Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2014 (23/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Jueves 23 de enero de 2014

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en la subpartida nacional 7802.00.00.00 (referidas a desperdicios y desechos de plomo), asi como las subpartidas nacionales 8548.10.00.00 y 8548.90.00.00 (referidas a desperdicios y desechos de pilas, baterias de pilas o acumuladores, electricos; pilas, baterias de pilas y acumuladores, electricos, inservibles), sujetos a una tasa de quince por ciento (15%); Que se ha relevado que existen sujetos que se dedican a la recoleccion y posterior reciclamiento de desperdicios y desechos de plomo, los cuales convierten -para su posterior comercializacion a exportadores o al MORDAZA interno- en plomo refinado, lingotes de plomo aleado y demas aleaciones de plomo, los cuales no estan sujetos al Sistema; Que de la evaluacion del comportamiento tributario de los mencionados sujetos se ha detectado que existen indicios de incumplimiento tributario en esos sectores, por lo que resulta conveniente aplicar el Sistema a los bienes que constituyen plomo refinado y aleaciones de plomo; Que ademas se ha evaluado el comportamiento tributario de las obligaciones tributarias de sujetos dedicados a la venta de carnes y despojos comestibles, verificandose que existen indicios de incumplimiento tributario en esos sectores, lo que hace necesario incorporar al ambito del SPOT la venta de dichos bienes; Que en tal sentido se modifica el Anexo 2 de la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 13° del TUO del Decreto Legislativo Nº 940 y normas modificatorias, el articulo 11° del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias, el articulo 5° de la Ley Nº 29816 y el inciso u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- SE INCLUYEN BIENES EN EL ANEXO 2 DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 1832004/SUNAT Incorporense los numerales 9 y 23 en el Anexo 2 de la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, con el siguiente texto:
DEFINICION DESCRIPCION PORCENTAJE Carne y despojos Solo los bienes comprendidos en las comestibles subpartidas nacionales 0201.10.00.00/ 4% 0206.90.00.00. Solo los bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 7801.10.00.00, 7801.91.00.00 y 7801.99.00.00. 15%

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan magistrados en la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres y en juzgados penal, especializado en lo civil y de paz letrado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 027-2014-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, 22 de enero de 2014 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 308-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre del ano, y la Resolucion Del Consejo Nacional de la Magistratura N° 004-2014-CNM, de fecha 13 de enero del presente ano, y publicada en la fecha en el Diario Oficial El Peruano. CONSIDERANDOS: Que, la doctora MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA Altabas Kajatt, Presidente de la Cuarta Sala Penal Para Procesos con Reos Libres de MORDAZA pone en conocimiento de esta Presidencia el delicado estado de salud del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munante, Juez Superior Provisional integrante de la referida Sala Penal quien se encuentra internado en una Clinica Local a partir de la fecha; motivo por el cual solicita se designe al magistrado que integrara el Colegiado por el periodo que dure su Licencia Medica. Que, mediante Resolucion Administrativa N° 3082013-CE-PJ de fecha 28 de noviembre del ano 2013, se declara fundada la solicitud de permuta presentada por los magistrados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, disponiendose el traslado de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Juez Titular del Decimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de esta Corte Superior de Justicia de MORDAZA, al Decimo Juzgado Civil (Modulo Corporativo Civil II) de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y el traslado del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Juez Civil Titular del Decimo Juzgado Civil (Modulo Corporativo Civil II) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, al Decimo MORDAZA Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima. Que, mediante Resolucion Del Consejo Nacional de la Magistratura N° 004-2014-CNM, de fecha 13 de enero del presente ano, y publicada en la fecha en el Diario Oficial El Peruano, el Consejo Nacional de la Magistratura resuelve cancelar el Titulo otorgado a favor de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de Juez Especializado en lo Civil de MORDAZA, del Distrito Judicial de MORDAZA, y expedir el Titulo a favor de la referida doctora como Juez Especializado Civil (10° JC- Modulo Corporativo Civil II) de MORDAZA del Distrito Judicial de Arequipa; y, cancelar el Titulo otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Juez Especializado Civil (10° JC- Modulo Corporativo Civil II) de MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA y expedir el Titulo a favor del referido magistrado de Juez Especializado en lo Civil de MORDAZA del Distrito Judicial de Lima. Que, mediante la razon que antecede se pone en conocimiento de esta Presidencia que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Especializado en lo Civil; designado a esta Corte Superior conforme a lo establecido en los parrafos precedentes actualmente se encuentra destacado en la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), motivo por el cual corresponde tomar las medidas pertinentes a fin de no afectar las labores propias del Juzgado al cual sera asignado. Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, esta Presidencia considera pertinente emitir el

9.

(...) 23. Plomo

Articulo 2°.- SE INCLUYE CODIGO EN EL ANEXO 4 DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 1832004/SUNAT Incorporese el codigo 41 en el Anexo 4 de la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, con el siguiente texto:
CODIGO MORDAZA DE BIEN, SERVICIO O CONTRATO DE CONSTRUCCION (...) 041 Plomo.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia el primer dia calendario del mes subsiguiente a la fecha de su publicacion y sera aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligacion tributaria del Impuesto General a las Ventas se genere a partir de dicha fecha. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional

1041360-1

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