Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2014 (05/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Miercoles 5 de febrero de 2014

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De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 25 de MORDAZA del 2001 y vigente desde el 25 de agosto del 2003; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal Liquidadora de la Provincia de San MORDAZA - Tarapoto de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la MORDAZA Sexual - Violacion sexual de menor de edad- en agravio de una persona menor de edad con identidad reservada y disponer su MORDAZA por via diplomatica a los Estados Unidos de MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica

Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano, nacionalizado espanol en 1999, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por el delito contra la Tranquilidad Publica - afiliacion a organizacion terrorista, en agravio del Estado peruano, y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1046776-3 RESOLUCION SUPREMA Nº 023-2014-JUS MORDAZA, 4 de febrero de 2014 VISTO, el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 100-2013/ COE-TC, del 25 de setiembre de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa a los Estados Unidos de MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal Liquidadora de la Provincia de San MORDAZA - Tarapoto de la Corte Superior de Justicia de San Martin; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 18 de enero de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la MORDAZA Sexual - Violacion sexual de menor de edaden agravio de una persona menor de edad con identidad reservada (Expediente Nº 4-2013); Que, el literal a) del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 100-2013/COE-TC, del 25 de setiembre de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial;

MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1046776-4 RESOLUCION SUPREMA Nº 024-2014-JUS MORDAZA, 4 de febrero de 2014 VISTO, el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 122-2013/ COE-TC, del 18 de octubre de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa a los Estados Unidos de MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA PROSOPIO MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a estas atribuciones la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 02 de MORDAZA de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion activa a los Estados Unidos de MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA PROSOPIO MORDAZA, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Administracion Publica - Colusion Desleal, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 33-2013); Que, el literal a) del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 122-2013/COE-TC, del 18 de

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