Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2014 (07/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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El Peruano Viernes 7 de febrero de 2014

Aprueban la recepcion de obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
(Se publica la presente Resolucion a solicitud de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, mediante Oficio N° 531-2013-MSJL-SG. La publicacion de dicha Resolucion fue pagada el 5 de febrero de 2014, segun consta en la FAC-002-0749066) RESOLUCION SUBGERENCIAL N° 040-2013-SGHU-GDU/MDSJL San MORDAZA de Lurigancho, 27 de febrero de 2013 LA SUB GERENCIA DE HABILITACIONES URBANAS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Expediente Nº 70476-O1-2012, de fecha 01 de diciembre del 2012, promovido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Gerente General de OCTANO S.A.C., mediante el cual solicita Recepcion de Obras de la Habilitacion MORDAZA del terreno de 2,600.00 m2, ubicado en la Av. Malecon Checa (antes Av. Campoy) Sub Lote 3-B-B de la Manzana M de la Lotizacion Campoy - Primera Etapa, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima., inscrito en la Partida Nº 12420629 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Sub Gerencial Nº 060-2011MDSJL-GDU/SGHU, de fecha 20 de junio del 2011, esta Sub Gerencia resuelve Aprobar el Proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva como Lote Unico, bajo la Modalidad de Aprobacion D - Aprobacion con evaluacion previa de Comision Tecnica, para Uso de Comercio Zonal - CZ, de conformidad con el Plano de Ubicacion y Localizacion, Plano Perimetrico y Plano de Lotizacion, signados para efectos de Registros como Plano Nº 005-2011-HU-SGHUGDU/MDSJL, Nº 006-2011-HU-SGHU-GDU/MDSJL y Nº 007-2011-HU-SGHU-GDU/MDSJL, respectivamente; ello, en merito a lo solicitado por la empresa OCTANO S.A.C.; Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificado por Ley Nº 29476, senala que los procedimientos administrativos, regulados en la presente Ley, son unicos y de aplicacion obligatoria a nivel nacional; ademas, determina las responsabilidades de los sujetos implicados en los procedimientos de habilitacion MORDAZA y de edificacion; Que, asimismo, la Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29090 precisa que la presente Ley entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion de los Reglamentos (Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, Reglamento de los Revisores Urbanos y Reglamento de Verificacion Administrativa y Tecnica); Que, mediante Decretos Supremos Nº 024-2008VIVIENDA, Nº 025-2008-VIVIENDA y Nº 026-2008VIVIENDA, publicados con fecha 27 de setiembre del 2008 respectivamente, se aprueban el Reglamento de Licencias de Habitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, el Reglamento de los Revisores Urbanos y el Reglamento de Verificacion Administrativa y Tecnica, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el Numeral 9 del Articulo 4º de la Ley 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificado por la Ley Nº 29476, las municipalidades distritales en el ambito de su jurisdiccion, tienen competencia para la aprobacion de proyectos de habilitacion MORDAZA y de edificacion, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Numeral 16.1 del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA - Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, refiere que el procedimiento administrativo de habilitacion MORDAZA contempla dos etapas: Aprobacion del Proyecto y Recepcion de las Obras; Que, mediante Resolucion Sub Gerencial Nº 0542011-MDSJL-GDU/SGHU, de fecha 10 de junio del

