Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2014 (05/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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El Peruano Miercoles 5 de febrero de 2014

Otrogan a Aero Transporte S.A. la renovacion de permiso de operacion para prestar servicio de transporte aereo internacional no regular de pasajeros y carga
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 646-2013-MTC/12 MORDAZA, 27 de diciembre del 2013 Vista la solicitud de AERO TRANSPORTE S.A., sobre renovacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Internacional No Regular de pasajeros y carga; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2512009-MTC/12 del 07 de octubre de 2009, modificada mediante Resolucion Directoral Nº 361-2010-MTC/12 del 16 de diciembre del 2010, Resolucion Directoral Nº 232-2012-MTC/12 del 12 de MORDAZA del 2012 y Resolucion Directoral Nº 399-2012-MTC/12 del 28 de diciembre del 2012, se otorgo a AERO TRANSPORTE S.A., Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional No Regular de pasajeros y carga, por el plazo de cuatro (04) anos, hasta el 02 de noviembre del 2013; Que, con documento de Registro Nº 2013-051968 del 27 de agosto del 2013 y documento de Registro Nº 2013-051968-B del 18 de noviembre del 2013, AERO TRANSPORTE S.A. requiere la renovacion de su Permiso de Operacion en los mismos terminos otorgados; Que, segun los terminos del Memorado Nº 1414-2013MTC/12.LEG, Memorando Nº 1799-2013-MTC/12.LEG , Memorado Nº 073-2013-MTC/12.POA, Memorando Nº 338-2013-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 186-2013MTC/12.07.PEL e Informe Nº 379-2013-MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil y que forman parte de la presente Resolucion Directoral, conforme a lo dispuesto en el articulo 6º numeral 2) de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, AERO TRANSPORTE S.A. cuenta con el Certificado de Explotador de Servicios Aereos Nº 004 y sus Especificaciones de Operacion ­ OPSPECS respectivas; Que, en aplicacion del articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, segun lo establecido en el articulo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar la renovacion del permiso de operacion cuando la empresa acredite que mantiene las capacidades necesarias para la realizacion de sus operaciones y que fueron sustento para el otorgamiento del permiso que solicita renovar; Que, de conformidad a lo establecido en el Memorando 073-2013-MTC/12.POA., el articulo 5º del Convenio sobre Aviacion Civil Internacional firmado en Chicago el 07 de diciembre de 1944 (Convenio de Chicago), del cual el Peru es parte, senala que las aeronaves destinadas a servicios no regulares internacionales de transporte de pasajeros, correo o carga "tendran tambien el privilegio, con sujecion a las disposiciones del Articulo 7 (prohibicion del cabotaje), de embarcar o desembarcar pasajeros, carga o correo, sin perjuicio del derecho del Estado donde tenga lugar el embarque o desembarque a imponer las reglamentaciones, condiciones o restricciones que considere convenientes";

Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a AERO TRANSPORTE S.A., de conformidad con los instrumentos bilaterales vigentes aplicables y/o con el articulo 5º del Convenio sobre Aviacion Civil Internacional firmado en Chicago el 07 de diciembre de 1944, la renovacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional No Regular de pasajeros y carga por el plazo de cuatro (04) anos contado a partir del 03 de noviembre del 2013, fecha siguiente al vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 251-2009-MTC/12, modificada mediante Resolucion Directoral Nº 361-2010-MTC/12, Resolucion Directoral Nº 232-2012-MTC/12 y Resolucion Directoral Nº 399-2012MTC/12. El Permiso de Operacion esta sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial - Servicio de Transporte Aereo No Regular de pasajeros y carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. ZONAS Y/O PUNTOS DE OPERACION: - SUDAMERICA: MORDAZA, Bolivia, Brasil, MORDAZA, Colombia, Ecuador, Guayana, Guayana Francesa, MORDAZA, Peru, Surinam, Uruguay, Venezuela. - CENTROAMERICA: Anguila, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Aruba, Bahamas, Barbados, Belice, Caimanes, Costa Rica, MORDAZA, MORDAZA, El MORDAZA, Granada, MORDAZA, Guatemala, Haiti, Honduras, Islas Virgenes Americanas, Islas Virgenes Britanicas, Jamaica, Las Bermudas, Martinica, MORDAZA, Nicaragua, Panama, Puerto Rico, Republica Dominicana, San MORDAZA y Nevis, San MORDAZA y Granadinas, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y Tobago, Turks y Caicos. - NORTEAMERICA: Mexico, Estados Unidos, Canada, San MORDAZA y Miquelon. - EUROPA: Albania, Andorra, Austria, Belgica, Bielorrusia, Bosnia e Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Republica Checa, Dinamarca, Espana, Estonia, Finlandia, MORDAZA, Alemania, MORDAZA, Hungria, Irlanda, Islandia, Italia, Latvia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Moldavia, MORDAZA, Noruega, MORDAZA, MORDAZA, Reino Unido, Rumania, Rusia, Eslovaquia, Eslovenia, Suiza, Suecia, Holanda /Paises Bajos, Turquia, Ukrania, Liechtenstein, San MORDAZA, Monaco, Vaticano. - AFRICA: Marruecos, Egipto, MORDAZA, Tunez, MORDAZA, MORDAZA Occidental, Mauritania, Senegal, Gambia, Guinea ­ Bissau, Guinea, MORDAZA MORDAZA, Liberia, Costa de Marfil, Ghana, Benin, Nigeria, Camerun, Guinea Ecuatorial, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, Gabon. - ASIA: China, Japon, Vietnam, Malasia, Singapur, Brunei. - OCEANIA: Australia, Nueva Zelanda. MATERIAL AERONAUTICO: - MORDAZA MORDAZA III PA-42 - BEECHCRAFT 1900C - IAI WESTWIND MORDAZA 1125 - ANTONOV AN-26 B-100

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