Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2014 (05/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 5 de febrero de 2014

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pago mas adecuados para el financiamiento de las prestaciones que se cubran en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion del Aseguramiento Universal en Salud, incluyendo aquellas prestaciones que no se encuentran comprendidas en la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/ MINSA, asi como las que forman parte del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en tanto dure el MORDAZA de reestructuracion y adecuacion del SIS a su MORDAZA rol de Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 910-2011/ MINSA, se modifica el numeral 1 del acapite V.2 Del MORDAZA de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa Nº 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos seran programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones"; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 148-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica Nº 001-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Pago por Preliquidacion"; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 149-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica Nº 002-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Calculo del Capita"; Que, la Directiva Nº 001-2009/SIS/GF, que regula el Subsidio por Sepelio de Inscritos y Asegurados al SIS, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 148-2009/ SIS, en su titulo VIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES, Inciso 8.2 DE LAS ADECUACIONES, IMPLEMENTACIONES Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, 8.2.3 dispone: "La Oficina de Administracion del SIS (OA), a traves de los sistemas administrativos, formalizara la operacion bancaria para el pago del subsidio a traves de las agencias y/o sucursales del Banco de la Nacion a nivel nacional y/u otra entidad bancaria autorizada por el SIS"; Que, conforme al Informe de vistos emitido por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, se esta programando en el mes de enero de 2014, el pago de subsidio por sepelio, conforme al MORDAZA establecido en la Resolucion Jefatural Nº 148-2009/SIS; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando Nº 038-2014-SIS/OGPPDO emite opinion favorable sobre disponibilidad presupuestal, por lo cual aprueba las Certificaciones de Credito Presupuestario Nº 005 por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y Nº 016 por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados para el pago de subsidios por sepelio; Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando Nº 039-2014-SIS/OGPPDO emite opinion favorable sobre disponibilidad presupuestal, por lo cual aprueba la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 038 por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios para pago de las prestaciones de salud; Con la visacion de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones, de la Oficina General de Administracion de Recursos, de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de OCHENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 84'465,450.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de enero 2014, conforme se detalla en el Anexo 01, que forma parte integrante de la presente Resolucion Jefatural.

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban transferencia total para las Unidades Ejecutoras, asi como el pago directo como subsidio por sepelio a nivel nacional, correspondientes al mes de enero de 2014
RESOLUCION JEFATURAL Nº 031-2014/SIS MORDAZA, 28 de enero de 2014 Vistos, el Informe Nº 01-2014-SIS-GNF-SDGN, con Proveido Nº 007-2014-SIS-GNF, emitidos por la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programacion de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los beneficiarios del Seguro Integral de Salud, el Memorando Nº 038-2014-SIS/OGPPDO y el Memorando Nº 039-2014-SIS/OGPPDO, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 002-2014-SIS/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras durante el Ano Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que esta considerada el Seguro Integral de Salud; aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, el articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectue el Seguro Integral de Salud requiere la suscripcion obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duracion de hasta tres (3) anos renovables; asimismo, dispone que en los convenios que se suscriba con las instituciones prestadoras de servicios de salud publicas podra establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial "El Peruano", la distribucion de los recursos que en el MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfieren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Generica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiendoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal; Que, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos "Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado" y "Definiciones Operacionales", aprobados por la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador debera reponer el 100% del consumo reportado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 934-2010/ MINSA se modifica el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 872-2009/MINSA, en el que facultan al Seguro Integral de Salud a utilizar las modalidades o mecanismos de

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