Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (05/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Miércoles 5 de febrero de 2014 516152 SEXTA: GASTOS Los gastos legales y notariales que genere la formalización de la presente adenda, así como las copias del Testimonio para cada una de las partes, serán deducidos de los recursos del Patrimonio Fideicometido. Estando las partes conformes con el contenido del presente documento, lo suscriben en Lima, a los días del mes de del año dos mil catorce. Ministro de Agricultura y Riego Presidente del Directorio COFIDE ANEXO A INSTRUCCIÓN DE INVERSIONES Señores COFIDE Augusto Tamayo Nº 160 San Isidro.- Referencia: Fideicomiso FOGASA De nuestra consideración: Por la presente les solicitamos se sirvan realizar las Inversiones según las características del Perfi l de Inversión de “ ” que detallamos a continuación: Tipo de Fondo Características Tesorería Dinero Renta Fija Horizonte de inversión (HI)* Hasta 90 días Hasta 360 días Más de 360 días Período original del mandato>HI 100% 100% 100% Vencimiento de operaciones no negociables ” HI 100% 100% 100%****** Inversiones negociables con duración** ” HI 100% 100% 100%****** Disposición de efectivo 24 h. (% fondo)*** Hasta 5% Hasta 5% Hasta 5% Inversiones con riesgo categoría I**** Hasta 100% Hasta 100% Hasta 100% Inversiones con riesgo categoría II**** Hasta 70% Hasta 70% Hasta 70% Inversiones con riesgo categoríaía III**** Hasta 40% Hasta 60% Hasta 70% Inversiones en el mercado exterior Hasta 50% Hasta 40% Hasta 30% Inversiones en moneda diferente sin cobertura Hasta 35% Hasta 30% Hasta 25% Derivados de cobertura (nominal) Hasta 25% Hasta 25% Hasta 25% Operaciones de reporte o pactos activas Hasta 75% Hasta 50% Hasta 25% Operaciones de reporte/pactos pasivas***** Hasta 25% Hasta 25% Hasta 25% *El horizonte de inversión debe ser siempre menor que el período del mandato, salvo pacto expreso en contrario. ** La duración modifi cada de cada instrumento indica su sensibilidad a una variación de las tasas de interés del mercado y equivale al valor presente de su vencimiento promedio ponderado. En caso de fondos mutuos se considerará la duración promedio de cada fondo en particular o de sus respectivas políticas de inversiones. *** Corresponde a la proporción del fondo que el mandante puede disponer como máximo en menos de 24h, sin afectar sustancialmente la rentabilidad del fondo. **** Categorías de riesgos referidas en el numeral de elegibilidad de las contrapartes e instrumentos de las presentes políticas. ***** Las operaciones pasivas pueden servir para atender requerimientos imprevistos de liquidez del mandante sin incurrir en la pérdida de rentabilidad o el cargo de penalidades por cancelar anticipadamente una inversión a plazo fi jo o con disponibilidad limitada. ****** El horizonte de inversión particular que se tomará como referencia corresponderá al horizonte de inversión pactado en cada mandato específi co. Para todos los efectos, autorizamos de forma irrevocable al FIDUCIARIO para que realice dicho perfi l de inversión conforme a lo establecido en el Manual de Políticas de Riesgo Fiduciario - Políticas para Fondos Encargados en Administración de COFIDE, el cual conocemos y aceptamos. Asimismo, declaramos conocer los alcances del riesgo inherente a dicho perfi l y liberamos de responsabilidad al FIDUCIARIO por las inversiones que realizará así como por el producto obtenido de ellas. Atentamente, MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO EL FIDEICOMITENTE 1046775-1 Modifican la R.J. N° 00016-2014-INIA, precisando términos de designación de Director de la Estación Experimental Agraria Pucallpa - Ucayali del INIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00020-2014-INIA Lima, 4 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 00136-2013- INIA, de fecha 11 de julio del 2013, se encargó al señor Auberto Ricse Tembladera en las funciones de Director de la Estación Experimental Agraria Pucallpa del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA; Que, mediante Resolución Jefatural N° 00016-2014- INIA, de fecha 31 de enero del 2014, se resuelve dar por concluido el encargo al señor Auberto Ricse Tembladera en las funciones de Director de la Estación Experimental Agraria Pucallpa del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, y designar al señor Ítalo Orlando Cardama Vásquez, como Director de la Estación Experimental Agraria Pucallpa, del Instituto Nacional de Innovación Agraria; Que, por necesidades del servicio es necesario modifi car la Resolución Jefatural N° 00016-2014-INIA, a fi n de precisar que la misma tendrá vigencia a partir del 11 de febrero del 2014; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2005-AG, modifi cado por el Decreto Supremo N° 027-2008-AG; Con las visaciones de la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car la Resolución Jefatural N° 00016-2014-INIA, de fecha 31 de enero del 2014, precisando que la designación del Señor Ítalo Orlando Cardama Vásquez, como Director de la Estación Experimental Agraria Pucallpa - Ucayali del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA se hará efectiva a partir del 11 de febrero del 2014, manteniéndose el Señor Auberto Ricse Tembladera en el cargo de Director de dicha Estación Experimental Agraria hasta el 10 de febrero del 2014, disponiéndose a partir del 11 de febrero del 2013 su retorno a su Plaza de origen, esto es plaza N° 84, Nivel P-6, especialista en Forestal de la Sub Dirección de Investigación Forestal de la Dirección de Investigación Agraria. Regístrese, comuníquese y publíquese. J. ARTURO FLOREZ MARTINEZ Jefe Instituto Nacional de Innovación Agraria 1046770-1