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El Peruano Jueves 23 de enero de 2014 514856 pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Cuarta Sala Penal Para Procesos con Reos Libres de Lima, y del Décimo Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima y disponer la incorporación del doctor José Luis Velarde Acosta a esta Corte Superior de Justicia. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora LORENA TERESA ALESSI JANSSEN, Juez Titular del 50° Juzgado Penal de Lima, como Juez Superior Provisional, integrante de la Cuarta Sala Penal Para Procesos con Reos Libres de Lima, a partir del 22 al 31 de enero del presente año, por la licencia del doctor Quezada Muñante, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: CUARTA SALA PENAL PARA PROCESOS CON REOS LIBRES Dra. María Del Carmen Paloma Altabás Kajatt Presidente Dra. Nancy Elizabeth Eyzaguirre Gárate (T) Dra. Lorena Teresa Alessi Janssen (P) Artículo Segundo: DESIGNAR al doctor WOLFRAY HUERTA ROBLES, como Juez Supernumerario del 50° Juzgado Penal de Lima, a partir del 23 al 31 de enero del presente año, por la promoción de la doctora Alessi Janssen. Artículo Tercero: DISPONER LA INCORPORACIÓN del doctor JOSÉ LUIS VELARDE ACOSTA, como Juez Titular del 15° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, a partir del 23 de enero del presente año; debiendo designar al magistrado que lo reemplazará mientras dure su designación en la Ofi cina de Control de la Magistratura (OCMA). Artículo Cuarto: DESIGNAR al doctor GUSTAVO ALBERTO REAL MACEDO, Juez Titular del 1° Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, como Juez Provisional del 15° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima a partir del 23 de enero del presente año y mientras dure la designación del doctor Velarde Acosta en la Ofi cina de Control de la Magistratura (OCMA). Artículo Quinto: DESIGNAR a la doctora PATRICIA CLAUDIA PANDO SIMONETTI, como Juez Provisional del 1° Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho a partir del 23 de enero del presente año y mientras dure la promoción del doctor Real Macedo. Artículo Sexto: Precisar la Resolución Administrativa N° 004-2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 06 de enero del presente año, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de enero del presente año, respecto a la licencia por salud de la doctora Hilda Cecilia Piedra Rojas, Juez Superior Titular, integrante de la Sexta Sala Penal Para Procesos con Reos Libres de Lima, licencia que sólo comprendía el periodo del 06 al 10 de enero del presente año conforme al Certifi cado Médico expedido por la Clínica Internacional. Artículo Sétimo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. IVÁN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 1041403-1 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Otorgan autorización de funcionamiento provisional a la Universidad Nacional de Cañete RESOLUCIÓN Nº 666-2013-CONAFU Lima, 18 de diciembre de 2013 “UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE” VISTOS: La Ley N° 29488, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el 23 de diciembre de 2009, el Ofi cio N° 550- 2012-ME/SG recibido con fecha 30 de marzo de 2012, la Resolución Nº 303-2012-CONAFU de fecha 14 de junio de 2012, la Resolución N° 594-2012-CONAFU de fecha 21 de noviembre de 2012, la Resolución N° 019-2013-CONAFU de fecha 16 de enero de 2013, la Resolución N° 293-2013- CONAFU de fecha 08 de mayo de 2013, la Resolución N° 487-2013-CONAFU de fecha 04 de setiembre de 2013, la Resolución N° 571-2013-CONAFU de fecha 23 de octubre de 2013, la Resolución N° 605-2013-CONAFU de fecha 20 de noviembre de 2013, la Resolución N° 607-2013- CONAFU de fecha 20 de noviembre de 2013, el Ofi cio N°041-2013-ONAFU-JABR recibido el 29 de noviembre de 2013, el Ofi cio N° 1225-2013-CONAFU-CDAA de fecha 02 de diciembre de 2013, Acuerdo N°830-2013 de la Sesión Ordinaria del día 03 de diciembre de 2013, la Carta s/n recibida el 12 de diciembre de 2013 y el Acuerdo Nº 887-2013-CONAFU de la Sesión Ordinaria de Pleno del CONAFU llevada a cabo el día 18 de diciembre de 2013, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verifi cación de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el artículo 3° inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, el artículo 2° de la Ley N° 29971, publicada el 22 de diciembre de 2012 en el diario El Peruano, restituye al CONAFU la facultad de emitir resoluciones de funcionamiento provisional a universidades públicas, de tal manera que se autoriza excepcionalmente por el plazo de un (1) año, al Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) para que evalúe y autorice a las universidades públicas que hayan superado la fase de verifi cación de la implementación inicial, las demás universidades creadas por ley, continuarán con su correspondiente trámite; Que, mediante Ley N° 29488, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el 23 de diciembre de 2009, se crea la Universidad Nacional de Cañete, con sede en el distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima; Que, mediante Ofi cio N° 550-2012-ME/SG recibido con fecha 30 de marzo de 2012, la Secretaria General del Ministerio de Educación, Dra. Úrsula Desilú León Chempén, en nombre de la Promotora Ministerio de Educación, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional para la creación de la Universidad Nacional de Cañete, solicitando su aprobación y autorización por parte del CONAFU; Que, el artículo 19° del Reglamento para la Autorización Provisional de Funcionamiento de nuevas universidades, aprobado por Resolución N°387-2009-