Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2014 (14/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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c) Haber impedido el acceso del personal acreditado por el SERNANP para la realizacion de inspecciones. d) El desarrollo por parte del titular de actividades no previstas en su respectivo Contrato. e) El retraso reiterado en el pago de la retribucion economica segun plazos y condiciones establecidos en los Contratos de Concesion y de Servicios Turisticos. f) La inobservancia del Instrumento de Gestion Ambiental aprobado. Articulo 51.- Termino de la concesion 51.1 Un ano MORDAZA del termino del periodo de vigencia de la concesion, el titular que no desee renovar el plazo de su contrato debe presentar un Informe Final que incluya: a) Una evaluacion del cumplimiento de los compromisos contractuales b) Acta de transferencia de los bienes integrantes a la concesion que se hayan definido previamente en el contrato de concesion o en sus adendas correspondientes, para su transferencia formal a SERNANP. No se podra retirar de la concesion bienes cuya remocion altere gravemente el paisaje. 51.2 Adicionalmente, se debe cumplir con lo establecido en el Plan de Salida que forma parte del Instrumento de Gestion Ambiental que aprueba MINCETUR como autoridad competente. 51.3 Cumplidos estos actos, el titular de la concesion, finaliza formalmente su vinculo contractual con el SERNANP. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Para los efectos de las presentes Disposiciones Complementarias, cualquier referencia a dias, se entendera como dias habiles consecutivos. Segunda.- En todo lo no previsto en las presentes Disposiciones Complementarias se aplicara la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Tercera.- La Comision Permanente se constituira en un plazo no mayor a treinta (30) dias de publicada la Resolucion Presidencial que aprueba la presente norma. Cuarta.- Todo proyecto turistico en Areas Naturales Protegidas requerira de un instrumento de gestion ambiental. Las modificaciones y ampliaciones de los proyectos turisticos seran evaluadas a fin de determinar la aplicabilidad o no de un instrumento de gestion ambiental. Quinta.- Las disposiciones contenidas en la presente Resolucion Presidencial tambien seran de aplicacion a los expedientes que a la fecha de su entrada en vigencia se encuentren en tramite. 1050101-1

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo viene impulsando el desarrollo del Destino Paracas ­ Nazca considerado como uno de los destinos priorizados en turismo dentro del Plan Estrategico Nacional de Turismo (PENTUR); Que, el "Destino Turistico Paracas" se constituye sobre la base del desarrollo integral del turismo sostenible promoviendo la conservacion y el uso responsable de los recursos culturales y naturales de este destino, mejorando la calidad de MORDAZA de las poblaciones locales y fortaleciendo su desarrollo social, cultural, medio ambiental y economico; Que, en ese contexto la implementacion de una tarifa promocional para el "Destino Paracas" conformado por la Reserva Nacional de Paracas y Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras, se enmarca en las acciones destinadas al fortalecimiento de la actividad turistica como una estrategia de conservacion en nuestro Pais; Que, mediante el informe del visto la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas precisa que la tarifa promocional para adultos aplicable al "Destino Paracas" asciende al costo de S/.15.00 (Quince y/o 00/100 Nuevos Soles), siendo de aplicacion esta tarifa desde el dia 11 de enero hasta el 31 de diciembre del ano 2014; Con las visaciones de la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas, la Oficina de Asesoria Juridica y la Secretaria General, y; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 11º, literal e) del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0062008-MINAM y el articulo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar con efectividad anticipada al 11 de enero hasta el 31 de diciembre del ano 2014 la tarifa promocional para adultos de S/.15.00 (Quince y/o 00/100 Nuevos Soles) para el ingreso de turistas al Destino Paracas conformado por la Reserva Nacional de Paracas y Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras. Articulo 2º.- Disponer que la Jefatura de la Reserva Nacional de Paracas y la Jefatura de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras adopten las acciones correspondientes conducentes al cumplimiento de lo establecido en el articulo precedente. Articulo 3°.- Disponer que la Oficina de Administracion adopte las acciones administrativas que correspondan para la implementacion de la tarifa promocional aplicable al Destino Paracas. Articulo 4°.- Publicar la presente Resolucion en la pagina web institucional: www.sernanp.gob.pe. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 1050101-2

Aprueban tarifa promocional para adultos para el ingreso de turistas al Destino Paracas
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 24-2014-SERNANP MORDAZA, 28 de enero de 2014 VISTO: El Informe N° 021-2014-SERNANP-DGANP de fecha 13 de enero del ano 2014, emitido por la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial N° 2342012-SERNANP de fecha 27 de diciembre del ano 2012, se aprobo la actualizacion y consolidacion de la estructura de tarifas planas y diferenciadas por ingreso con fines turisticos a las Areas Naturales Protegidas de administracion nacional del SINANPE, la misma que entro en vigencia a partir del 02 de enero del ano 2014 en aquellas Areas Naturales Protegidas que acrediten la prestacion de servicios y facilidades para los visitantes;

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Encargan funciones de Superintendente Nacional de la SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 046-2014/SUNAT MORDAZA, 13 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema N° 054-2011-EF fue designada la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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