Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2014 (04/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Viernes 4 de MORDAZA de 2014

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Facturado Eficiente del mes de enero 2014 asi como el Saldo Ejecutado Acumulado hasta MORDAZA de 2014. Cabe indicar que la correccion se ha hecho extensiva a las demas empresas de distribucion con similar situacion; Que, al respecto, no obstante que se deben corregir los Saldos Ejecutados Acumulados a MORDAZA de 2014 contenidos en el Informe Nº 0216-2014-GART, esto ultimo no ocasiona refacturaciones por las transferencias ordenadas para los meses de MORDAZA 2014 a MORDAZA de 2014, sino que las diferencias identificadas se deben incorporar como parte del calculo del Precio a Nivel Generacion y las transferencias por el Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados del MORDAZA correspondiente al periodo agosto ­ octubre 2014. Que, por lo anterior, el recurso de reconsideracion de Edelnor debe declararse fundado en este extremo. 2.2 REVISAR LA UTILIZACION DEL FACTOR DE TRANSMISION ELECTRICA (FTE) 2.2.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, Edelnor solicita revisar la aplicacion del factor de transmision electrica (fte). Al respecto, indica que cuando se llevan los precios de cualquier MORDAZA a la MORDAZA MORDAZA los precios son divididos por el "fte", y de esta manera se calcula el Precio a Nivel Generacion; sin embargo, cuando estos precios son trasladados a sus respectivas barras son multiplicados por el factor nodal del Precio a Nivel Generacion cuando deberian ser los mismos; de esta manera, senala, se asegura que la Distribuidora realice un past through MORDAZA, lo contrario seria que la diferencia entre los factores nodales y el fte origine un monto que no se estaria traspasando a los clientes (puede ser a favor o en contra). Edelnor considera que deberia utilizarse solo los factores nodales; Que, agrega que para su caso, especificamente para las barras que conforman la MORDAZA MORDAZA (Santa MORDAZA 220 kV, MORDAZA 220 kV, MORDAZA MORDAZA 60 kV, Ventanilla 220 kV y otras barras que en el futuro conformen la "Barra Lima") el factor que deberia utilizarse es uno (1), con ello se garantiza un past through perfecto; Que, como ejemplo senala que en la fila 3881 de la hoja "Calculo" del archivo "L1 Calculos PNG y PContrato Nov 2013Feb-2014.xls", que corresponde a la compra de energia y potencia a la empresa Chinango en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA 220 kV, se puede observar en la celda "AD3881" que el precio esta siendo dividido por el fte de la MORDAZA MORDAZA que es igual a 1,005, cuando el fte de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA 220 kV debe ser igual a 1,000; 2.2.2 ANALISIS DE OSINERGMIN Que, en atencion a lo observado por Edelnor, se debe senalar que la aplicacion del factor de transmision electrica esta especificada en la MORDAZA "Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el MORDAZA de la Ley Nº 28832" ("Licitaciones Largo Plazo"), aprobada mediante Resolucion Nº 688-2008-OS/CD. Cabe indicar que dicho procedimiento establecio el denominado "Punto de Oferta", que corresponde a la subestacion Base MORDAZA del SEIN. En este caso, para fines del Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados del MORDAZA (en adelante "MCUR"), debido a que los precios ofertados de las licitaciones de suministro de largo plazo estan referidos a la MORDAZA MORDAZA, se requiere dividir los precios de licitaciones de largo plazo declarados por los concesionarios de distribucion en los Puntos de Suministro entre el factor de transmision MORDAZA senalado; Que, por otro lado, se debe precisar que utilizar un factor distinto al factor de transporte especificado en los respectivos contratos de suministro de largo plazo, a fin de expandir el precio en el Punto de Oferta hacia los distintos Puntos de Suministro, como solicita Edelnor, constituye una modificacion a los criterios contenidos en la MORDAZA "Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el MORDAZA de la Ley Nº 28832", no siendo materia del presente procedimiento de liquidacion trimestral el realizar modificaciones a la mencionada norma. Que, por lo anterior, el recurso de reconsideracion de Edelnor debe declararse improcedente en este extremo. 2.3 CORREGIR MONTOS DEL CUADRO Nº 8 2.3.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, Edelnor observa que los montos consignados en el cuadro Nº 8 del Informe Tecnico Nº 0216-2014-GART,

Resuelven recursos de reconsideracion interpuestos contra diversas resoluciones, e incluyen montos en la determinacion de los Saldos ejecutados Acumulados correspondiente al calculo de los Precios a Nivel Generacion aplicable al periodo agosto - octubre 2014, para diversas empresas
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 136-2014-OS/CD MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014 Con fecha 30 de MORDAZA de 2014, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante "Osinergmin"), publico la Resolucion Nº 0832014-OS/CD (en adelante la "Resolucion 083"), mediante la cual se aprobo el calculo del Precio a Nivel Generacion de las subestaciones base para la determinacion de las tarifas maximas de los usuarios regulados del MORDAZA y su formula de reajuste, aplicables en el periodo MORDAZA 2014 ­ MORDAZA 2014 y su Programa Trimestral de Transferencias. Es contra la Resolucion 083 que la Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. (en adelante "Edelnor"), ha presentado recurso de reconsideracion, siendo materia del presente acto administrativo el analisis y decision de dicho recurso impugnativo. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES Que, mediante la Resolucion 083, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 30 de MORDAZA de 2014, se aprobo el calculo del Precio a nivel Generacion de las subestaciones base para la determinacion de las tarifas maximas de los usuarios regulados del MORDAZA y su formula de reajuste, aplicables en el periodo MORDAZA 2014 ­ MORDAZA 2014 y su Programa Trimestral de Transferencias; Que, con fecha 21 de MORDAZA de 2014, Edelnor interpuso recurso de reconsideracion contra la Resolucion 083. 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACION El petitorio concreto de Edelnor, es que OSINERGMIN reconsidere los valores calculados en los MORDAZA Nº 2 y Nº 8 del Informe Nº 0216-2014-GART, que sustento la Resolucion 083, y toda la informacion que se derive de dichos MORDAZA, y que revise la utilizacion del factor de transmision electrica. 2.1 CORREGIR EL CALCULO DEL MONTO FACTURADO EFICIENTE DEL MES DE ENERO 2014 2.1.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, el recurrente solicita corregir el calculo del Monto Facturado Eficiente del mes de enero 2014 correspondiente a Edelnor, mostrado en el Cuadro Nº 2 del punto 2.1.1 del Informe Nº 0216-2014-GART, y toda la informacion que se derive de este calculo, debido a que el calculo publicado no ha considerado los beneficios por realizar licitaciones anticipadas; Que, al respecto, Edelnor senala que de la revision efectuada a los archivos en Excel alcanzados por Osinergmin, ha detectado que no se han incluido los beneficios por realizar licitaciones anticipadas previstos en la Ley Nº 28832 y definidos en el articulo 10º del Reglamento de Licitaciones del Suministro de Electricidad (Decreto Supremo Nº 052-2007-EM). 2.1.2 ANALISIS DE OSINERGMIN Que, en atencion a lo observado por Edelnor, se reviso la hoja de calculo "L1 Calculos PNG y PContrato Nov 2013-Feb-2014". Luego de dicha revision, se ha verificado que corresponde corregir el precio de licitaciones de suministro de Edelnor incorporando el factor de incentivo segun corresponda. De este modo, se corrige el Monto

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