2011, expedida por la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, se aprobo la valorizacion del area de 52.00 m2, correspondiente al Deficit de Aporte Reglamentario de Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital), de la Aprobacion del Proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva bajo la Modalidad "D": Aprobacion con Evaluacion previa por la Comision Tecnica, del terreno de 2,600.00 m2., ubicado en la Av. Malecon Checa (Ex Av. Campoy) Mz. M Sub Lote 3-B-B de la Lotizacion Campoy ­ Primera Etapa, cuyo importe asciende a S/. 21,528.00 (Veintiun Mil Quinientos Veintiocho y 00/100 nuevos soles); siendo que dicha valorizacion fuera cancelada a la Tesoreria de la Municipalidad Distrital mediante Recibo de Pago Nº 2929832, y con fecha 13 de junio del 2011; Que, mediante Oficio Nº 1636-2012-EMILIMA-GG, de fecha 23 de MORDAZA del 2012, la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A. de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, pone en conocimiento a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, que la Empresa OCTANO S.A.C., ha cumplido con cancelar los pagos por el concepto de aporte por Renovacion MORDAZA, cuyo aporte asciende a la suma de US$ 17,160.00 (Diecisiete mil ciento sesenta y 00/100 dolares americanos) del area de 78.00 m2.; siendo que dicha liquidacion ha sido pagado en su integridad, en merito al convenio de fraccionamiento de pago suscrita con la entidad MORDAZA, a traves de seis letras de cambio sellados por FOMUR en senal de conformidad; Que, mediante Oficio Nº 513-2012/SERPAR-LIMA/GG/ GAP/MML de fecha 11 de MORDAZA del 2012, el Servicio de Parques de MORDAZA ­ SERPAR MORDAZA, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, pone en conocimiento a la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, que se ha emitido la Resolucion de Gerencia Administrativa Nº 1127-2011, de fecha 09 de setiembre del 2011, expedida por el Servicio de Parques de MORDAZA - SERPAR MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y que conforme a los Recibos de Ingresos Nº 0080812, 0080333, 0079881, 0079262, 0078816, 0078177, 0077765 de fecha 03.04.2012, 02.03.2012, 06.02.2012, 04.01.2012, 06.12.2011, 04.11.2011 y 06.10.2011 respectivamente, el aporte para Parques Zonales de 130.00 m2., por la Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico, del Terreno de 2,600.00 m2. Ubicado en la Av. Malecon Checa (Ex Av. Campoy) Mz. M Sub Lote 3-B-B, esq. MORDAZA 5 de la Lotizacion Campoy, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, ha sido cancelado: Que, el administrado presenta la Carta Nº 829-2011EOMR-SJL, de fechas 27.10.2011, expedido por SEDAPAL, donde se desprende la conformidad del Proyecto de red complementaria de agua potable y alcantarillado, para el lote ubicado en la Mz. M Sub Lote 3-B-B de la Manzana M de la Lotizacion Campoy ­ Primera Etapa, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Carta Nº SMNR/SCEI/1009293/2012, de fecha 06 de junio del 2012, EDELNOR comunica al administrado, sobre la conformidad de Obra del Proyecto Electrico del Sistema de utilizacion en media tension 10 KV, para OCTANO S.A.C., ubicado en la Mz. M Sub Lote 3-B-B de la Manzana M de la Lotizacion Campoy ­ Primera Etapa, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, adjuntando a su vez, un ejemplar completo del Proyecto de replanteo de la obra ejecutada, debidamente firmado y MORDAZA por un representante de EDELNOR; Que, el administrado ha cumplido con acompanar los documentos establecidos en las normas vigentes para el presente procedimiento del terreno materia de tramite; Que, mediante Informe Nº 035-2013-CAEP-SGHU/ GDU/MDSJL, de fecha 21 de febrero del 2013, esta Sub Gerencia informa que de la inspeccion ocular efectuada al predio materia de tramite, se ha verificado que se encuentran ejecutadas las obras de Habilitacion Urbana; ademas, se constato que no existe modificacion respecto al proyecto aprobado con la Resolucion Sub Gerencial Nº 060-2012-MDSJL-GDU/SGHU, correspondiente a la Proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva como Lote Unico, bajo la Modalidad de Aprobacion D - Aprobacion con Evaluacion previa de Comision Tecnica; De conformidad con el Informe Nº 093-2013-AL-GDU/ MDSJL, de fecha 27 de febrero del 2013, del Asesor Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, conforme a

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