Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2014 (05/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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a) Los titulos, MORDAZA o estudios de posgrado obtenidos en el extranjero legalizados ante las autoridades consulares peruanas y el Ministerio de Relaciones Exteriores. b) Los titulos, MORDAZA o estudios de posgrados obtenidos en el extranjero legalizados ante autoridades extranjeras con la apostilla correspondiente1. Para efectos de la presente Directiva se entendera que: 4.3.1 Registro de titulo profesional: La inscripcion se realiza unicamente con el diploma o con una MORDAZA que acredite indubitablemente que se ha obtenido el titulo profesional correspondiente. 4.3.2 Registro de grado academico: La inscripcion se realiza con el diploma correspondiente o con una MORDAZA que acredite indubitablemente que se ha obtenido el grado academico de Doctor, Magister o Bachiller. 4.3.3 Registro de estudios de postgrado: La inscripcion se realiza con el diploma correspondiente o MORDAZA que acredite indubitable y fehacientemente que el servidor civil ha realizado estudios de posgrado. 4.4 Inicio del registro El registro de titulos, MORDAZA o estudios de posgrado obtenidos en el extranjero se inicia ante la Mesa de Partes de SERVIR a solicitud del servidor civil interesado. 4.5 Requisitos para el tramite del registro La solicitud de registro que presente el servidor civil, en calidad de declaracion jurada, debera contener los nombres y apellidos completos, domicilio y numero de Documento Nacional de Identidad o carne de extranjeria o pasaporte del servidor; la indicacion expresa del documento a inscribirse, considerando lo senalado en el numeral 4.3 de la presente Directiva; lugar, fecha, firma o huella digital en caso de estar impedido; adjuntando los siguientes documentos: a) El titulo, grado academico o estudios de postgrado, o documentos que lo acrediten, legalizados. b) Para el caso de documentos expedidos en idioma diferente al castellano, el solicitante debera adjuntar la traduccion oficial o certificada de los mismos. 2 4.6 Regimen del registro El registro de titulos, MORDAZA o estudios de posgrado obtenidos en el extranjero es automatico, gratuito y les otorga validez solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos. La Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil registra los documentos remitidos por Mesa de Partes y los digitaliza, para su publicacion a traves del MORDAZA de SERVIR. 4.7 MORDAZA del registro La MORDAZA de la solicitud constituye la MORDAZA del registro de los titulos, MORDAZA o estudios de posgrado obtenidos en el extranjero. V. ACCESO A LA INFORMACION DEL REGISTRO La informacion contenida en el Registro es de acceso publico, a traves del MORDAZA de SERVIR. VI. FISCALIZACION DEL REGISTRO SERVIR, a traves de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, realiza la fiscalizacion posterior de las solicitudes, los documentos, las informaciones y las traducciones proporcionadas por el servidor civil. La falsedad origina la destitucion del servidor civil. De comprobarse fraude o falsedad, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil comunica a la entidad correspondiente lo acontecido con la finalidad de que proceda de acuerdo a sus atribuciones; sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas que correspondan, conforme a lo establecido en la Ley N° 27444 y normatividad sobre la materia.

El Peruano Miercoles 5 de febrero de 2014

La Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil efectua la fiscalizacion de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27444. VII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Acceso a la informacion del registro a traves del MORDAZA de SERVIR En tanto se implemente el sistema de consulta en linea del Registro, el registro se realizara mediante la publicacion de la lista de las solicitudes presentadas por los servidores civiles y aprobadas, en el MORDAZA de SERVIR, lista que sera actualizada periodicamente por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil. Segunda.- Requisitos para el registro El requisito establecido en el literal b) del numeral 4.5 del rubro Normas Generales de la presente Directiva sera obligatorio a partir del dia siguiente de publicada la MORDAZA correspondiente.

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En virtud al Convenio de la Apostilla de La MORDAZA, aprobado por Resolucion Legislativa N° 29945. En vigencia en nuestro MORDAZA desde del 30 de setiembre de 2010. Articulo 41.1.2 de la Ley 27444, LGPA

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INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis Areas Geograficas, correspondientes al mes de enero de 2014
RESOLUCION JEFATURAL Nº 035-2014-INEI MORDAZA, 3 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivacion y disolucion al Consejo de Reajuste de Precios de la Construccion; Que, asimismo la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos Indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-01-2014/DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de enero de 2014, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comision Tecnica para la aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de enero de 2014,

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