Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2014 (23/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Jueves 23 de enero de 2014

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1.5. Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios, de conformidad con la normativa de contratacion publica. EN MATERIA ADMINISTRATIVA 1.6. Designar comisiones, comites y/o similares al interior de la entidad, asi como, disponer la modificacion de la conformacion de los mismos, de ser el caso. EN MATERIA PRESUPUESTAL 1.7. Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico de la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formacion en Turismo ­ CENFOTUR, previo informe tecnico debidamente sustentado de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo. 1.8. Remitir el proyecto de presupuesto de la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formacion en Turismo ­ CENFOTUR, a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica. Articulo Segundo.- Delegar en el funcionario a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas del Centro de Formacion en Turismo ­ CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2014, las siguientes facultades: EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO 2.1. Aprobar los expedientes de contratacion, para la realizacion de los procesos de seleccion que convoque la entidad. 2.2. Cancelar los procesos de seleccion convocados, de conformidad con lo establecido en la normativa de contratacion publica. 2.3. Celebrar contratos y adendas derivados de procesos de seleccion convocados en el MORDAZA de lo dispuesto en la normativa de contratacion publica. 2.4. Autorizar las ampliaciones de plazo solicitadas por los contratistas, en el MORDAZA de lo dispuesto en la normativa de contratacion publica. 2.5. Resolver contratos relativos a la contratacion de bienes y servicios. EN MATERIA ADMINISTRATIVA 2.6. Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes muebles mediante expedicion de resoluciones; asi como, aprobar los demas actos administrativos que deriven de los mismos. 2.7. Suscribir contratos de caracter administrativo en representacion del CENFOTUR, asi como, aquellos relacionados con la disposicion y administracion de bienes muebles o inmuebles. 2.8. Representar a la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formacion en Turismo ­ CENFOTUR, para realizar cualquier MORDAZA de acto y/o actividad que resulten necesarias para el mejor desarrollo de las funciones del CENFOTUR, entre las que se encuentra: 2.8.1 La Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT. Esta delegacion se hace extensiva, en su nivel y competencia, al Jefe de la Unidad de Tesoreria de la Oficina de Administracion y Finanzas. 2.8.2 El Servicio de Administracion Tributaria- SAT. 2.8.3 El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI. 2.8.4 La Superintendencia Nacional de los Registros Publicos- SUNARP y sus oficinas de la Zonas Registrales. 2.8.5 El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado. 2.8.6 Las municipalidades, y 2.8.7 Telefonica S.A.A 2.9 Expedir Resoluciones otorgando cuentas por encargo y sus modificatorias; asi como, la apertura del Fondo Fijo para MORDAZA Chica de MORDAZA y Centros Filiales. 2.10 Autorizar las prorrogas y otorgamiento de facilidades para el pago de pensiones; asi como, exoneracion de intereses y/o penalidades. 2.11 Expedir Resoluciones sobre reconocimiento de deuda debidamente justificado y documentado.

CONSIDERANDO: Que, el Centro de Formacion en Turismo - CENFOTUR es un Organismo Publico Tecnico Especializado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, con autonomia academica, economica, financiera y administrativa de conformidad con el Decreto Ley N° 22155; tiene como finalidad, planificar y ejecutar la politica educativa para la formacion profesional en su primera y MORDAZA especializacion; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone en el Articulo 7° que, el Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva responsable en materia presupuestaria; asimismo, faculta a dicha Autoridad a delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establece expresamente la misma Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 5° del Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, concordado con el articulo 5° de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que la citada MORDAZA le otorga. No pueden ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el Reglamento; Que, en aplicacion del MORDAZA de desconcentracion de los procesos a que se refiere la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, resulta conveniente delegar facultades propias de la Direccion Nacional en materia presupuestal y de gestion administrativa, en el funcionario a cargo de la Secretaria General, asi como, en el funcionario a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas; Con el visto de la Secretaria General, la Oficina de Administracion y Finanzas, la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo, y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Decreto Ley N° 22155 ­ Ley Organica del CENFOTUR, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley De Contrataciones del Estado, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y el Decreto Supremo N° 016-2011-MINCETUR, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del CENFOTUR; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar en el funcionario a cargo de la Secretaria General del Centro de Formacion en Turismo - CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2014, las siguientes facultades: EN MATERIA DE CONTRATACION DEL ESTADO 1.1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formacion en Turismo ­ CENFOTUR, asi como, las modificatorias de dicho plan. 1.2. Aprobar las bases administrativas de los procesos de seleccion correspondientes a Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia que realice la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formacion en Turismo ­ CENFOTUR; asi como, de adjudicaciones de menor cuantia derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion indicados. 1.3. Designar a los miembros integrantes de los Comites Especiales Ad Hoc y Comites Especiales Permanentes, que tendran a su cargo la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos que convoque la entidad; asi como, disponer la modificacion de la conformacion de los mismos, de ser el caso. 1.4. Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales, o la reduccion de las mismas, siempre que se cuente con la asignacion presupuestaria necesaria, MORDAZA hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratacion de bienes y servicios, para el caso de procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia; asi como, en el caso de Adjudicaciones de Menores Cuantias, derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion mencionados, de conformidad con la normativa de contratacion publica.

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