Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2014 (05/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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El Peruano Miercoles 5 de febrero de 2014

Autorizan viaje de oficial de la MORDAZA de MORDAZA a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 055-2014-DE/MGP MORDAZA, 4 de febrero de 2014 Vista, la Carta G.500-0408 del Secretario del Comandante General de la MORDAZA, de fecha 4 de febrero de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, viajara en Mision Oficial a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, para participar en la V Reunion del Comite Permanente de Consulta y Coordinacion Politica (2+2), con la finalidad de fortalecer e impulsar las relaciones bilaterales y la cooperacion en el ambito de la Seguridad y Defensa, del 6 al 7 de febrero de 2014; Que, es competencia del Sector Defensa promover las politicas bilaterales, regionales, hemisfericas y multilaterales; asi como, los tratados internacionales, en materia de Seguridad y Defensa, en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, por lo expuesto, es necesario autorizar el viaje del Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como parte de la Comitiva Oficial y de Apoyo del Comite citado en el primer considerando; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargos al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, con el fin de prever la participacion del Oficial Superior durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con UN (1) dia de anticipacion al evento, sin que este dia adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Publico; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 0242009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 00909385, DNI. 44381317, como parte de la Comitiva Oficial y de Apoyo del Comite Permanente de Consulta y Coordinacion Politica (2+2), a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema, del 6 al 7 de febrero de 2014; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 5 de febrero de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos: MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA (Republica de Chile) - MORDAZA US$ 2,400.00

Viaticos: US$ 370.00 x 2 dias

US$ TOTAL A PAGAR: US$

740.00 3,140.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El Oficial Superior designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1046775-10

Aprueban lineamientos para aplicacion de los Dispositivos Salvamento
RESOLUCION DIRECTORAL N° 1170-2013 MGP/DCG Callao, 11 de diciembre del 2013 CONSIDERANDO:

la de

US$

2,400.00

Que, el Articulo 2°, numeral (3) del Decreto Legislativo N° 1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, que regula el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Maritima Nacional ­ Direccion General de Capitanias y Guardacostas, senala que el ambito de aplicacion entre otras, son las naves y embarcaciones que se encuentren en aguas jurisdiccionales peruanas y las de bandera nacional que se encuentren en alta mar o en aguas jurisdiccionales de otros paises, de acuerdo con los tratados de los que el Peru es parte y otras normas de derecho internacional sobre la materia aplicables al Estado Peruano; Que, el Articulo 3° del Decreto Legislativo N° 1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, que regula el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Maritima Nacional ­ Direccion General de Capitanias y Guardacostas, establece que corresponde a la Autoridad Maritima Nacional aplicar y hacer cumplir lo dispuesto en el citado Decreto Legislativo, las normas reglamentarias y complementarias y los tratados o Convenios en el que Peru es parte en el ambito de su competencia; Que, el Articulo 5°, numeral (1) y (17) de la precitada MORDAZA, prescribe que es funcion de la Autoridad Maritima Nacional entre otras, velar por la seguridad de la MORDAZA humana en el medio acuatico, planear, normar, coordinar, dirigir y controlar dentro del ambito de su competencia, las actividades que se desarrollan en el medio ambiente acuatico, asi como normar y certificar las naves de bandera nacional, de acuerdo con la normativa nacional e instrumentos internacionales de los que el Peru es parte.

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