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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2014 (31/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 85

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014 515827 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, en el marco del proceso de Efectivización de Transferencia de Funciones Específi cas contenidas en los literales e) y q) del Artículo 51 º de la Ley Nº 27867, “Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales”, las Comisiones de Transferencia Sectorial y Regional del Ministerio de Agricultura y el Gobierno Regional del Callao, respectivamente, dieron cumplimiento al Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM del 15 de Abril del 2007, que aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007. Que el Decreto Supremo Nº 011-2007-AG, aprueba la Transferencia de Facultades que corresponden a las funciones específi cas de los literales “e” y “q” de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, por parte del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA a los Gobiernos Regionales que suscriban el Acta de Entrega y Recepción efectivizada por el Ministerio de Agricultura. Asimismo la norma antes mencionada dispone que, los Gobiernos Regionales que suscriban el Acta de Entrega y Recepción, deberán adecuar sus instrumentos institucionales y de gestión a fi n de ejercer las funciones específi cas transferidas, debiendo el Gobierno Regional comunicar al Ministerio de Agricultura la adecuación de sus instrumentos de gestión, el que dictará la Resolución Ministerial dando por concluida la prestación de los servicios y el proceso de transferencia de funciones específi cas contenidas en los literales e) y q) del Artículo 51 º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Que, las Comisiones de Transferencia Sectorial y Regional del Ministerio de Agricultura y el Gobierno Regional del Callao, suscribieron el Acta de Entrega y Recepción de Funciones Sectoriales y Recursos entre el Ministro de Agricultura y el Presidente Regional del Callao. Que la Resolución Nº 499-2009-AG, Aprueba la Relación de Procedimientos Administrativos a cargo de las Direcciones Regionales de Agricultura correspondientes a las funciones específi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, incluyendo la denominación, plazo máximo de atención y requisitos máximos a solicitar respecto de los procedimientos administrativos correspondientes. Que en el proceso de adecuación de los instrumentos institucionales y de gestión a fi n de ejercer las funciones específi cas transferidas, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico ha llevado a cabo una serie de acciones y subsanaciones que le permiten formular una adecuación correcta del Texto Único de Procedimientos Administrativos en lo que respecta a los procedimientos Administrativos en materia de Forestal y Fauna. Que en ese sentido la Gerencia Regional de Desarrollo Económico ha formulado el Memorándum Nº 659-2013-GRC/GRDE/OAP de fecha 19 de Noviembre de 2013 conteniendo el Informe Nº 034- 2013-GRC/GRDE.OAP-FCA/CMDD expedido el 15 de noviembre del presente, a través de los cuales da cuenta que ha cumplido con lo requerido por la normatividad, solicitando se proceda a determinar los costos de dichos procedimientos. Que mediante Informe Nº 639-2013-GRC/GA- CONTA de fecha 17 de Diciembre de 2013 la Gerencia de Administración a través de la Ofi cina de Contabilidad, manifi esta que los costos de los procedimientos materia de análisis, se mantienen invariables, según lo estructurado en la Tabla ASME–VM. Que, de acuerdo al numeral 36.3 del artículo 36º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional equivalente a ésta o, Decreto de Alcaldía; Asimismo, en concordancia con el numeral 38.5 del artículo 38º de dicha Ley, toda modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o de requisitos, se podrá realizar por Resolución Ministerial, Norma Regional equivalente a ésta o, Decreto de Alcaldía; Que, en el marco del proceso de Efectivización de Transferencia de Funciones Específi cas contenidas en los literales e) y q) del Artículo 51 º de la Ley Nº 27867, “Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública y el Plan Nacional de Simplifi cación Administrativa, es conveniente modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional del Callao aprobado por Ordenanza Regional Nº 027 del 31 de Julio del 2012 y modifi cado mediante Ordenanza Regional Nº 031 del 28 de Septiembre del 2012 y Ordenanza Regional Nº 003 del 02 de Septiembre del 2013. Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y en uso de las atribuciones establecidas en la Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao y con las visaciones respectivas de la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Gerencia de Asesoría Jurídica: SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional del Callao, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 027 del 31 de Julio del 2012, modifi cado mediante Ordenanza Regional Nº 031 de fecha 28 de setiembre del 2012, y Ordenanza Regional Nº 003 del 02 de Septiembre del 2013, eliminando los procedimientos administrativos en materia de Forestal y Fauna de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico que se detallan a continuación: UNIDAD ORGANICA: GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONOMICO Ofi cina de Agricultura y Producción Área Forestal y Fauna Nº DE ORDEN DEL PROCEDIMIENTO DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO 3 Permiso de Importación o de Re-Exportación de Flora y Fauna Silvestre 4 Permiso de Exportación de Productos de Flora y Fauna Silvestre Artículo Segundo.- Modifi car del Texto Único de Procedimientos Administrativos indicado en el artículo precedente, los procedimientos administrativos Nº 01 y Nº 02 en los rubros, denominación, requisito y plazo indicados a continuación. Nº DE ORDEN DEL PROCEDIMIENTO DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO RUBRO 1 Autorización, de Funcionamiento e Inscripción en el registro de Comerciantes y exportadores; Centro de acopio, talleres o plantas de transformación primaria, depósitos y/o establecimientos comerciales de especímenes y productos forestales y de fauna silvestre al estado natural y con transformación primaria (incluye autorización para adquisición de fi bra de vicuña) DENOMINACION, REQUISITO, PLAZO 2 Autorización y Registro de Tenencia de Aves de Presa ejemplares de Fauna Silvestre Mantenidos como Mascotas y Especímenes Taxidermizados REQUISITO Artículo Tercero.- El Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional del Callao en materia Forestal y Fauna, queda conformado por cuatro (04) procedimientos administrativos según se muestra en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante del presente Decreto Regional.