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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2014 (09/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Jueves 9 de enero de 2014 513945 brindándoles una atención de calidad y respeto, implementando brigadas de control de la salud, realizando visitas regulares a las Instituciones educativas a fi n de realizar evaluaciones periódicas y con ello brindarles una mejor calidad en el ámbito educativo; velar por aquellos estudiantes que por razones de distancia o situación económica no reciben un trato adecuado e igualitario al inicio del año escolar, en concordancia con lo estipulado en el Acuerdo Nacional, Ley General de Educación y el Plan Nacional de Educación Para Todos; Que, es importante promover la participación de los organismos públicos, la empresa privada, la sociedad civil en general de todos los demás entes comprometidos con la calidad educativa, en la provisión oportuna de materiales, a fi n de que al educando no le falte instrumentos para efectivizar su educación; Que, mediante Ofi cio Nº 008-2013-BECO-CRPB-CR- GRL, se solicita opinión técnica legal y/o análisis sobre costo benefi cio para la aprobación de Ordenanza Regional la “Institucionalización de la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar en el Ámbito del Gobierno Regional de Lima” a la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima. Que, con el Informe Nº 532-2013-GRL-SCR, Secretaría del Consejo Regional remite el Informe Nº 0368-2013- GRL/SGRAJ de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima, que contiene la opinión legal que a la letra dice: Ítems. Nº 13 dice: Consideramos que la propuesta de ordenanza regional se encuentra dentro del marco legal vigente, máxime si el ítems. 7.- Disposiciones Complementarias, de la Directiva Nº 014-2012-MINEDU/ VMGP denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2013 en la Educación Básica”, en el numeral 7.2. dispone que los Gobiernos Regionales, a través de las Direcciones Regionales o Gerenciales de Educación, en el marco de sus funciones y de ser necesario, emitan normas complementarias específi cas, siempre y cuando no se opongan a lo dispuesto en dicha directiva. Ítems. Nº 14 dice: “Ahora bien, respecto al análisis costo benefi cio de la propuesta de ordenanza regional, indicamos que Institucionalizar la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, no irroga gasto al Gobierno Regional de Lima, por el contrario, materializa los fi nes constitucionales de la Educación y promueve el fortalecimiento de los aprendizajes de los estudiantes en las instituciones educativas de la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima, a través de la mejora en la atención y calidad del servicio educativo. Que, mediante Ofi cio Nº 009-2013-BECO-CRPB-CR- GRL, se solicita opinión técnica presupuestal y/o análisis sobre costo benefi cio para la aprobación de Ordenanza Regional de la “Institucionalización de la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar en el Ámbito del Gobierno Regional de Lima”, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima. Que, con el Informe Nº 533-2013-GRL-SCR, Secretaría del Consejo Regional, remite el Ofi cio Nº 219-2013-GRL/ GRPPAT en la cual adjunta el Informe Nº 0035-2013-GRL/ GRPPAT de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima, con la siguiente opinión técnica y/o análisis costo- benefi cio, que a la letra dice: Ítems. Nº 1 dice: Que el proyecto de Ordenanza no generará recursos presupuestales adicionales, porque están comprendidos en el programa presupuestal “Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular”. Asimismo, sugerimos que las acciones a realizar en cumplimiento de la meta del Buen Inicio del Año Escolar 2013, estén comprendidos en una directiva a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la normativa legal correspondiente. Que, mediante Ofi cio Nº 010-2013-BECO-CRPB-CR- GRL, se solicita informe técnico y/o análisis sobre costo benefi cio para la aprobación de Ordenanza Regional de la “Institucionalización de la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar en el Ámbito del Gobierno Regional de Lima” a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Lima. Que, con el Informe Nº 557-2013-GRL-SCR, Secretaría del Consejo Regional, remite el Memorándum Nº 514- 2013-GRL/GRDS de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Lima, con la siguiente opinión técnica y/o análisis costo-benefi cio, que a la letra dice: Ítems. Nº 7 dice: “En tal sentido, el costo-benefi cio, sería óptimo, en virtud de que los resultados que se obtengan de la población estudiantil en nuestra región, en índices de incremento en los niveles educativos, que constantemente viene trabajando el Gobierno Regional de Lima, monitoreado por el Gobierno Regional Central a través del Ministerio de Educación sería positivo para nuestra región”. Ítems. Nº 8 dice: “Vista la educación como la columna vertebral del desarrollo de una sociedad, también los resultados de la Ordenanza Regional contribuirían a los esfuerzos que se viene haciendo, los cuales consideramos que serían óptimos; más aún si se toma en consideración que la educación tiene un efecto a futuro, estaríamos sembrando para cosechar mañana”. Ítems. Nº 9 dice: “Por lo tanto, la Gerencia Regional de desarrollo Social considera que dicha norma regional contribuiría a mejorar diversos aspectos educativos, comenzando desde el inicio del año escolar”. Que, mediante Ofi cio Nº 010-2013-BECO-CRPB-CR- GRL, se solicita informe técnico y/o análisis sobre costo benefi cio para la aprobación de Ordenanza Regional la “Institucionalización de la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar en el Ámbito del Gobierno Regional de Lima” a la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Lima. Que, con el Informe Nº 016/GRL/DRELP/DGP-EETP- P/2013 la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Lima, emite la siguiente opinión técnica y/o análisis costo-benefi cio, que a la letra dice: Ítems. 4.1 dice: “De acuerdo a lo detallado en los incisos del 3.1 al 3.6 se concluye que la propuesta de emitir la Ordenanza Regional del Lanzamiento de la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, es necesario y propicio; dado que las normas lo facultan y a la vez a benefi cia a los estudiantes”. Ítems. 5.1 dice: “Se debe Institucionalizar la Campaña del Lanzamiento del Buen Inicio del Año Escolar a nivel de la Región Lima Provincias, para que todo los años se dé cumplimiento a las acciones en benefi cio de los estudiantes y la comunidad educativa, por ende, a nuestra región. Que, el Consejo Regional considera que, al implementar la Ordenanza Regional del Lanzamiento de la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, se comenzará a optimizar el sistema educativo, brindándole mayores facilidades a los estudiantes que no tengan igual acceso a la educación, asumidos por todos los actores sociales involucrados en la responsabilidad educativa, que traerá como resultado una sociedad más culta, respetuosa, preparada y con mejores condiciones de vida, debiendo ser debidamente publicitada, con campañas de concientización, campañas informativas y todos los mecanismos necesarios. Con la sustentación del Consejero Regional por la Provincia de Huaura, Ing. Marcial Alcibíades Palomino García Milla; de la Consejera Regional por la Provincia de Barranca, Lic. Beatriz Eugenia Castillo Ochoa; del Abog. David León Flores, Asesor Legal del Consejo Regional de Lima; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima; y, con el voto por Unanimidad de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesión de Consejo Regional; y, considerando: Que, conforme el artículo 76º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR-RL, mediante el procedimiento normativo se persigue aprobar normas de carácter regional, las mismas que pueden ser: a) Ordenanzas Regionales; y, b) Acuerdos de Consejo Regional. Que, el artículo 38 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, establece que las Ordenanzas