Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2014 (05/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Miercoles 5 de febrero de 2014

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COMUNICADO Nº 003-2014-EF/52.01 A LAS UNIDADES EJECUTORAS DEL GOBIERNO NACIONAL, DE LOS GOBIERNOS REGIONALES, PLIEGOS DE GOBIERNOS LOCALES Y MANCOMUNIDADES MUNICIPALES
Pautas para la mejor aplicacion de disposiciones en materia de gasto publico en el MORDAZA de los Sistemas Administrativos de Tesoreria y Endeudamiento

1. Disposiciones en materia de Calendario de Pagos 1.1 El Calendario de Pagos es determinado por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico (DGETP) a nivel de: a) Unidad Ejecutora, Municipalidad y Mancomunidad b) Fuente de financiamiento y Rubro c) Categoria de Gasto y Grupo Generico de Gasto. Art. 1º de la RD Nº 005-2011-EF/52.03 1.2 Es determinado para cada mes del ano fiscal por la DGETP a partir del procesamiento de la "Programacion Mensual de Pagos" registrada por las Unidades Ejecutoras, Municipalidades y Mancomunidades, a traves del SIAF-SP, siempre que cuenten con el monto de la Programacion de Compromiso Anual (PCA), inclusive en la respectiva estructura funcional programatica. Art. 2º de la RD Nº 005-2011-EF/52.03 1.3 En este aspecto, se considera del caso recordar, de manera especial: a) La "Programacion Mensual de Pagos" debe ser registrada en el Modulo del SIAF-SP, en coordinacion con la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces. b) Es factible incluir la programacion correspondiente a los meses subsiguientes del Ano Fiscal. c) Los datos necesarios para la indicada Programacion deben ser proporcionados por las areas administrativas tales como Personal, Abastecimiento e Inversiones u Obras u oficinas que MORDAZA sus veces con la suficiente anticipacion al plazo fijado para el cierre de la Programacion de Pagos: 25º dia de cada mes previo al mes del pago. d) Dicha programacion debe contener las estimaciones de compromisos por devengar y/o devengados por pagar en el periodo mensual que corresponda. Art. 3º de la RD Nº 005-2011-EF/52.03 1.4 Las Unidades Ejecutoras, Municipalidades y Mancomunidades pueden solicitar ampliaciones, a traves del SIAF-SP, del Calendario de Pagos hasta el 15 del mes en vigencia o el siguiente dia habil cuando dicha fecha resulte dia no laborable nacional previa solicitud y registro del correspondiente Gasto Devengado hasta por el monto de la ampliacion solicitada. Art. 6º de la RD Nº 005-2011-EF-52.03, modificado por la RD Nº 040-2011-EF/52.03 1.5 La DGETP, excepcionalmente, podra autorizar las solicitudes de ampliacion de calendario de pagos mensual que las Unidades Ejecutoras, Municipalidades y Mancomunidades soliciten de manera expresa y debidamente fundamentada despues del 15 de cada mes

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