se denominará “Fondos de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles”, para promover el mercado de valores y contribuir así con el desarrollo económico del país;