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El Peruano Viernes 19 de diciembre de 2014 540360 Aprueban Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 444-2014, en los aspectos referidos a modificar la Cláusula Primera y el Anexo 2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 085-2014-EM Lima, 18 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente N° 14340814, organizado por Empresa de Generación Eléctrica de Junín S.A.C. (en adelante, EGEJUNÍN), sobre concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Runatullo III – S.E. Concepción; y la solicitud de la Primera Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 444-2014; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 033-2014- EM, publicada el 04 de junio de 2014, se otorgó a favor de EGEJUNÍN la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Runatullo III – S.E. Concepción, ubicada en los distritos de Concepción, Cochas, Comas, Mariscal Castilla, Mito, Ingenio, Quilcas y San Jerónimo de Tunan, provincias de Concepción y Huancayo, departamento de Junín, aprobándose el Contrato de Concesión N° 444-2014; Que, mediante el documento ingresado con registro Nº 2403050 de fecha 23 de junio de 2014, EGEJUNÍN solicitó la modifi cación de la confi guración de la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Runatullo III – S.E. Concepción, a fi n de evitar la afectación a predios privados mediante la adición de una torre a la referida línea de transmisión; Que, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y contando con la opinión a que se refi ere el Informe N° 596- 2014-DGE-DCE, corresponde aprobar la Primera Modifi cación al Contrato de Concesión N° 444-2014 en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53 y el artículo 54 del citado Reglamento; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Primera Modifi cación al Contrato de Concesión N° 444-2014, en los aspectos referidos a modifi car la Cláusula Primera y el Anexo 2, con relación a la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Runatullo III – S.E. Concepción, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la Minuta de la Primera Modifi cación al Contrato de Concesión N° 444-2014, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que dé origen la Primera Modifi cación al Contrato de Concesión N° 444-2014. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1179792-6 Otorgan a favor de Tarucani Generating Company S.A. , la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en Línea de Transmisión ubicada en los distritos de Santa Isabel de Siguas, Lluta y Majes , provincias de Arequipa y Caylloma, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SUPREMA N° 086-2014-EM Lima, 18 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente N° 14340213 sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentado por Tarucani Generating Company S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11006523 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° XII, Sede Arequipa, Ofi cina Registral de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión de 138 kV S.E. Tarucani – S.E. Majes, ubicada en los distritos de Santa Isabel de Siguas, Lluta y Majes, provincias de Arequipa y Caylloma, departamento de Arequipa, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Directoral N° 334- 2013/MEM/AAE de fecha 11 de noviembre de 2013, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas, aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Línea de Transmisión 138 kV S.E. Tarucani – S.E. Majes”; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 644- 2014-DGE-DCE, recomendando otorgar la concesión de transmisión; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Tarucani Generating Company S.A., la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 138 kV S.E. Tarucani – S.E. Majes, ubicada en los distritos de Santa Isabel de Siguas, Lluta y Majes, provincias de Arequipa y Caylloma, departamento