Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2014 (14/02/2014)


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quince (15) dias. El titular del derecho unicamente podra absolver las observaciones hechas por DGANP a su Proyecto Turistico hasta en dos (02) oportunidades. De no concluir con una opinion favorable por parte del SERNANP en la MORDAZA oportunidad, es una causal de resolucion de contrato, asi como de culminacion del procedimiento. 24.3 La DGANP remitira el Proyecto Turistico a MINCETUR, a fin de que emita opinion vinculante sobre el mismo, en un plazo no mayor a treinta (30) dias, caso contrario se entendera como opinion favorable, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.7 del articulo 6 del Decreto Supremo Nº 018-2009-MINAM. 24.4 De no haber observaciones de parte de MINCETUR, la Comision Permanente elaborara y remitira su Informe Final a la DGANP, quien formalizara mediante Resolucion Directoral la aprobacion o desaprobacion del Proyecto Turistico Definitivo. Articulo 25.- Plazo de inicio de actividades El titular del derecho comunica con carta simple a la DGANP, su fecha de inicio de ejecucion del proyecto turistico, que debe ser dentro de los ciento ochenta (180) dias siguientes a la aprobacion del proyecto turistico definitivo. Asimismo, remitira MORDAZA de esta comunicacion a las autoridades correspondientes. Capitulo III Del Procedimiento de Concurso para el otorgamiento de Concesiones Articulo 26.- Inicio del Concurso 26.1. En el caso del concurso a solicitud de varios interesados o por convocatoria iniciada por el SERNANP, la Comision Permanente, luego de haber sido notificada con el procedimiento a seguir, elabora y aprueba las Bases del Concurso mediante Acta en el plazo de veinte (20) dias y las remitira a la DGANP. Mediante una Resolucion Directoral, la DGANP aprueba las Bases del Concurso, que incluye los TDR para la elaboracion de la Propuesta Tecnica y Economica del Proyecto Turistico y el cronograma del MORDAZA de concurso. 26.2. SERNANP convoca a concurso mediante publicacion de las bases en los siguientes medios: en un diario de circulacion nacional y en otro de circulacion de la(s) localidad(es) en la que el servicio turistico a concesionar se ubique y tenga influencia directa; en su Sitio Web y en la Jefatura del Area. Alternativamente, pondra avisos en una de las siguientes entidades: Autoridad Regional de Comercio Exterior y Turismo, Municipalidad de la localidad de influencia directa o Camaras de Comercio. En este ultimo caso, el aviso sera colocado por un espacio de tres (03) dias. Los solicitantes, podran realizar consultas durante el periodo y en la forma establecida en las Bases. Las consultas recibidas y respuestas formuladas deberan ser publicadas de acuerdo a lo establecido en las Bases. 26.3. En el lugar y fecha establecida por la Comision Permanente, se recibira ante Notario Publico las propuestas tecnica y economica, debiendo encontrarse en sobres cerrados. La Comision procedera a realizar la evaluacion del componente tecnico de los proyectos, dejando en custodia del Notario el sobre cerrado que contiene el componente economico. La Comision dejara MORDAZA en Acta del puntaje obtenido por el componente tecnico de los proyectos presentados, asi como de las observaciones encontradas. 26.4. La Comision Permanente, en el lugar y fecha indicados en las Bases, a traves de la DGANP, procedera a comunicar a los solicitantes los puntajes obtenidos por el componente tecnico de los proyectos presentados. Posteriormente, solicitara al Notario la apertura de los sobres con el componente economico cuyo componente tecnico MORDAZA alcanzado un puntaje minimo de 70 y procedera a leer la retribucion economica ofrecida y el puntaje que le corresponde. La Comision Permanente devolvera sin abrir los sobres con el componente economico cuyo componente tecnico no alcanzo los setenta (70) puntos en la evaluacion. 26.5. La Comision procedera a calcular el puntaje total alcanzado por MORDAZA propuestas y determinara al ganador del concurso. Las propuestas que abrieron el MORDAZA mediante solicitud de parte tendran un puntaje

