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El Peruano Viernes 7 de febrero de 2014 516375 competencias compartidas de los Gobiernos Regionales: “(...) b) Salud pública (...)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en su artículo 10 establece: “(...) 2. Competencias compartidas: (...) b) Salud Pública”. Asimismo, el artículo 49 respecto a las funciones en materia de salud prescribe: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales”. Que, Ley N° 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público, para el año fiscal 2014, en el artículo 24 dispone: “(...) a partir de la vigencia de la presente Ley, que la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), es la encargada de efectuar el monitoreo y verificación del cumplimiento de las metas programadas de los productos correspondientes a los programas presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú” a ser ejecutados por las entidades con cargo a los recursos aprobados en las leyes anuales de presupuesto en el marco de los objetivos previstos en la estrategia nacional de la lucha contra las drogas”. Que, el Gobierno Nacional a través del Plan Bicentenario, El Perú hacia el 2021, del CEPLAN, en el Eje Estratégico 2: Oportunidades y accesos a los servicios, en el numeral 2.8. Objetivos, Lineamientos, Prioridades, Metas, Acciones y Programas Estratégicos: Objetivo Específi co 6: Sobre seguridad ciudadana mejorada signifi cativamente que en su literal b) prescribe: “Prevenir el consumo de drogas en la población y sus efectos en la seguridad ciudadana mediante la sensibilización de los escolares y los adultos que se relacionan con ellos”. Asimismo, asignar los recursos adecuados para combatir el tráfi co y uso ilegal de drogas. Que, en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas en el año 2000, todos los Estados miembros se comprometieron a realizar acciones para avanzar en las sendas de la paz y el desarrollo humano. Se destaca que el sexto objetivo de los ocho planteados es redoblar esfuerzos para poner en práctica el compromiso de luchar contra el problema mundial de la droga. Que, mediante Ofi cio Nº 030-2013-JTBLL-CR/ GOB.REG.TACNA de fecha 14 de octubre del 2013, la Consejera Regional Prof. Julia Teresa Benavides Llancay, remite la propuesta normativa de Ordenanza Regional sobre: “Declarar de necesidad y prioridad regional la lucha contra el uso y consumo de drogas y otros en la Región Tacna”. Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, es un Organismo Público Descentralizado adscrito al sector de la Presidencia del Consejo de Ministros encargado de diseñar y conducir la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, tiene entre sus funciones enfrentar todos los problemas derivados del consumo y dependencia, con las armas de una educación preventiva y el tratamiento multidisciplinario; así como producir y gestionar información objetiva, confi able y actualizada, sobre el problema de las drogas en el país; y que sirva de base para el diseño, gestión y evaluación de los planes, programas y proyectos que ejecutan los distintos sectores y niveles de gobierno y las organizaciones de la Sociedad Civil, en el marco de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012 - 2016. Que, el “IV Estudio Nacional: Prevención y consumo de drogas en estudiantes de secundaria - 2012” tuvo como objetivo conocer la magnitud, características y factores asociados al consumo de drogas en los estudiantes de educación secundaria residentes en ciudades de 30 mil y más habitantes, a nivel nacional y regional, a efectos de mejorar la calidad de las acciones de reducción de la demanda de drogas (RDD) que se realizan dentro y fuera del sistema educativo, en el marco de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Droga. En dicho estudio se da cuenta que el consumo de clorhidrato de cocaína creció en más de 400% respecto a los años anteriores en escolares de regiones como Ayacucho, Tacna y Ancash. Finalmente este estudio revela que el consumo de marihuana aumentó en más de 100% en escolares de Tacna y Cusco. Que, según información proporcionada por la Dirección Regional de Salud, en el año 2010, predomina el porcentaje de adolecentes atendidos con problemas de violencia familiar, depresión y consumo de alcohol. Este comportamiento es similar en el año 2011; sin embargo en el año 2012 se produce una variación en el orden, ya que los trastornos por consumo de alcohol pasan a ocupar el primer lugar, luego los problemas de violencia familiar y fi nalmente los cuadros de depresión. Que, con el Ofi cio Nº 2669-2013-ESSMYCP-EAICS- DESP-DRS.T/GOB.REG.TACNA, de fecha 27 de Agosto del 2013 emitido por la Dirección Regional de Salud de Tacna; el “IV Estudio Nacional: Prevención y consumo de drogas en estudiantes de secundaria - 2012”; y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 015-2013-CR- CODS de fecha 06 de diciembre del 2013, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “DECLARAR DE NECESIDAD Y PRIORIDAD REGIONAL LA LUCHA CONTRA EL USO Y CONSUMO DE DROGAS Y OTROS EN LA REGION TACNA”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 13 de diciembre del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero: DECLARAR, de necesidad y prioridad Regional la lucha contra el uso y consumo de drogas y otros en la Región Tacna. Artículo Segundo: CREAR, la MESA DE CONCERTACIÓN REGIONAL DE LUCHA CONTRA EL USO Y CONSUMO DE DROGAS EN LA REGIÓN TACNA, la misma que estará conformada por: a) Un representante del Gobierno Regional de Tacna (Gerencia Regional de Desarrollo Social), quien presidirá la Mesa. b) Un representante designado por DEVIDA (Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas), quien brindará asistencia técnica a la Mesa. c) Un representante designado por la Corte Superior de Justicia de Tacna. d) Un representante designado por el Ministerio Público de Tacna. e) Un representante designado por la Defensoría del Pueblo de Tacna. f) Un representante designado por la Policía Nacional del Perú. g) Un representante Jefe de la DINANDRO-TACNA (o representante designado) h) Un representante de la Ofi cina de Migraciones de Tacna. i) Un representante de la Red Asistencial Tacna - Essalud. j) Un representante de la Dirección Regional de Salud de Tacna k) Un representante de la Dirección Regional de Educación de Tacna l) Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna. m) Un representante de los Gobiernos Locales Provinciales de la Región Tacna. n) Un representante de los Gobiernos Locales Distritales de la Región Tacna. o) Un representante designado por la Universidad Nacional Jorge Basadre. p) Un representante designado por la Universidad Privada de Tacna. q) Un representante designado por el Colegio de Psicólogos del Perú-Tacna. r) Un representante designado por el Colegio de Enfermeros del Perú-Tacna. s) Un representante designado por las ONGs de Tacna.