Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2014 (05/02/2014)


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El Peruano Miercoles 5 de febrero de 2014

1046522-1

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Disponen la exclusion de los valores denominados "Primera Emision del Primer Programa de Bonos Corporativos Cemento Andino" del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV N° 011-2014-SMV/11.1 MORDAZA, 28 de enero de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente Nº 2013046207 asi como el Informe Interno N° 40-2014/SMV.11.1 de fecha 24 de enero de 2014, de la Intendencia General de Supervision de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, el 30 de diciembre de 2013, Union MORDAZA de Cementos S.A.A. - UNACEM S.A.A. solicito a la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A., a traves del sistema de Ventanilla Unica la exclusion de los valores mobiliarios denominados "Primera Emision del Primer Programa de Bonos Corporativos Cemento Andino", del Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, por haberse operado la cancelacion total de las obligaciones derivadas de la referida emision; Que, de la evaluacion realizada a la solicitud a la que se refiere el considerando precedente, se ha verificado que, a solicitud de Cemento MORDAZA S.A., mediante Resolucion Directoral de Emisores Nº 073-2009-EF/94.06.3, del 12 de noviembre del 2009, se aprobo el tramite anticipado y se inscribio el programa denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos Cemento Andino", hasta por un importe MORDAZA de emision de US$ 40'000,000.00 (Cuarenta Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles y se dispuso el registro del Prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, en el MORDAZA del mencionado programa, el 12 de noviembre del 2009 y a solicitud de Cemento MORDAZA S.A., se inscribieron de forma automatica los valores denominados "Primera Emision del Primer Programa de Bonos Corporativos Cemento Andino", hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 7'000,000.00 (Siete Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de

America) y se registro el complemento del Prospecto MORDAZA correspondiente; Que, segun lo informado como hecho de importancia el 24 de MORDAZA del 2012, en el MORDAZA del MORDAZA de fusion por absorcion llevado a cabo entre Cemento MORDAZA S.A. y Cementos MORDAZA S.A.A., opero la absorcion de Cemento MORDAZA S.A. por Cementos MORDAZA S.A.A., quien asumio todas las obligaciones de la empresa absorbida y, adicionalmente, modifico su denominacion social a Union MORDAZA de Cementos S.A.A. - UNACEM S.A.A.; Que, respecto de los valores senalados en los considerandos precedentes, se ha verificado la cancelacion total de las obligaciones derivadas de dichos valores; Que, el articulo 37º, inciso b), de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, y el articulo 23º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, aprobado por Resolucion SMV Nº 031-2012-SMV/01 y sus normas modificatorias (en adelante, Reglamento), establecen que la exclusion de un valor del referido Registro tiene lugar por resolucion fundamentada de la SMV cuando opere la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, de otro lado, el articulo 38° de la Ley del MORDAZA de Valores y el articulo 32° del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV N° 009-2006-EF/94.10, (en adelante, Reglamento OPA), disponen que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una oferta publica de compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados "Primera Emision del Primer Programa de Bonos Corporativos Cemento Andino", a que se contrae la presente Resolucion, se encuentra dentro de la causal de excepcion para la realizacion de una Oferta Publica de Compra, contemplada en el articulo 23º del Reglamento; y, en el articulo 37º, inciso a), del Reglamento OPA; Que, el articulo 2°, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el articulo 37º, incisos b) de la Ley del MORDAZA de Valores, los articulos 20° y 23º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, asi como por el articulo 46°, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores, RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la exclusion de los valores denominados "Primera Emision del Primer Programa de Bonos Corporativos Cemento Andino" del Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV. Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los valores a los que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a Union MORDAZA de Cementos S.A.A. - UNACEM S.A.A. en su calidad de emisor; al Banco de Credito del

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