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014

adicional. Posteriormente, la Comision procedera a elaborar y remitir a la DGANP su Informe Final. 26.6. En un plazo de diez (10) dias de determinado al ganador, la DGANP mediante Resolucion Directoral formaliza el otorgamiento de la concesion y aprueba los TDR del Proyecto Turistico. SERNANP publica esta Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. 26.7 El titular del derecho debera presentar a MINCETUR la Resolucion Directoral que formaliza el otorgamiento de la concesion para solicitar la clasificacion el Instrumento de Gestion Ambiental a ser aplicado Articulo 27.- De la suscripcion del Contrato de Concesion y elaboracion del Proyecto Turistico Definitivo 27.1 En un plazo no mayor de quince (15) dias de publicada la Resolucion Directoral a la que hace referencia el articulo precedente, se suscribira el contrato respectivo entre la DGANP y el titular del derecho en dos (02) copias ante notario publico, una quedara para SERNANP y la otra sera entregada al concesionario. 27.2 En un plazo no mayor de noventa (90) dias de publicados los TdR, el titular del derecho debera presentar a la DGANP su Proyecto Turistico Definitivo en dos (02) originales en formato fisico y una (01) MORDAZA en formato digital. Esta documentacion debe estar acompanada de la Certificacion Ambiental correspondiente, en lo aplicable. En caso los plazos de evaluacion del instrumento de gestion ambiental y de la concesion no coincidan, el titular del derecho podra solicitar ampliacion del plazo de MORDAZA del proyecto turistico definitivo. 27.3 La DGANP remitira el Proyecto Turistico Definitivo a MINCETUR, a fin de que emita opinion vinculante sobre el mismo, en un plazo no mayor a treinta (30) dias, caso contrario se entendera como opinion favorable, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.7 del articulo 6 del Decreto Supremo Nº 018-2009-MINAM. 27.4. El plazo empleado por la Comision Permanente para emitir el resultado de la evaluacion sera de sesenta (60) dias. Recibida la opinion del Sector Turismo, la DGANP formalizara mediante Resolucion Directoral la aprobacion del Proyecto Turistico Definitivo. El titular del derecho unicamente podra absolver las observaciones hechas por DGANP a su Proyecto Turistico Definitivo hasta en dos (02) oportunidades. De no concluir con una opinion favorable por parte del SERNANP en la MORDAZA oportunidad, es una causal de resolucion de contrato, asi como de culminacion del procedimiento. 27.5 El titular del derecho comunica con carta simple a la DGANP, su fecha de inicio de ejecucion del proyecto turistico, que debe ser dentro de los ciento ochenta (180) dias siguientes a la aprobacion del Proyecto Turistico Definitivo. Articulo 28.- Modificaciones y/o ampliaciones en el area otorgada en concesion Para los casos de modificaciones y/o ampliaciones dentro del area otorgada en concesion, el titular del derecho, debera presentar la modificacion del Proyecto Turistico Definitivo, el cual debera ser aprobado mediante Resolucion Directoral de la DGANP en un plazo MORDAZA de cuarenta y cinco (45) dias, luego de presentado dicho proyecto. En cuanto al MORDAZA de evaluacion del impacto ambiental, este debe ser coordinado directamente con MINCETUR en su calidad de autoridad ambiental competente. Cuando se trate de una ampliacion fuera del area otorgada en concesion pero dentro del ANP, se considera un procedimiento nuevo. El titular debera presentar una nueva solicitud de otorgamiento de derecho de concesion. Capitulo IV Del Procedimiento para acceder a Contratos de Servicios Turisticos Articulo 29.- De los requisitos Cualquier interesado que cumpla con los requisitos establecidos y que MORDAZA realizado el pago por derecho de tramite segun el MORDAZA vigente, debera presentar en la sede administrativa del ambito del contrato lo siguiente:

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