Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2014 (05/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Miercoles 5 de febrero de 2014

516191
Cantidad a Remitir Por Especialidad

Del Juzgado Permanente 2º Juzgado Mixto Permanente de San MORDAZA de Lurigancho 3º Juzgado Mixto Permanente de San MORDAZA de Lurigancho

Al Juzgado Transitorio

2º Juzgado Mixto Civil ---- 238 expedientes Transitorio de 338 Familia -- 50 expedientes San MORDAZA de expedientes Laboral ­ 50 expedientes Lurigancho 2º Juzgado Mixto Civil ---- 213 expedientes Transitorio de 338 San MORDAZA de expedientes Familia - 125 expedientes Lurigancho

Articulo Segundo.- La redistribucion comprende a los procesos en estado de emitir sentencia, cualquiera sea el ano de ingreso del expediente, priorizando del mas antiguo al mas reciente, MORDAZA complejos o no. Excepcionalmente, de no existir expedientes en etapa de sentencia en la cantidad arriba indicada, tal cifra sera completada con los expedientes en etapa de tramite. Los Jueces de los Juzgados Permanentes deberan remitir el 20% (veinte por ciento) del total de expedientes a redistribuir diariamente a las mesas de partes correspondientes, debiendo informar diariamente via correo electronico institucional a los organos senalados en el articulo MORDAZA de la presente Resolucion; ademas se debera tener en consideracion lo siguiente: - Los expedientes que hayan sido objeto de una redistribucion anterior, no estan comprendidos en la presente redistribucion. - Los expedientes que se encuentren en etapa de ejecucion, no se consideran en la presente redistribucion. - Los expedientes que se encuentren con mandato de archivo, sea provisional o definitivo, no estan comprendidos en la presente redistribucion. - Los expedientes en reserva, no estan comprendidos en la presente redistribucion. - Los expedientes ya sentenciados, aun cuando dicha sentencia MORDAZA sido anulada por el Superior, no estan comprendidos en la presente redistribucion; Articulo Tercero.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberan ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificacion completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras, y todos sus escritos proveidos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no seran objeto de redistribucion, bajo responsabilidad del Juez a cargo del Juzgado y del secretario de la causa, por inconducta funcional. Articulo Cuarto.- CUMPLAN los Jueces comprendidos en la presente remision y redistribucion de expedientes de los Juzgados Mixtos Permanentes y Transitorios de San MORDAZA de Lurigancho, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en plazo de 3 (tres) dias habiles de concluida la redistribucion sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional. Articulo Quinto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a fin que vele por su cumplimiento, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Sexto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinacion de Informatica, debera velar por la adecuacion del Sistema Informatico Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolucion asegurando la operatividad de los modulos informaticos a utilizarse en la presente redistribucion de expedientes, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Articulo Setimo.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante sus Coordinaciones de Logistica y Personal facilite y provea de los servicios y personal necesarios para el cumplimiento de la presente resolucion informando y coordinando con la Gerencia de Administracion, remitiendo informacion para el monitoreo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo.

Articulo Octavo.- DISPONER que la Gerencia de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA realice las coordinaciones pertinentes con los Jefes de Mesas de Partes respectivos e informe a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo del avance en la recepcion y redistribucion de expedientes remitidos por los organos jurisdiccionales. Articulo Noveno.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, realice durante y despues del MORDAZA de redistribucion el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las coordinaciones necesarias con las demas unidades y coordinaciones de este Distrito Judicial para verificar el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Gerencia de Administracion Distrital, bajo responsabilidad funcional. Articulo Decimo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia General, la Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y la Gerencia de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1046696-3

Establecen conformacion de la Tercera Sala Laboral de MORDAZA, reasignan e incorporan magistrados y disponen funcionamiento de organos jurisdiccionales de emergencia
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 050-2014-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 4 de febrero de 2014 VISTOS: Las Resoluciones del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 001-2014-CNM de fecha 9 de enero del presente ano y 008-2014-CNM de fecha 14 de enero del presente ano; la Resolucion Administrativa N° 280-2013CE-PJ, de fecha 13 de noviembre del ano dos mil trece, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04 de diciembre del mismo ano y la Resolucion Administrativa N° 0182014-P-CSJLI/PJ, de fecha 14 de enero del presente ano, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de enero del presente ano. Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 001-2014-CNM, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en merito a la Convocatoria Nº 001-2012-SN/CNM, Concurso Publico para cubrir plazas vacantes de Jueces Superiores a nivel nacional y siendo candidata en reserva procedio a designar como Juez Superior a la doctora MORDAZA ODALIS MORDAZA VILLEGAS; asimismo, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en merito a la Convocatoria N° 0012013-SN/CNM ­ Concurso Publico para cubrir plazas vacantes de Jueces de Paz Letrado y Fiscales Adjuntos Provinciales a nivel Nacional conforme a lo previsto por el articulo 65°, numeral 65.4 de la Ley de la MORDAZA Judicial, y el articulo 58° del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales procedio al nombramiento en calidad de Jueces de Paz Letrado Laborales a las siguientes doctoras: MORDAZA LIZETT MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA GRAJEDA BASHUALDO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAMANI.

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