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El Peruano Jueves 10 de julio de 2014 527353 grupos: Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), Planes Complementarios y Planes Especí fi cos. 7. Prestación de Salud: Es una atención de salud otorgada a un residente en el país en los establecimientos de salud autorizados. CLÁUSULA SEGUNDA.- ANTECEDENTES (En el caso de IAFAS públicas) Con fecha [……..], el Comité Especial Permanente, adjudicó la Buena Pro del Proceso de Selección xxx N° xxxx, para la contratación del servicio de salud [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] A [INDICAR EL NOMBRE DE LA IPRESS O UNIDAD DE GESTIÓN DE IPRESS DECLARADA ELEGIBLE], cuyos detalles, importes, especi fi caciones técnicas, constan en los documentos integrantes del presente contrato. La Buena Pro quedó consentida el xx de xxx de 2014. CLÁUSULA TERCERA.- DE LAS PARTES[CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA IAFAS, SU TIPO DE ORGANISMO PÚBLICO, SU NORMA DE CREACIÓN Y FINALIDAD]. La que se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud de la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución N° (CONSIGNAR NOMENCLATURA) de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro, con Certi fi cado Registro N° (CONSIGNAR NOMENCLATURA) [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA IPRESS O UNIDAD DE GESTIÓN DE IPRESS, SU TIPO DE PERSONERÍA Y SUS DATOS DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS CORRESPONDIENTE], la que se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución N° (CONSIGNAR NOMENCLATURA) de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro, con Certi fi cado Registro N° (CONSIGNAR NOMENCLATURA), cuyas actividades están reguladas por la Ley General de Salud (Ley N° 26842). CLÁUSULA CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO O CONVENIO Por el presente documento, LA IPRESS o UNIDAD DE GESTIÓN DE IPRESS se obliga a brindar LOS SERVICIOS DE SALUD DE [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN] a los asegurados de LA IAFAS que se encuentren debidamente acreditados, de acuerdo a su Plan de Salud. La IAFAS se obliga a pagar a LA IPRESS o UNIDAD DE GESTIÓN DE IPRESS por los servicios de salud que se presten a LOS ASEGURADOS, según el MECANISMO DE PAGO, tarifas y demás condiciones acordadas entre ambas partes. Las tarifas se encuentran detalladas en el Anexo 2 adjunto al presente documento. CLÁUSULA QUINTA.- ACREDITACIÓN DEL ASEGURADO Para la prestación del SERVICIO es condición obligatoria que el asegurado presente su Documento Nacional de Identidad – DNI, o Carné de Extranjería, Pasaporte u otros validados por las normas migratorias vigentes, al personal de admisión o a quien corresponda en LA IPRESS o UNIDAD DE GESTIÓN DE IPRESS, a fi n de verifi car su condición de asegurado y la correspondencia de su cobertura, según la información proporcionada por LA IAFAS. CLÁUSULA SEXTA.- OBLIGACIONES DE LAS IAFAS La IAFAS se encuentra obligada a: 1. Brindar oportunamente información a la IPRESS o Unidad de Gestión de IPRESS, sobre los asegurados con derecho a la atención de servicios de salud, coberturas y bene fi cios que les resulten aplicables. 2. Informar a la IPRESS o Unidad de Gestión de IPRESS sobre los procedimientos administrativos para la atención de los asegurados y aquellos que se derivan en su relación con la IAFAS, así como las modi fi caciones que se susciten.3. Coordinar directamente la referencia a EsSalud de los asegurados que le corresponda de acuerdo a ley, cuyas contingencias no se encuentren cubiertas por el Plan de Salud contratado, no pudiendo delegar dicha obligación o responsabilidad a la IPRESS. La IAFAS debe pagar a la IPRESS todas las atenciones brindadas al asegurado incluyendo su traslado a EsSalud. 4. Coordinar directamente la referencia de los asegurados a otras IPRESS o Unidad de Gestión de IPRESS, de acuerdo a los mecanismos de articulación establecidos con otra IAFAS, cuando por falta de infraestructura no sea posible prestar la atención en la IPRESS de origen, no pudiendo delegar dicha obligación o responsabilidad. 5. Informar en forma detallada a los asegurados y a la IPRESS o Unidad de Gestión de IPRESS con la cual se tiene contrato, sobre cualquier modi fi cación que introduzca en los Planes de Salud, con una anticipación no menor a cinco (5) días de su implementación en la IPRESS. 6. Contar, para el desempeño de las funciones o actividades de auditoría médica, con personal que tenga experiencia asistencial no menor a 5 años y, cuente con Registro de Auditor Médico en el Colegio Médico del Perú. 7. Pagar a la IPRESS o Unidad de Gestión de IPRESS por las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados, según el mecanismo de pago, tarifas y demás condiciones acordadas entre las partes. 8. Establecer, cuando corresponda, las condiciones particulares de las coberturas, de acuerdo a los Planes de Salud que oferten en el régimen que corresponda, concordante con la Ley Marco de Aseguramiento en Salud y su Reglamento. CLÁUSULA SÉTIMA.- Obligaciones de la IPRESS o Unidades de Gestión de IPRESS La IPRESS o la Unidad de Gestión de IPRESS se obliga a lo siguiente: 1. Mantener vigentes sus autorizaciones, licencias de apertura y funcionamiento y demás permisos que de acuerdo a ley le sean requeridos. Asimismo, se obliga a mantener vigente su registro ante la Superintendencia Nacional de Salud. 2. Veri fi car la identidad del paciente y su condición de asegurado de LA IAFAS. 3. No realizar cobros, a los asegurados de LA IAFAS, en exceso a los convenidos en el presente contrato, por las atenciones de salud otorgadas. 4. Permitir y otorgar las facilidades que correspondan a LA IAFAS a fi n que pueda realizar acciones de auditoría médica y control prestacional que corresponda. 5. Cumplir con los procedimientos, protocolos y estándares de calidad y oportunidad de las prestaciones de salud que brindan de acuerdo a su nivel resolutivo. Para tal efecto, deberá garantizar que los recursos humanos, tecnológicos, de infraestructura, suministros, y en general todos sus parámetros de operación y entrega de servicios, cumplan con los estándares mínimos vigentes y la normativa aplicable para tales efectos. 6. Informar, dejando constancia por escrito, a LA IAFAS la existencia de otros locales en los que pueda, de manera parcial o permanente, brindar atención a los asegurados. En tal caso, las partes se comprometen a suscribir una adenda para la inclusión del local correspondiente dentro de los alcances de este contrato, siempre que LA IAFAS los considere adecuado en función a la ubicación y demás características de la IPRESS o Unidad de Gestión de IPRESS, debiendo acreditar con su registro ante la Superintendencia Nacional de Salud y demás permisos, autorizaciones y licencias de acuerdo a Ley. 7. No discriminar en su atención a los asegurados de LA IAFAS por motivos de raza, sexo, religión, opiniones políticas, nacionalidad, origen social, capacidad de pago o riesgo, discapacidad u otras que atenten contra los derechos de las personas. 8. Guardar estricta con fi dencialidad y reserva respecto a la información de los asegurados de LA IAFAS y de aquella que se genere en LA IPRESS o Unidad de Gestión de IPRESS, respetando lo previsto en la Ley 29414, Ley que establece los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud y su Reglamento y la Ley N° 29733; Ley de Protección de Datos Personales. 9. No ceder a terceros, total o parcialmente los derechos y obligaciones de este contrato.