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El Peruano Miércoles 5 de febrero de 2014 516169 Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 25 de junio de 2013, declaró procedente la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano VÍCTOR ALBERTO VENERO GARRIDO, por la presunta comisión del delito de Defraudación Tributaria en las modalidades de deducción de gasto y/o costo falso, ocultamiento de ingresos y rentas y obtención indebida de crédito fiscal del impuesto general a las ventas y costo y/o gasto del impuesto a la renta, en agravio del Estado peruano y de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, (Expediente N.º 90 - 2013); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N.º 105-2013/COE-TC, del 30 de setiembre de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en la ciudad de Lima con fecha 25 de julio de 2001; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de ampliación de extradición activa a los Estados Unidos de América del ciudadano peruano VÍCTOR ALBERTO VENERO GARRIDO, formulada por el Vigésimo Sétimo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del delito de Defraudación Tributaria en las modalidades de deducción de gasto y/o costo falso, ocultamiento de ingresos y rentas y obtención indebida de crédito fiscal del impuesto general a las ventas y costo y/o gasto del impuesto a la renta, en agravio del Estado peruano y de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1046776-7 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionarios a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 076/RE Lima, 3 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Comité Permanente de Consulta y Coordinación Política Perú – Chile (2+2), creado por la Declaración Conjunta Presidencial de 30 de julio de 2001, tiene como objeto fortalecer e intensifi car la confi anza mutua en el campo de la seguridad y la defensa; Que, dicho mecanismo es presidido por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa, quienes sostuvieron la última reunión del 2+2 en la ciudad de Lima, del 2 al 3 de mayo de 2013; Que, los Presidentes del Perú y de Chile han acordado realizar la V Reunión del 2+2 el 6 de febrero de 2014, en la ciudad de Santiago, República de Chile, con la fi nalidad de hacer el seguimiento de los acuerdos alcanzados en la reunión anterior y evaluar nuevas posibilidades de cooperación en materia de seguridad y defensa; Que, el 7 de febrero de 2014, se realizarán otras actividades en el marco del citado mecanismo de seguridad y defensa; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) Nº 97, del Despacho Ministerial, de 31 de enero de 2014; y el Memorándum (OPP) Nº OPP0141/2014, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 3 de febrero de 2014, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modifi catorias; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; la Resolución Ministerial Nº 0531- 2011/RE, que aprueba la Directiva Nº 01-2011 para la aplicación del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 6 al 7 de febrero de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; así como autorizar su salida del país el 5 de febrero de 2014 y su retorno el 7 de febrero de 2014: • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente Ribeyro, Director General de América; • Doctor Juan José Ruda Santolaria, Contratado Administrativo de Servicios, Asesor del Gabinete de Asesoramiento Especializado del Despacho Ministerial para Asuntos Jurídicos; y, • Ministro en el Servicio Diplomático de la República Guido Octavio Toro Cornejo, funcionario del Gabinete de Asesoramiento Especializado del Despacho Ministerial para Asuntos de Derecho del Mar.