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El Peruano Miércoles 5 de febrero de 2014 516188 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución de Superintendencia N.° 286-2009/SUNAT y normas modifi catorias, se aprobó el Sistema de Llevado de Libros y Registros Electrónicos (SLE-PLE) como el mecanismo desarrollado por la SUNAT para generar los Libros y/o Registros Electrónicos y registrar en ellos las actividades y operaciones; Que el artículo 3° de la mencionada Resolución de Superintendencia aprueba el Programa de Libros Electrónicos (PLE) versión 1.0; Que, posteriormente la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia N.° 379-2013/SUNAT aprueba el PLE versión 4.0 disponiendo que este estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual desde el 1 de mayo de 2014 y que con anterioridad a dicha fecha se continuará utilizando el PLE versión 3.0 aprobado por la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia N.° 248-2012/SUNAT. Agrega que la versión 4.0 del PLE deberá ser utilizada a partir del 1 de mayo de 2014 incluso para efectuar el registro de lo que correspondía anotar con anterioridad a dicha fecha y que se omitió registrar oportunamente; Que sin perjuicio de lo establecido por la norma a que se refi ere el considerando precedente resulta necesario optimizar el PLE a utilizar con anterioridad al 1 de mayo de 2014 para lo cual debe aprobarse una nueva versión del citado aplicativo; Que la optimización del PLE antes mencionada no implica una variación en las obligaciones vinculadas al llevado de manera electrónica de los libros y/o registros vinculados a asuntos tributarios establecidas en la Resolución de Superintendencia N.° 286-2009/SUNAT y normas modifi catorias; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modifi catorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario debido a que la aprobación de la nueva versión del PLE sólo optimiza el aplicativo a utilizar hasta el 30 de abril de 2014; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 16 del artículo 62° y del artículo 87° del TUO del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N.° 133-2013-EF y norma modifi catoria, el artículo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, el artículo 11° del Decreto Legislativo N.° 501 y normas modifi catorias y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- APROBACIÓN DE UNA NUEVA VERSIÓN DEL PLE Y DE SU OBTENCIÓN Y UTILIZACIÓN Apruébese el PLE versión 3.0.2 el cual estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual desde el 7 de febrero de 2014. La SUNAT, a través de sus dependencias, facilitará la obtención del PLE a los deudores tributarios que no tuvieran acceso a la Internet. La versión 3.0.2 deberá ser utilizada a partir del 8 de febrero de 2014 y hasta el 30 de abril de 2014, incluso para efectuar el registro de lo que correspondía anotar con anterioridad al 8 de febrero de 2014 y que se omitió registrar oportunamente. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1046555-1 Dejan sin efecto designación y encargan funciones de Gerente de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario de la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 035-2014/SUNAT Lima, 4 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N° 27594 que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 044-2012/SUNAT se designó al señor Giovanni Gonzalo Cerrón López en el cargo de Gerente de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designación a que se refi ere el considerando precedente y encargar a la persona que asumirá dicho cargo, el cual es considerado de confi anza en la Institución de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 204-2012/ SUNAT y modifi catorias, que aprueba el Clasifi cador de Cargos considerados como Empleados de Confi anza y Cargos Directivos de la SUNAT; En uso de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el inciso i) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación del señor Giovanni Gonzalo Cerrón López en el cargo de Gerente de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, dándosele las gracias por su desempeño en la labor encomendada. Artículo 2°.- Encargar al señor Fernando Germán Becerra O`Phelan en el cargo de Gerente de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, con retención de su cargo como Asesor III de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1046769-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Precisan ubicación del 22° Juzgado de Familia Tutelar Permanente de Lima y del 5° Juzgado Mixto Permanente de San Juan de Lurigancho CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 047-2014-P-CSJLI/PJ Lima, 31 de enero del 2014