Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2014 (19/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Articulo 4°.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, se efectuara con cargo las partidas presupuestales de la Institucion respectiva, en los ejercicios fiscales correspondientes, de conformidad con la normatividad vigente. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1179793-1

El Peruano Viernes 19 de diciembre de 2014

De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, concordante con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto Legislativo Nº 1144, Decreto Legislativo que regula la situacion militar de los Supervisores, Tecnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas; y el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica. SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar los cargos de Auxiliar de Agregaduria vacantes a ser desempenados por Personal Tecnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 01 de marzo de 2015 y por un periodo MORDAZA de dos anos, en las Agregadurias de Defensa a las Misiones Diplomaticas del Peru en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa a la Embajada del Peru en la Republica Federal de Alemania, concurrente en la Republica de MORDAZA y Republica Checa. 2. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y MORDAZA a la Embajada del Peru en la Republica de Chile. 3. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Aereo a la Embajada del Peru en la Republica de Chile. 4. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y MORDAZA a la Embajada del Peru en la Republica del Ecuador. 5. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Aereo a la Embajada del Peru en la Republica del Ecuador. 6. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y MORDAZA a la Embajada del Peru en la Republica Italiana. 7. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Aereo a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA y a la Oficina de Enlace de Abastecimiento en la Base Aerea de Wrigtn MORDAZA, Ohio. 8. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa a la Embajada del Peru en la Republica de Turquia. Articulo 2.- Aprobar los cargos de Auxiliar de Agregaduria vacantes a ser desempenados por Personal Tecnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 01 de MORDAZA de 2015 y por un periodo MORDAZA de dos anos, en las Agregadurias de Defensa a las Misiones Diplomaticas del Peru en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en la Republica de Chile. 2. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en la Republica del Ecuador. 3. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en el Reino de Espana. 4. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de America. 5. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de America. 6. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa a la Embajada del Peru en la Republica Bolivariana de Venezuela. Articulo 3.- Aprobar los cargos de Auxiliar de Agregaduria vacantes a ser desempenados por Personal Tecnico de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, a partir del 01 de agosto de 2015 y por un periodo MORDAZA de dos anos, en las Agregadurias de Defensa a las Misiones Diplomaticas del Peru en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y MORDAZA a la Embajada del Peru en la Republica de Corea. 2. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y MORDAZA a la Embajada del Peru en el Reino de Espana. 3. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa a la Embajada del Peru en la Mancomunidad de Australia, concurrente en la Republica de Singapur. Articulo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales de la Institucion respectiva, en los ejercicios fiscales correspondientes, de conformidad con la normativa vigente.

Aprueban cargos de Auxiliar de Agregaduria vacantes a ser desempenados por Personal Tecnico de las Fuerzas Armadas y de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en las Agregadurias de Defensa a las Misiones Diplomaticas del Peru en el exterior
RESOLUCION SUPREMA Nº 735-2014-DE/ MORDAZA, 18 de diciembre de 2014 Visto, el Informe Nº 379-2014 DGRIN-AL del 11 de setiembre de 2014 del Asesor Legal de la Direccion General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, CONSIDERANDO: Que, el personal militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica brinda un servicio de naturaleza publica relacionado a los aspectos de seguridad y defensa en las diversas Misiones Diplomaticas del Peru, sujetandose a la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Diplomaticas y demas normas internacionales que resulten aplicables; Que, dentro de los cargos que desempena el personal militar de las Fuerzas Armadas se encuentra el de Auxiliar de Agregaduria que es ejercido por un Tecnico de las Fuerzas Armadas; Que, el inciso a) del articulo 8 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2006DE-SG, de fecha 13 de diciembre de 2006, establece que el Ministro de Defensa aprobara el numero de vacantes y la propuesta de cargos a desempenar por el personal militar en Mision Diplomatica; Que, el inciso b) del articulo mencionado en el considerando anterior senala que los cargos a desempenar por el personal militar, se estableceran mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa; Que, la propuesta tendra en consideracion la dependencia tecnica, logistica y relaciones existentes entre las Instituciones Armadas con los diferentes paises, Organismos Internacionales y entidades especializadas; Que, el articulo 9 del mismo Reglamento dispone que el nombramiento del personal militar es por un periodo MORDAZA de dos anos; Que, es necesario dotar a las Agregadurias de personal tecnico para que cumpla funciones administrativas, permitiendo su funcionamiento dentro de los niveles de seguridad correspondientes; Que, en atencion a lo MORDAZA expuesto, es necesario aprobar los cargos de Auxiliar de las Agregadurias a desempenar por el personal tecnico a partir del 01 de marzo de 2015, 01 de MORDAZA de 2015 y 01 de agosto de 2015, respectivamente por un periodo MORDAZA de dos anos;

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