Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2014 (07/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Viernes 7 de febrero de 2014

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Respecto a los descargos presentados por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA El 28 de agosto de 2013, el MORDAZA distrital presento su escrito de descargos (fojas 117 a 121), bajo los siguientes terminos: a) Se encuentra acreditado que la Fiscalia Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios de MORDAZA Sur, Carpeta Fiscal N° 2013-59, ha iniciado una investigacion en contra de funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, por los presuntos delitos contra la Administracion Publica ­peculados y otros­ en agravio del Estado, indagacion que se encuentra en la Direccion contra la Corrupcion DIVCODDCC-DPTO. MORDAZA SUR. b) Asi tambien, esta acreditado que el organo de control institucional de la entidad MORDAZA ha intervenido solicitando informacion a las areas pertinentes, no existiendo a la fecha ningun resultado final o preliminar al respecto. c) Agrega que esta probado que los bienes, chatarra y otros que se encontraban en la maestranza fueron trasladados a la planta de transferencia para su mejor custodia, siendo estos visualizados por el representante del Ministerio Publico y Policia Nacional; ademas, existe un inventario de bienes en estado de chatarra de propiedad de la municipalidad distrital, a traves del cual se verifica cada uno de los bienes encontrados. d) Finaliza senalando que sin perjuicio de lo MORDAZA mencionado, debe tenerse en cuenta que el primer elemento para que se configure la causal imputada es la existencia de un contrato. En el presente caso no existe prueba alguna que acredite la existencia de un contrato o documento similar que acredite que el, en calidad de MORDAZA municipal, MORDAZA firmado con un tercero o persona juridica en la cual tenga participacion directa o indirecta, la transferencia de bienes municipales (chatarra). Al contrario, los bienes no han sido transferidos bajo ninguna modalidad a terceros, sino que han sido trasladados desde el local de la maestranza a la planta de transferencia. Respecto al pronunciamiento del Concejo Distrital de San MORDAZA de Miraflores En la sesion extraordinaria del 28 de agosto de 2013 (fojas 110 a 116), con la presencia de todos los miembros del concejo distrital, se desaprobo, por mayoria (cinco votos a favor de la vacancia y ocho votos en contra de la misma), la solicitud de vacancia. Dicha decision se materializo en el Acuerdo de Concejo N° 89-2013-MDSJM, tal como se aprecia a fojas 96 de autos. Respecto al recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA El 30 de septiembre de 2013, el solicitante de la vacancia interpuso recurso de apelacion (fojas 180 a 189), reiterando los argumentos expuestos en su peticion primigenia y agregando lo siguiente: a) El MORDAZA, en la sesion extraordinaria y en sus descargos, ha realizado una serie de aseveraciones sin presentar medio probatorio; por ejemplo, senalo que los bienes materia de la denuncia son chatarra y que su monto es equivalente a S/. 8 000,00 nuevos soles, reconociendo de esta manera que se ha dispuesto de bienes municipales sin la autorizacion municipal. b) Si bien el MORDAZA distrital senala que estos hechos se encuentran en investigacion en el Ministerio Publico, precisa que dicha denuncia de la autoridad municipal no fue realizada a traves del procurador publico, sino que fue formulada por su persona. c) Ha quedado demostrado que en los ultimos nueve meses el MORDAZA y funcionarios de su entorno han impedido acceder a informacion que pudiera aclarar el destino de los bienes municipales, pese a que es obligacion del MORDAZA y funcionarios cautelar los bienes del estado. d) Concluye senalando que se encuentra acreditado que se ha afectado un bien municipal sin observar el procedimiento legal establecido en el articulo 59 de la LOM, por cuanto no existe acuerdo de concejo municipal que apruebe la disposicion de bienes municipales, ni se ha cumplido con los requisitos que exigen los dispositivos

del 28 de agosto de 2013, que declaro improcedente la solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, y en la que se invoco la causal establecida en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente N° J-2013-739, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 14 de junio de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito ante el MORDAZA Nacional de Elecciones la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores (fojas 1 a 9 del Expediente N° J-2013739), por considerar que habia incurrido en la causal de restricciones de contrataciones establecida en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). Los hechos que sustentan su peticion de vacancia son los siguientes: a) El MORDAZA distrital se ha negado a realizar acciones de investigacion y esclarecimiento de hechos sobre la apropiacion de bienes municipales por parte de autoridades municipales de su gestion, los cuales han manifestado que actuaron bajo la autorizacion de la autoridad municipal. Agrega que estos hechos ilegales fueron puestos en conocimiento del MORDAZA municipal, asi como del concejo municipal, en sesion de concejo, sin embargo, no se han realizado las denuncias o las acciones correspondientes para esclarecer estos hechos. b) Senala que los hechos denunciados proceden del informe del 9 de octubre de 2012 (fojas 11 a 14 del Expediente N° J-2013-739), suscrito por trabajadores de vigilancia de la maestranza de la entidad MORDAZA, y a traves del cual ponen en conocimiento que hasta en cinco oportunidades se produjo la extraccion de bienes en el deposito de maestranza. En el citado informe, senalan que los autores de dicha extraccion manifestaron que actuaron con autorizacion expresa del MORDAZA distrital. En relacion con este informe, el solicitante senala que estos hechos fueron puestos en conocimiento de la alcaldia, subgerencia de recursos humanos, secretaria general, subgerencia de operaciones y servicios generales, gerencia de administracion, finanzas y del organo de control institucional; sin embargo, y pese al tiempo transcurrido, ninguno ha dado respuesta a dichas denuncias. c) Senala que el primer hecho denunciado en el informe del 9 de octubre de 2012, esta relacionado con el ingreso de camiones a la maestranza, a traves de los cuales se retiraron el chasis de los camiones, tolvas, triciclos, aradores de tractor, un tractor MORDAZA, autos siniestrados y otros bienes de la municipalidad distrital. Las personas que ingresaron se encuentran debidamente identificadas, las mismas que han afirmado que actuaron por orden expresa y en cumplimiento de las indicaciones directas del MORDAZA municipal. Agrega que dichas acciones se repitieron los dias 20 de setiembre, 6 y 7 de octubre de 2012. d) De otro lado, informa que estos hechos fueron puestos en conocimiento del MORDAZA distrital en la sesion de concejo del 29 de enero de 2013 (fojas 22 a 37 del Expediente N° J-2013-739) por parte del regidor Milko Hebert Amesquita Rivera. En dicha sesion, el MORDAZA se comprometio a realizar las investigaciones correspondientes. Asi tambien senala que con la carta notarial del 2 de MORDAZA de 2013 (39 a 41 del Expediente N° J-2013-739), los regidores solicitaron al MORDAZA distrital que convoque a sesion extraordinaria, a fin de que se tenga como punto de agenda la denuncia de sustraccion de bienes de la municipalidad. e) Finaliza senalando que los hechos denunciados evidencian un concierto de voluntades para ocultar la ilegal disposicion de bienes municipales que fueron extraidos con el apoyo de funcionarios de confianza del MORDAZA distrital, quien autorizo dicha extraccion.

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